jueves, 28 de febrero de 2013

Reclamación por Absorción del Complemento Personal Convenido

Se están llevando a cabo denuncias individuales por reclamación de cantidades y reconocimiento de derecho en los casos en que la empresa ha realizado esa práctica tan habitual aún en épocas de vacas gordas de no subir el salario, o no subir lo suficiente, cuando se cumple un trienio o cuando se tiene un cambio de categoría de convenio que supone un aumento en las Tablas Salariales.


La denuncia consiste en que la empresa reconozca el salario que te corresponde si no te hubieran absorbido las cantidades ilegales y además que te paguen las diferencias salariales de los 12 meses anteriores a la denuncia. La demanda se puede interponer aún en el caso de que nos despidan, y si se gana la denuncia la empresa tendría que regularizar la cotización a la Seguridad Social por lo que, si no cotizas por el máximo de cotización, tendrías un paro superior.

Tanto si quieres denunciar como si sólo quieres tener información de lo que la empresa te ha chupado por absorción de una forma simple (aunque podría haber distintas casuísticas) se trataría de que busques todas las nóminas desde que entraste en la empresa, en particular las nóminas en que has cumplido un trienio (*) o has tenido un cambio de categoría (**) y las del mes anterior en las que se produce el cambio.

Comprueba si el Complemento Personal Convenido disminuye y si es así, calcula la cantidad en que lo hace. Repite esto para cada trienio y cambio de categoría, incrementando la cantidad absorbida cada vez hasta el día de hoy. Esa cantidad, aumentada en el Complemento Personal Convenido que tengas (si aún tienes) es la que te deberían reconocer, a partir de hoy. Además deberían pagarte lo correspondiente a los 12 últimos meses.
 

Como las reclamaciones se pueden retrasar debido a la sobrecarga que están teniendo los abogados, si se está interesado se debe presentar una reclamación extrajudicial a la empresa. Esta reclamación paraliza el periodo desde el que se reclama, aún en el caso de que no te decidas a poner la denuncia en el juzgado, dentro de unos meses puedes volver a reclamar a la empresa lo correspondiente a lo que reclames hoy (un año para atrás) más lo nuevo.

Recuerda que si la empresa te despide, una posible causa de despido nulo es el que hayas interpuesto una denuncia contra ella.

Un ejemplo sencillo de Absorción podría ser:

Programador junior contratado en 2009 por 18.000 euros. En 2010 tuvo cambio de categoría a Programador (no existe en el convenio pero se identifica con Programador Senior) y otro cambio a Programador Senior, pasando su salario anual a 21.000 euros. En 2011 se le pasó a Analista Programador sin subida de Salario y en 2012 cumple su primer trienio sin subida de salario.

En 2010 el Complemento Personal Convenido pasa de 228,52 euros a 319,16 euros (aumenta) por lo que no hay absorción.

En 2011 el Complemento Personal Convenido pasa de 319,16 euros a 100,00 euros (disminuye) por lo que se han absorbido un total de 219,16 euros mensuales.

En 2012 el Complemento Personal Convenido pasa de 100,00 euros a 23,02 euros (disminuye) por lo que se han absorbido un total de 76,99 euros.

El total absorbido es 296,15 euros.

Si en la actualidad el salario es el mismo de 2012, la reclamación sería la correspondiente a los 12 últimos meses (14 mensualidades incluyendo las pagas extras) o lo que es lo mismo, 4.146,02 euros.

También que el nuevo salario mensual pase de ser 1.742,41 euros a  2.038,65 euros.

Y por supuesto se reclaman los intereses de mora, el 10% de los 4.146,02 euros.
(*) Deberían ser la nómina del mes de enero en la que cumples un trienio y la del mes de diciembre del año anterior.

(**) Hay cambios de categoría que no suponen cambio en los conceptos de convenio (salario base y plus de convenio) por lo que puedes comprobar con el CLONvenio colectivo que cambios de categoría tienen distintos importes o bien comprobar que en tu nómina del cambio el salario base y el plus de convenio aumentan. Hay que tener en cuenta que todas las categorías que no aparecen en el convenio, a excepción de la de Programador, como pueden ser las de "consultores o las de Técnicos de Sistemas", están equiparadas a las de Analista o Titulado de grado superior.


  
Tú mismo puedes interponer una papeleta de conciliación en el servicio de mediación y arbitraje de tu comunidad sin que te suponga ningún gasto, pero para ir a Juicio necesitarás un abogado (En las reclamaciones de cantidades, habitualmente, los abogados suelen pedir un porcentaje sobre la cantidad reclamada).

Si quieres presentar la reclamación con la CGT, ponte en contacto con nosotros. Si en tu centro de trabajo no hay representación nuestra, te daremos alguna solución:

672495122 - es-cgt.madrid@atos.net
976796926 - es-cgt.aragon@atos.net
946073266 - es-cgt.bilbao@atos.net
932423780 - es-cgt.barcelona@atos.net

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