sábado, 3 de septiembre de 2016
viernes, 2 de septiembre de 2016
Despido nulo en Konecta: La soberbia tenía un precio
Que Konecta BTO es una empresa reincidente en sus infracciones laborales ya lo sabíamos, como acredita la infinidad de resoluciones de la Inspección de Trabajo contra sus numerosos incumplimientos de la legalidad. Lo que no sabíamos hasta hace poco es que fuera capaz de despedir a una trabajadora afiliada a CGT por el mero hecho de reclamar lo que era suyo y que encima tratara de sacar adelante su decisión tratando de engañar al juzgado con una prueba falsa y prefabricada.
La consecuencia de todo ello ha sido que el Juzgado de lo Social nº 10 de Madrid condenó a finales de noviembre a Konecta BTO a readmitir a la trabajadora, a pagar 12000 euros de multa por vulneración del derecho a la indemnidad y otros 1000 euros por la temeridad de presentar una prueba falsa después del juicio. La historia ha sido una sarta de despropósitos empresariales a los cuales ha respondido la trabajadora con ejemplar coraje y tenacidad asesorada en todo momento por la sección sindical y los servicios jurídicos de CGT.
El pasado mes de julio la compañera recibió una sanción leve que la privó de los incentivos que le correspondían por su trabajo, lo que motivó la correspondiente impugnación ante el juzgado de lo social. En todo este proceso la empresa tuvo conocimiento de la vinculación de la trabajadora al sindicato CGT, que era más que obvia aunque luego lo negase en el juicio. Esa sanción luego fue levantada antes del juicio ante la perspectiva más que probable de que Konecta sufriera un varapalo judicial.
Sin embargo, Konecta BTO no tiene muy buen perder ni muy buena tolerancia hacia la lucha de l@s trabajador@s que reclaman sus derechos, lo que demostró poco después con un falso despido disciplinario, que la compañera impugnó como despido nulo por entender, como luego el juzgado ha reconocido, que no era más que una represalia e indirectamente un ataque a la libertad sindical de CGT por haberla asesorado. Además, tuvieron el impresentable detalle de presentar un pendrive falso después del juicio para justificar su tropelía.
Sin embargo, de toda esta historia con final feliz sacamos una conclusión inequívoca: ninguna sanción debe quedar sin impugnación, ningún despido sin demanda y desde luego sin lucha no hay victoria. Enhorabuena a la compañera y por lo que respecta a Konecta BTO, no sabemos si servirá de algo, pero una vez más tenemos que recordarle que el Salvaje Oeste debe quedar reservado a las películas de John Wayne y no al mundo de las relaciones laborales que si no luego viene una juez y te casca 13000 euros más una readmisión. Casi ná.
La consecuencia de todo ello ha sido que el Juzgado de lo Social nº 10 de Madrid condenó a finales de noviembre a Konecta BTO a readmitir a la trabajadora, a pagar 12000 euros de multa por vulneración del derecho a la indemnidad y otros 1000 euros por la temeridad de presentar una prueba falsa después del juicio. La historia ha sido una sarta de despropósitos empresariales a los cuales ha respondido la trabajadora con ejemplar coraje y tenacidad asesorada en todo momento por la sección sindical y los servicios jurídicos de CGT.
El pasado mes de julio la compañera recibió una sanción leve que la privó de los incentivos que le correspondían por su trabajo, lo que motivó la correspondiente impugnación ante el juzgado de lo social. En todo este proceso la empresa tuvo conocimiento de la vinculación de la trabajadora al sindicato CGT, que era más que obvia aunque luego lo negase en el juicio. Esa sanción luego fue levantada antes del juicio ante la perspectiva más que probable de que Konecta sufriera un varapalo judicial.
Sin embargo, Konecta BTO no tiene muy buen perder ni muy buena tolerancia hacia la lucha de l@s trabajador@s que reclaman sus derechos, lo que demostró poco después con un falso despido disciplinario, que la compañera impugnó como despido nulo por entender, como luego el juzgado ha reconocido, que no era más que una represalia e indirectamente un ataque a la libertad sindical de CGT por haberla asesorado. Además, tuvieron el impresentable detalle de presentar un pendrive falso después del juicio para justificar su tropelía.
Sin embargo, de toda esta historia con final feliz sacamos una conclusión inequívoca: ninguna sanción debe quedar sin impugnación, ningún despido sin demanda y desde luego sin lucha no hay victoria. Enhorabuena a la compañera y por lo que respecta a Konecta BTO, no sabemos si servirá de algo, pero una vez más tenemos que recordarle que el Salvaje Oeste debe quedar reservado a las películas de John Wayne y no al mundo de las relaciones laborales que si no luego viene una juez y te casca 13000 euros más una readmisión. Casi ná.
El número de desempleados registrados en el mes de agosto ha aumentado en 14.435 personas
El número de desempleados registrados en las Oficinas de los Servicios Públicos de Empleo, al finalizar el mes de agosto, ha subido en 14.435 personas en relación con el mes anterior. En valores relativos, el incremento del paro es de un 0,39%. De esta forma, el paro registrado se ha situado en 3.697.496.
En agosto de 2015 el desempleo subió en 21.679 parados en relación al mes anterior. Por otra parte, respecto a agosto de 2015, el paro se ha reducido en 370.459 personas (-9,11%).
En términos desestacionalizados, el paro registrado baja en 24.462 personas.
Por sectores económicos, el paro registrado presenta las siguientes variaciones respecto a julio: En Agricultura se reduce en 6.018 (-3,26%); en Industria sube en 5.884 (1,72%); en Construcción se incrementa en 3.548 (0,92%); en Servicios sube en 18.431 (0,75%). Por último, el colectivo Sin Empleo Anterior se reduce en 7.410 personas (-2,27%).
El desempleo masculino se sitúa en 1.624.313 al subir en 7.592 (0,47%) y el femenino en 2.073.183, al incrementarse en 6.843 (0,33%) en relación al mes de julio. Si lo comparamos con agosto de 2015, el paro masculino baja en 220.955 (-11,97%) personas y el femenino se reduce en 149.504 (-6,73%).
Por su parte, el desempleo de los jóvenes menores de 25 años se reduce en agosto en 2.500 personas (-0,87%) respecto al mes anterior mientras el paro de 25 y más años sube en 16.935 (0,50%).
El paro registrado baja en 6 Comunidades Autónomas, entre las que destacan: Galicia (-2.412), Canarias (-1.884) y Navarra (-707). Sube, en cambio, en 11, encabezadas por la Comunidad Valenciana (6.451) y Cataluña (4.424).
El número de contratos registrados durante el mes de agosto ha sido de 1.451.789. Supone una subida de 203.643 (16,32%) sobre el mismo mes del año 2015. Por su parte, la contratación acumulada en los primeros ocho meses de 2016 ha alcanzado la cifra de 12.761.868, lo que supone 941.698 contratos más (7,97%) que en igual periodo del año anterior.
Trabajadores en el Grupo Atos el 1 de septiembre
Los datos de Atos Consulting Canarias salían divididos en Atos Consulting Canarias S.A y Atos Consulting Canarias S.A.U, los hemos dejado unificados en una sola empresa, la que siempre ha salido.
Ver Trabajadores en el Grupo Atos el 1 de agosto.
NOTA: Datos recogidos en el Source.
jueves, 1 de septiembre de 2016
miércoles, 31 de agosto de 2016
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