jueves, 30 de julio de 2026

Despidos Objetivos: Cotizar más y cobrar más de paro

Desde febrero de 2025 la gran mayoría de los despidos que Atos Spain ejecuta son en base al artículo 52 "Extinción del contrato por causas objetivas" del Estatuto de los Trabajadores (lo que no implica que dicha objetividad esté justificada). Este artículo obliga a realizar el despido con un preaviso de quince días o pagar los días de preaviso que no se respetan... en la mayoría de los despidos no se aplica el preaviso y se abona esa cantidad.

Hasta ahora la Seguridad Social entendía que esa cantidad abonada tenía naturaleza de indemnización, lo que evidentemente no era así, pero desde hace unas semanas se ha dado cuenta que esto no es así y que las empresas tienen que cotizar esos días de preaviso, lo que implica el derecho a cotizar más y cobrar más de paro.

Así que todas las personas que han sido despedidas desde febrero del año pasado, y aquellas que tristemente lo vayan a ser, deben comprobar si esas cotizaciones han sido realizadas y en caso contrario se lo pueden reclamar a la empresa. Si la empresa no realiza dicha regularización se debe denunciar a la Inspección de Trabajo.
Más información en Derecho a cotizar más y cobrar más de paro en los despidos objetivos.

No hay comentarios:

Publicar un comentario