sábado, 14 de octubre de 2017

BOE: Fiestas laborales para el año 2018

El 11 de octubre se ha publicado en el BOE la Resolución de 9 de octubre de 2017, de la Dirección General de Empleo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2018 (En este Blog ya hemos ido publicando las Fiestas Laborales para el año 2018 de las Comunidades Autónomas en las que hay centros de trabajo del Grupo AtoS).
  
Nueve de los doce festivos se celebrarán en 2018 de forma conjunta en todo el estado: 1 de enero (lunes), 30 de marzo (viernes), 1 de mayo (martes), 15 de agosto (miércoles), 12 de octubre (viernes), 1 de noviembre (jueves), 6 de diciembre (miércoles), 8 de diciembre (sábado) y 25 de diciembre (martes).

 
Corrección de errores de la Resolución de 9 de octubre de 2017, de la Dirección General de Empleo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2018. 
  
(*) Fiesta Nacional no sustituible
(**) Fiesta Nacional respecto de la que no se ha ejercido la facultad de sustitución
(***) Fiesta de Comunidad Autónoma
 
En la Comunidad Autónoma de Canarias, el Decreto 165/2017, de 12 de junio, y el Decreto 209/2017, de 25 de septiembre, por los que se determina el Calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2018 (B.O.C. de 19-06-2017 y de 29-09-2017) dispone que: En las islas de El Hierro, Fuerteventura, Gran Canaria, La Gomera, La Palma, Lanzarote y Tenerife, las fiestas laborales serán, además, las siguientes: en El Hierro: el 24 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de los Reyes; en Fuerteventura: el 14 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de la Peña; en Gran Canaria: el 8 de septiembre, festividad de Nuestra Señora del Pino; en La Gomera: el 9 de octubre, festividad de Nuestra Señora de Guadalupe; en La Palma: el 29 de septiembre, festividad de San Miguel Arcángel; en Lanzarote: el 15 de septiembre, festividad de Nuestra Señora  de los Dolores; en Tenerife: el 2 de febrero, festividad de la Virgen  de Candelaria. Asimismo se dispone que: "Para el año 2018, se declara el 29 de marzo, Jueves Santo, como fiesta de carácter recuperable".
 
En la Comunidad Autónoma de Cataluña, la Orden TSF/101/2017, de 25 de mayo, por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales en Cataluña para el año 2018 (D.O.G.C de 31 de mayo de 2017) dispone que: "De las trece fiestas citadas... hay una, a elegir entre el 2 de abril (Lunes de Pascua Florida), y el 26 de diciembre (San Esteban) que tiene el carácter de recuperable. Las otras doce son de carácter retribuido y no recuperable. Asimismo, se dispone que: "En el territorio de Arán, visto que el día 17 de junio (Fiesta de Arán) en 2018 coincide en domingo.. .al igual que en el resto de Cataluña, será fiesta el día 26 de diciembre (San Esteban)".
 
En la Comunidad Autónoma de Illes Balears, el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 7 de julio de 2017, por el que se aprueba el calendario de fiestas para el año 2018 en el ámbito de les Illes Balears (B.O.I.B de 8-07-2017) dispone que: "De las trece fiestas indicadas... el día 6 de enero, Epifanía del Señor, será de carácter recuperable".
 
En la Comunidad Valenciana, en el Decreto del Consell por el que se determina el calendario laboral de aplicación en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana para el año 2018 "se propone como fiesta recuperable el 6 de enero (Epifanía del Señor)".
 
En la Comunidad de Murcia, en el Acuerdo alcanzado por el Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, se señala con carácter retribuido y recuperable "El sábado día 6 de enero, Epifanía del Señor en ejercicio de la opción establecida en el artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores".
 
En la Comunidad Autónoma de Galicia, el Decreto 86/2017, de 7 de septiembre, por el que se determinan las fiestas de la Comunidad Autónoma de Galicia del calendario laboral para el año 2018 (D.O.G de 14-09-2017) dispone que: "...el día 17 de Mayo, Día de las Letras Gallegas, ...tendrá carácter recuperable".

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