miércoles, 28 de febrero de 2018

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Continúan los Despidos

RRHH nos ha comunicado la ejecución de un nuevo Despido disciplinario en Madrid que ha tenido lugar el día 28.
 
 
Con éste ya son 10 los Trabajadores despedidos en AtoS durante 2018.
(Anterior entrada de Despidos)

Ley de contrato único: El mejor regalo de C's para las empresas y un paso más en la precariedad

Ayer, 27 de febrero, se ha publicado la proposición de ley de C's para la implementación de un contrato único que conllevará, en caso de despido no disciplinario, una indemnización única de 20 días por año trabajado para cualquier trabajador (si el despido es disciplinario, no se cobra indemnización, lo cual siempre ha sido así).
 
La medida de C's permitirá a las empresas ahorrarse cientos de millones en indemnizaciones y supone un duro golpe a los trabajadores. Un golpe de una intensidad que no se recordaba desde la reforma laboral de 2012, y que paso a explicaros a la luz de la actual legislación laboral.
 
Estos son los principales tipos de contratos que existen hoy, y las indemnizaciones que llevan aparejadas:

Contrato indefinido
La indemnización depende de si tu despido es o no por causas objetivas (es decir, por pérdidas económicas de la empresa o por causas productivas u organizativas que hagan innecesario tu puesto de trabajo debido, por ejemplo, a una bajada importante de pedidos que obliga a reducir la plantilla).
 
Si tu despido es por causas objetivas, cobrarás 20 días por año trabajado.
 
Si no lo es, se considerará improcedente, y cobrarás una indemnización de 45 días por cada año trabajado antes de febrero de 2012 (fecha de entrada en vigor de la reforma laboral) y de 33 días por cada año trabajado después de esa fecha. Así, si tienes una antigüedad de 2009, generas 45 días por 2009, 2010, 2011... y a partir de febrero de 2012 generas 33 días.
Contrato eventual por circunstancias de la producción y contrato por obra o servicio determinado
Son los llamados contratos basura. Tienen naturaleza temporal y, en el caso de los contratos eventuales, se realizan para hacer frente a picos de la actividad normal de la empresa (verano en un bar de playa). En el supuesto de los contratos por obra o servicio, se hacen para cubrir servicios diferentes de la actividad normal de la empresa, que esta precisa puntualmente en un determinado momento (por ejemplo, contratar a un informático para que instale el software de un despacho de abogados y, cuando acabe, se marche).
 
Estos contratos temporales tienen una indemnización de 12 días por año y (esto es MUY IMPORTANTE) tienen una duración muy limitada. En el caso de los eventuales, 6 meses (prorrogable a 1 año por convenio colectivo). En el caso de los contratos por obra o servicio, 3 años, ampliable a 4 por convenio colectivo). Una vez pasados esos límites, te vuelves indefinido.
Contratos en prácticas
Tienen una duración máxima de 3 años y se hacen para que gente recién salida de la universidad o FP inicien su actividad laboral. No dan derecho a indemnización.
Pues bien, el argumentario de ciudadanos es que su medida hace una partición salomónica: entre los 33-45 días de los indefinidos, los 12 días de los eventuales y los 0 días de la gente en prácticas, hacemos una media y sacamos 20 días. Así los más precarios ven aumentada su indemnización a costa de que los estables la vean reducida. Pues bien, el perjuicio que se causa al grueso de los trabajadores será atroz, y el beneficio que a cambio obtendrán los precarios, nimio.
 
Como os he dicho, un eventual no puede estar contratado más de 6 meses, y un contratado en prácticas, no más de 3 años (en cuanto pasan esas cifras, se vuelven indefinidos). Por ello, sus indemnizaciones son exiguas, ya que se calculan con base en la antigüedad. De este modo, el beneficio que obtienen con base en el contrato único es irrisorio.
 
Por el contrario, los indefinidos suelen gozar de antigüedades inmensas, de 10, 20 ó 30 años. A ellos, la bajada de 33-45 a 20 días les supone un pastizal. Un pastizal que se ahorrarán las empresas. A modo de ejemplo, si llevas 15 años en una empresa y tu salario bruto son 1.000 euros, con la actual regulación cobrarías 21.394,52 euros de indemnización, y con la de C's, 10.520,55 euros. Podéis sacar el cálculo en Formulario para cálculo de la cuantía de las indemnizaciones laborales por extinciones de contrato de trabajo.
 
Aparte, los contratos temporales en España suponen un 26,8% del total. El resto (73,2%) son indefinidos, que ven reducidas sus indemnizaciones a prácticamente la mitad gracias a la maravillosa idea de C's. El IBEX se lo agradecerá (como ya se lo está agradeciendo) eternamente.

Capgemini: Una sentencia permitiría integrar a 200 empleados de contratas

Una sentencia del Juzgado de lo Social de Mieres abre la puerta a la incorporación a Capgemini (con sede en Valnalón, en Langreo) de cerca de doscientos trabajadores de subcontratas. Así lo recoge el fallo dictado tras la denuncia de dos empleados de la contrata Zemsania, David Sánchez y Jorge López, que contaron con el apoyo del sindicato CNT. El titular de la sala es rotundo en la sentencia: existe "cesión ilegal" de empleados y la empresa matriz debe admitirlos en su plantilla, además de "reconocerles la condición de trabajadores fijos, con la antigüedad y categoría que queden fijadas". La compañía anunció ayer a los demandantes que recurrirá el fallo, pero los trabajadores miran el proceso con optimismo: "Animamos a nuestros compañeros a que ejerzan la fuerza de la unión, para terminar con este foco de precariedad", señalaron.
 
Jorge López y David Sánchez fueron despedidos de la subcontrata en la que trabajaban tras presentar la denuncia, que formalizaron ante la negativa de Capgemini de su integración en la plantilla. La matriz tampoco atendió a la propuesta de equiparación de sueldo, ya que los trabajadores de contratas llegan a percibir hasta un treinta por ciento menos que los empleados de la matriz. De los mil empleados que trabajan en la sede de Valnalón, se estima que cerca de doscientos están en la misma situación que los demandantes.
 
Antes de llegar al juicio, afirmó Sánchez, la empresa buscó un acuerdo. "Nosotros rechazamos su actitud mafiosa. Dijimos que no aceptaríamos dinero porque lo que buscábamos era terminar con la cesión ilegal", matizó. Según el trabajador, la respuesta de los representantes de Capgemini fue "que si ganábamos nos volverían a despedir". La sentencia apunta en sus hechos probados, entre otras afirmaciones, que todos los medios de trabajo de los que se servían los demandantes para su desempeño laboral eran proporcionados por Capgemini. También concurrían en la misma sala que los empleados de la matriz y la jornada y horario de trabajo venía determinada por los responsables de la multinacional. Los demandantes hicieron hincapié en las declaraciones de sus testigos: "Sus testimonios fueron de un valor incalculable", afirmó Jorge López. Los testigos de la parte demandada, en cambio, no pudieron contradecir lo que aseguraron los demandantes.
 
Aseguran que no encontraron el mismo apoyo en el comité de empresa de la matriz (con representantes de Comisiones Obreras y CSIF). "En todo momento se desentendieron del conflicto, se lavaron las manos, a pesar de que los trabajadores de subcontratas pueden acudir al comité de la empresa matriz si su empresa no tiene, como es el caso", afirmó López. Así, añadieron, "fue el sindicato CNT, un sindicato de clase, el único con el que hemos contado".
 
Esperan que su sentencia sea "un primer paso para terminar con la cesión ilegal". "Los trabajadores de contratas se encuentran en mala situación, con sueldos precarios y en bajo condiciones ilegales", añadieron. Además, han solicitado una inspección de Trabajo. Tras recibir el fallo, enviaron un burofax a la empresa para ponerse a su disposición y evitar un despido por abandono del puesto de trabajo. No recibieron respuesta hasta ayer, durante un piquete informativo a las puertas de la sede de la empresa. Un representante de Capgemini les informó de que la empresa recurrirá la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA). Están tranquilos: "Está claro que somos trabajadores de Capgemini desde el minuto uno", zanjaron.

[BCN] Proyecto PyeongChang 2018, cambio de la jornada laboral

La empresa aplicó a varios trabajadores de Major Events en Barcelona una Modificación Sustancial de Condiciones de Trabajo de la jornada laboral. Esta MSCT fue de caracter individual al ser menos de 30 los trabajadores afectados (artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores), y por tanto no hubo periodo de consultas con la RLT, aunque sí fue notificada.
 
Éste es el anexo a su contrato de trabajo firmado por los trabajadores afectados:

 

La frase del día

Tres años y medio de cárcel

¿Realidad o ficción? (febrero 2018)



… pero no sufras,
cuando la acabes de leer,

podrás encontrar más historias en la nueva








































¿Realidad o ficción?

En el enlace que señala Homer puedes ver la anterior entrada de ¿realidad o ficción?.

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