lunes, 12 de diciembre de 2011

Entra en vigor la nueva Ley de la Jurisdicción Social

Desde el 11 de diciembre el empresario debería tener mucho cuidado con el acoso laboral, gracias a la entrada en vigor la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.

Esta ley hace posible que la defensa del trabajador acosado sea más fácil, más efectiva y mucho más rápida y que las consecuencias para el acosador, que en la mayoría de los casos quedaban en la total impunidad, sean mucho peores, incluyendo embargo de bienes personales e incluso prisión.

Las demandas tienen preferencia sobre el resto de los asuntos que lleve el Juzgado. Los juicios serán rápidos y las indemnizaciones serán fuertes incluso si el trabajador permanece en la empresa.

No hay que olvidar que el acoso laboral ya está reconocido también como delito y falta muy grave en el Código Penal y en la Ley de Infracciones, respectivamente. Y también es indiscutible la doctrina del TC que dice que las grabaciones son admisibles como prueba en el juicio aunque el acosador no sepa que le están grabando.

Así que ya sabes, lo que tienes que hacer si te están acosando en el trabajo es simplemente grabar el acoso y luego demandar. Hoy en día es fácil, cualquier teléfono móvil graba vídeo y audio y en internet se ofertan multitud de aparatos con cámara oculta en un boli, en una percha de pared, en un reloj... muy baratitos. Por grabar el acoso no pasa nada, ni aunque se dieran cuenta de que lo estás haciendo.

Más información en:
 http://laboro-spain.blogspot.com/2011/12/como-denunciar-acoso-laboral.html

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