jueves, 30 de julio de 2020

Compromiso de confidencialidad

La dirección vuelve a la carga con el tema del compromiso de confidencialidad (mail del 28 de julio con asunto "Compliance: Documento de confidencialidad") pidiendo la firma a quién no lo haya firmado y recordando los "compromisos adquiridos" a quién ya lo hizo. Desde CGT ya comunicamos a RRHH que rechazábamos el documento de Compromiso de Confidencialidad y de Seguridad por las razones que expusimos en su momento. La versión actual del documento sigue sin resolver las discrepancias existentes. Repetimos lo dicho en nuestra anterior comunicación: Firma de los documentos de confidencialidad.
 
Tal y como nos dijeron nuestros servicios jurídicos, proponemos responder al correo de petición de firma adjuntando el documento de confidencialidad escaneado, firmado y con el siguiente comentario:

Puesto que en la web sólo se permite validar el documento entero sin ningún tipo de matiz o comentario, y han surgido pegas a la legalidad de parte de su contenido (que CGT ha trasladado a la empresa) envío el documento escaneado, y firmado con este texto:
ACEPTO las partes de este documento que sean de obligado cumplimiento por ley y RECHAZO aquellas que supongan una cesión de derechos por mi parte, así como el compromiso de firmar en el futuro posibles documentos cuyo contenido por ahora desconozco.
Por favor, apúntenme como que ya lo he firmado, aunque no lo haya hecho por la web... si se incluyera la opción de incluir comentarios a la firma, no tendría problema alguno en hacerlo por ese medio.

Jornada de Verano: Respuesta de la RLT a RRHH ante su propuesta de acuerdo de verano

El miércoles 29 de julio LAB envió, en nombre de todas las Secciones Sindicales firmantes, este correo a RRHH:
Las Secciones Sindicales abajo firmantes encontramos abusiva, desproporcionada y fuera de lugar la proposición de la empresa de ampliar la jornada laboral estando la plantilla afectada por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo.
 
Tal y como hemos comentado en reiteradas ocasiones, no vamos a aceptar ninguna propuesta que considere la realización de más de 35 horas semanales o desplazamiento horario que es lo que especifica nuestro Acuerdo Marco para el periodo del 16 de junio al 31 de agosto en el punto b).1 Horario General.
 
Les recordamos que el Acuerdo Marco indica en su punto 2.c) que "Tendrán la consideración de horas extraordinarias las que se realicen sobre la duración máxima de la jomada ordinaria de trabajo en cómputo semanal".

Sección Sindical Estatal de CGT en AtoS Spain
 
Sección Sindical de Co.Bas
 
Delegados y delegadas de CCOO
 
Sección Sindical de COS
 
Sección Sindical de ELA
 
Sección Sindical de LAB
 
Sección Sindical RSTIC
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En su última propuesta presentada a la RLT, la empresa eliminaba el término "exceso de horas", y hablaba de Horarios Especiales para los que proponía la siguiente compensación:
  
 
Aquí puedes ver la anterior propuesta de la empresa... Jornada Intensiva 2020: Resumen de la reunión del 16 de julio, y aquí la propuesta de ELA a la que nos adherimos junto con otras Secciones... Jornada Intensiva 2020: Acuerdo de verano.

miércoles, 29 de julio de 2020

Solidaridad con Palestina

Las fuerzas de ocupación israelíes mataron a 27 civiles palestinos, incluidos 7 niños y dos mujeres, otros 1.070 resultaron heridos, unos 2.330 fueron arrestados. A su vez, 357 viviendas e instalaciones fueron demolidas durante la primera mitad de este año 2020.
  
Leer más en Kaos en la Red.

ERTE: Jornada de Verano 2020 y Horas Extras

El artículo 2 (Procedimientos de suspensión y reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción) del Real Decreto-Ley 24/2020, en su punto 5 indica: "No podrán realizarse horas extraordinarias, establecerse nuevas externalizaciones de la actividad ni concertarse nuevas contrataciones, sean directas o indirectas, durante la aplicación de los expedientes de regulación temporal de empleo a los que se refiere este artículo". La prohibición de realizar Horas Extras no tiene ninguna excepción, ni aunque la empresa informase previamente a la RLT.
 

 
RECUERDA
• El Acuerdo Marco de AtoS Spain señala que "Tendrán la consideración de Horas Extraordinarias las que se realicen sobre la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo en cómputo semanal".
 
• En varias sedes de AtoS (Madrid, Barcelona, Bilbao, Vigo) se ha tenido que ajustar la jornada para no superar el límite anual de 1760 horas que establece nuestro Acuerdo Marco. Esto significa que, aún haciendo el horario normal con Jornada de Verano se está al límite del máximo de horas anuales establecido, por lo que cualquier hora que supere las 35 horas semanales sería Hora Extra incluso en cómputo anual.
 
• Según el Acuerdo Marco, la duración del periodo de la jornada continua de l@s Trabajador@s desplazad@s a otra empresa por motivos de servicio se adaptará al horario "oficial" del cliente siempre que no sea inferior a la pactada (del 16 de junio al 31 de agosto) ni exceda de 35 horas semanales.

Las paredes hablan

Las Redes Sociales hablan y hablan (julio 2020/3)














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