viernes, 10 de noviembre de 2017

[MAD] Calumnias contra la Presidenta y la Secretaria del CE de Atos IT

Las Secciones Sindicales de  CCOO y UGT de Atos IT de Albarracín presentaron un documento conjunto con unas acusaciones muy graves emitidas hacia la presidenta y la secretaria del CE (las dos de CGT), con el objetivo de cambiar los cargos de la RLT.
 
Aprovecharon la ausencia e imposibilidad de asistencia de la presidenta y la secretaria para convocar un pleno extraordinario y revocar los cargos, sin dar la posibilidad de réplica de las acusaciones infames, de esta manera tan rastrera y furtiva consiguieron su objetivo.

 
Desde la Sección Sindical de CGT se presentó en el pleno ordinario del día 3 de Noviembre un documento para dar una respuesta al escrito, y solicitar que se  presentaran pruebas o se retiraran todas las acusaciones que se habían presentado.
 
Evidentemente, como todo lo que han presentado por escrito es mentira, no han podido aportar ninguna prueba para reafirmar sus acusaciones, pero incluso así, no se han retractado de nada de lo escrito.
 
No solo eres responsable de lo que haces, sino de lo que no haces, de lo que no defiendes y de lo que callas.

¡¡EL SILENCIO ANTE LA INJUSTICIA TE HACE CÓMPLICE DE ELLA!!
Escrito presentado por CCOO y UGT
  
 
Respuesta de CGT al escrito


Para incluir en el acta del pleno ordinario de CE Atos It de Albarracín 25, del 3/11/2017. Respuesta al documento presentado por CCOO y UGT para revocación de la presidencia del CE de Atos IT.
 
Se nos ha notificado a los delegados que en un pleno extraordinario celebrado el 16/10/2017 se han revocado los cargos de presidenta (Rosa M.) y secretaria (Estrella A.) de la RLT del Comité de Empresa.
 
Esta convocatoria la propusieron miembros de la comisión permanente con dos únicos puntos en el orden del día.

1.- Revocación de los cargos de Presidente y Secretario del comité actuales.
 
2.- Nombramiento, si procede, de los nuevos cargos de Presidente y Secretario.
Cuando se envió la convocatoria de reunión la presidenta estaba de vacaciones y se informó que seguiría de vacaciones en la fecha propuesta, con el objetivo que se cambiara el día para poder estar todos presentes. La Secretaria también informó, por su parte, que por motivos de trabajo solicitaba cambiar la fecha de la convocatoria, no obteniendo ningún tipo de respuesta por parte de los convocantes para el cambio del día del pleno extraordinario.
 
Tanto Rosa M. y Estrella A. consideran necesaria esta aclaración puesto que se están haciendo acusaciones muy graves a los cargos que acreditan.
 
Pasamos a exponer y contestar los motivos que se argumentan para la destitución:
 
Punto 1
 

 
La primera acta del comité de empresa fue en el que se aprobó el reglamento interno del Comité de empresa (16-01-2017) y este fue aprobado por todos los delegados del Comité, CCOO, UGT y CGT.
 
Las sucesivas actas de los plenos se han firmado conformes tanto por CCOO como por CGT, por lo que no se entiende que esta queja está dirigida solo a los delegados de CGT y se excluya a los delegados de CCOO.
  
Punto 2

  
 
Según lo aprobado por la RLT para este tipo de certificaciones, para poder ser firmados los reconocimientos de trabajos de superior categoría, hay que presentar, por parte de los empleados que lo solicitan, toda la documentación que se pueda para justificar este hecho.
  
Ni a la Presidenta ni a la Secretaria le consta haber recibido ninguna solicitud de certificación con documentación que no se haya tramitado.

 
Las Certificaciones que se han realizado por la presidencia de la RLT han sido certificaciones de los datos aportados.
 
Punto 3
 

 
Las secciones sindicales son soberanas para realizar las denuncias y actuaciones que estimen oportunas.

  
Las denuncias presentadas por la sección sindical a la que pertenece la presidenta y la secretaria han sido realizadas con datos facilitados por sus afiliados.
 
Afirmar que el inspector se predisponga a una sentencia desfavorable por tener más de una denuncia por el mismo tema, no es un problema de la presidencia ni del comité de empresa ni de las secciones sindicales, en todo caso, es una apreciación personal sobre cómo va realizar su trabajo un funcionario público.
  
Punto 4
 

 
Todas las documentaciones que han llegado a la presidencia del Comité de Empresa han sido distribuidas al resto de delegados del RLT completas y en plazo, según normativa y no afectando a las actuaciones que podían derivar de dicha comunicación.
 
Punto 5
 

 
Entenderéis que a esta acusación no cabe más que decir que o presentáis las pruebas que demuestren esta acusación u os retractáis de ellas.

  
Antes de terminar y junto con esta última acusación a la presidenta y aunque no se refleja en el documento que habéis presentado, en la reunión de la comisión permanente acusasteis con insinuaciones a Rosa M. que había sustraído un teclado de la Sala que comparte la RLT y la Sección Sindical de CCOO.
  
Con todo esto consideramos necesario una rectificación por vuestra parte de todas y cada una de las acusaciones que se han realizado tanto a la presidenta como a la secretaria de la RLT. Si no se rectifican estas acusaciones se podrán tomar las medidas que consideremos adecuadas.
 
Aunque el pleno extraordinario donde se revocaron los cargos de presidenta y secretaria puede ser impugnado por múltiples defectos y sabiendo que los delegados de CCOO y UGT (mayoría en la RLT) están a favor del cambio de presidencia, queremos hacer constar que no estamos de acuerdo en las formas que se han empleado, haciendo acusaciones falsas y realizando el pleno sabiendo que no pueden asistir las personas involucradas, para conseguir dicho cambio.
 
Aprovechamos para recordaros que los delegados de la Sección Sindical de CGT facilitarán en todo lo que se pueda el trabajo de la RLT con el fin de conseguir el buen funcionamiento del CE en beneficio de todos los trabajadores de la Empresa.

 

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