El día 9 de julio asistimos a la reunión para la negociación del Plan de Movilidad sostenible para el centro de trabajo de Madrid (Albarracín).
En la reunión, básicamente se formó la mesa de negociación con la composición que corresponde a la parte social por la representatividad en el centro de trabajo de Madrid (Albarracín) para ocupar las trece plazas, proponiendo la empresa dejar para el mes de septiembre el comienzo de la negociación.
Desde CGT les recordamos la importancia de llegar a la negociación con un diagnóstico de la movilidad actual de las personas trabajadoras del centro de Madrid (Albarracín), para poder iniciar las negociaciones desde un punto realista y actual. La empresa respondió que el diagnóstico se enviará en breve, incluirá las medidas existentes y servirá para que la RLPT lo revise antes de iniciar la negociación.
A lo largo de la reunión la empresa dejó caer algún comentario del tipo 'la empresa ya tiene implementadas muchas medidas', que nos hace pensar que la negociación (por llamarla de alguna forma) va a ser como las últimas a las que hemos asistido, en las que la empresa se presenta con un documento y pregunta quien lo va a firmar.
Contexto legal de esta negociación
Por parte de CGT, por poner un poco en el contexto legal esta negociación, te informamos de que para empresas con más de 200 personas trabajadoras, o 100 por turno, es obligatorio tener un Plan de este tipo, según se establece en el artículo 26 de la Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible, dando de plazo 24 meses para su elaboración.
Posteriormente en el Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio, este plazo se ve reducido en doce meses: "Por ello, se adelanta en doce meses el plazo de entrada en vigor del deber de negociar y elaborar, por parte de las empresas y de las entidades pertenecientes al sector público, planes de movilidad sostenible al trabajo".
La primera ley citada (Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible) entró en vigor el 5 de diciembre de 2025 (el día 3 de diciembre se aprueba y el 4 se publica), de forma que el plazo legal para tener el Plan finaliza el 5 de diciembre de 2026, doce meses después de su entrada en vigor.

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