jueves, 15 de diciembre de 2016

Cesta de navidad: La respuesta de RRHH

En relación a la petición de entrega de cesta de Navidad realizada por diferentes secciones sindicales de Atos Spain el pasado viernes 9 de diciembre, informarles que la empresa entiende que la Sentencia del Tribunal Supremo, es relevante a efectos de determinar si la cesta de Navidad constituye una condición más beneficiosa (derecho adquirido) si se ha venido concediendo desde hace años, de modo que, en efecto, lo sería en la medida en la que concurre una voluntad inequívoca de la empresa, y solo se podría suprimir si así se acuerda con los trabajadores o con sus representantes. Sin embargo, consideramos que el caso de Atos Spain es diferente por cuanto, como sabéis, el Acuerdo Marco para el establecimiento de las Relaciones Laborales, firmado el 14 de enero de 2005 expresamente prevé la concesión de la cesta de Navidad supeditada a que las "condiciones económicas lo permitan", por lo que para determinar si la cesta de Navidad debe concederse o no, deben ponderarse dichas circunstancias económicas.
 
En este sentido, la empresa ha puesto a su disposición las cuentas anuales auditadas correspondientes al ejercicio 2015. En dichas cuentas, y en concreto, en el punto 3 de la Memoria donde se indica la Distribución del resultado figuran unas pérdidas que ascienden a 3.120 K€. Así mismo, también y con carácter fundamental y, tal y como figura en el Balance a 31 de diciembre de 2015, y en concreto en el punto denominado Resultados negativos de ejercicios anteriores, existe adicionalmente una pérdida acumulada que se arrastra de años anteriores y que asciende a 13.028 K€.
 
A este respecto, les recordamos que la Compañía pasó por un proceso de MSCT de reducción salarial que afectó los ejercicios 2012, 2013, 2014 y 2015,  así como por un procedimiento de consultas relativo a la aplicación de un despido colectivo en 2014, situación que lógicamente se entendió que no era compatible con la entrega de la cesta de Navidad durante dichos años.
 
Por todo ello, la compañía entiende que el proceder actual en cuanto a la no concesión de la cesta de Navidad en Atos Spain en 2016 es correcto, en tanto en cuento se ajusta a lo establecido en el Acuerdo Marco para el establecimiento de las Relaciones Laborales, firmado el 14 de enero de 2005, actualmente en aplicación.

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