sábado, 28 de marzo de 2015

Las Redes Sociales hablan

Miguel Hernández

Empieza el Horario de Verano 2015

El horario de verano empieza en la madrugada del sábado 28 de marzo de 2015 al domingo 29 de marzo de 2015.

Se adelanta el reloj una hora, de las 02:00 a las 03:00.

¡Una hora menos = dormir una hora menos!


Boletín Informativo de la CGT nº 148: Modificación del Régimen de Mutuas e incapacidad temporal

Índice:
1.1. Objeto del presente boletín: Ley de Mutuas (Ley 35/2014 de 26 de diciembre) y Real Decreto por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración (Real Decreto 625/2014 de 18 de julio).

1.2. Breve antecedente normativo de las Mutuas.

1.3. Entidades y funciones tradicionales en la gestión de las contingencias de la Seguridad Social.
Puedes verlo en Boletín Informativo nº148.

Las 44 conductas que se multarán en la nueva Ley de Seguridad Ciudadana

Con los votos a favor del PP y toda la oposición en contra, la Ley de Seguridad Ciudadana ha sido aprobada este jueves definitivamente por las Cortes, que han avalado un texto que incrementará la libertad, según el Ejecutivo, y sobre el que, sin embargo, planea la amenaza de su derogación si cambia el Gobierno. La nueva norma, que entrará en vigor en julio, pone fin a 16 meses de tramitación en los que el texto ha sufrido numerosas modificaciones con respecto al borrador original del proyecto presentado por Interior en noviembre de 2013. En algunos casos directamente han desaparecido del redactado algunas de las conductas más polémicas como la que sancionaba los "ultrajes a España".

En otros casos se han rebajado las sanciones a imponer: concentrarse sin autorización ante el Congreso de los Diputados ya no será sancionado con un máximo de 600.000 euros, sino con un máximo de 30.000 y siempre que se realice una "perturbación grave de la seguridad ciudadana". Tampoco serán sancionados los periodistas que graben a los agentes de policía, sino quien use esas imágenes de manera que "pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes" (distribuir su foto con esos fines, dirección personal, datos personales...).

Sólo en el trámite seguido en el Congreso de los Diputados un total de 14 infracciones fueron modificadas y 19 directamente eliminadas. Finalmente estas son las 44 razones por las que alguien podría ser sancionado con multas que van desde los 100 euros hasta los 600.000 siempre que no sea delito.

Faltas muy graves (Entre 30.001 Y 600.000 euros de sanción)

Manifestaciones no comunicadas o prohibidas ante infraestructuras críticas.

Fabricar, almacenar o usar armas o explosivos incumpliendo la normativa o careciendo de la autorización necesaria o excediendo los límites autorizados.

Celebrar espectáculos públicos quebrantando la prohibición ordenada por la autoridad correspondiente por razones de seguridad pública.

Proyectar haces de luz sobre los pilotos o conductores de medios de transporte que puedan deslumbrarles o distraer su atención y provocar accidentes.
Faltas graves (Entre 601 y 30.000 euros de multa)
Perturbar la seguridad ciudadana en actos públicos, espectáculos deportivos o culturales, solemnidades y oficios religiosos u otras reuniones a las que asistan numerosas personas.

La perturbación grave de la seguridad ciudadana en manifestaciones frente al Congreso, el Senado y asambleas autonómicas aunque no estuvieran reunidas.

Causar desórdenes en la calle u obstaculizarla con barricadas.

Impedir a cualquier autoridad el ejercicio legítimo de sus funciones en el cumplimiento de resoluciones administrativas o judiciales. Este punto sancionaría, por ejemplo, las concentraciones para impedir la ejecución de desahucios.

Las acciones y omisiones que impidan u obstaculicen el funcionamiento de los servicios de emergencia.

La desobediencia o la resistencia a la autoridad así como la negativa a identificarse a requerimiento de la autoridad o de sus agentes.

Negarse a disolver reuniones y manifestaciones en lugares de tránsito público cuando lo ordenen las autoridades competentes cuando concurran los supuestos del artículo 5 de la Ley Reguladora del Derecho de Reunión. Entre estos supuestos se encuentra "cuando se produzcan alteraciones del orden público con peligro para personas o bienes" por lo que podría emplearse esta infracción para sancionar los llamados escraches.

Perturbar el desarrollo de una manifestación lícita.

La intrusión en infraestructuras críticas (que prestan servicios esenciales para la comunidad) incluyendo su sobrevuelo, cuando se haya producido una interferencia grave en su funcionamiento.

Portar armas prohibidas o portar o usar armas de modo negligente y temerario o fuera de los lugares habilitados para ello.

Solicitar y disfrutar (por parte del demandante) de servicios sexuales en zonas de tránsito público, cerca de lugares destinados a su uso por menores (colegios, parques...) o en zonas que pueda generar un riesgo para la seguridad vial.

Fabricar, almacenar o usar armas reglamentarias o explosivos sin autorización así como la omisión o falta de eficacia de las medidas de seguridad o precauciones que resulten obligatorias.

Negarse a las inspecciones en fábricas, locales, establecimientos, embarcaciones y aeronaves.

El uso público e indebido de uniformes, insignias o condecoraciones oficiales, o réplicas de los mismos del equipamiento de los cuerpos policiales o de los servicios de emergencia que puedan generar engaño.

No colaborar con las Fuerzas de Seguridad en la averiguación de delitos o en la prevención de acciones que puedan poner en riesgo la seguridad ciudadana.

El consumo o la tenencia ilícitos de drogas, aunque no estuvieran destinadas al tráfico, en lugares públicos, así como el abandono de los instrumentos empleados para ello.

El traslado de personas, con cualquier tipo de vehículo, con el objeto de facilitar a éstas el acceso a drogas (las cundas).

Plantar y cultivar drogas en lugares visibles al público.

La tolerancia del consumo ilegal o el tráfico de drogas en locales o la falta de diligencia en orden a impedirlos por parte de los propietarios.

La carencia de los registros previstos en esta ley para las actividades con trascendencia para la seguridad ciudadana o la omisión de comunicaciones obligatorias.

Dar datos falsos para la obtención de las documentaciones previstas en esta Ley.

Incumplir las restricciones a la navegación reglamentariamente impuestas a las embarcaciones de alta velocidad y aeronaves ligeras.

El uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes, de las instalaciones protegidas o en riesgo el éxito de una operación, con respeto al derecho fundamental a la información.
Faltas leves (Sanciones de 100 a 600 euros)
La celebración de manifestaciones sin comunicar a las autoridades, cuya responsabilidad corresponderá a los organizadores.

Exhibir de objetos peligrosos para la vida e integridad física de las personas con ánimo intimidatorio.

Incumplir las restricciones de circulación peatonal o itinerario con ocasión de un acto público cuando provoquen alteraciones menores en el normal desarrollo.

Las faltas de respeto y consideración cuyo destinatario sea un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el ejercicio de sus funciones de protección de la seguridad.

Hacer o incitar a actos que atenten contra la libertad e indemnidad sexual, o ejecutar actos de exhibición obscena.

La proyección de haces de luz, mediante cualquier tipo de dispositivo, sobre miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para impedir o dificultar el ejercicio de sus funciones.

La ocupación de casas y la venta ambulante no autorizada.

No denunciar la perdida o el robo de un arma.

Las irregularidades en la cumplimentación de los registros previstos en esta Ley con trascendencia para la seguridad ciudadana.

No tener la documentación personal legalmente exigida o no denunciar su robo o pérdida.

La negligencia en la custodia y conservación de la documentación personal legalmente exigida, considerándose como tal la tercera y posteriores pérdidas o extravíos en el plazo de un año.

Negarse a darle la documentación a la Policía.

Causar daños a bienes muebles o inmuebles de uso público o privados que estén en la vía pública.

Escalar edificios o monumentos sin autorización cuando haya riesgo de que se ocasionen daños.

La remoción de vallas, encintados u otros elementos fijos o móviles colocados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para delimitar perímetros de seguridad.

Dejar sueltos o en condiciones de causar daños animales feroces, así como abandonar animales domésticos en condiciones en que pueda peligrar su vida.

El consumo de alcohol en lugares públicos cuando perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana.

viernes, 27 de marzo de 2015

Guía gráfica de sanciones de la Ley Mordaza


[MAD] Los precios del Vending (2)

Hay que decir que en un par de días el tema de los precios de las máquinas de Vending ha avanzado mucho más que en varios meses. El departamento de compras facilitó, por fin, al Comité de Empresa un documento con los precios de los productos de Vending en las máquinas del proveedor Selecta (válidos en todas las sedes de Madrid, Bilbao, Sevilla y Barcelona Diagonal).

Desde el Comité de Empresa de Madrid se ha enviado a los trabajadores la lista de los precios, que puedes ver aquí publicada, y también se ha contactado con los Representantes de los Trabajadores de otras empresas del grupo y del resto de centros de trabajo para que hagan lo mismo con los trabajadores a los que representan (Como en Sevilla no hay RLT se les ha enviado directamente a los trabajadores del grupo AtoS que trabajan en las oficinas de esa ciudad).

Si detectas alguna irregularidad en los precios ponte en contacto con tu RLT.








Como anécdota mencionaremos que, según esta lista, de los dos precios que tenía el Actimel que poníamos de ejemplo en nuestra anterior nota, el bueno era el más caro.

La frase del día

[MAD] 28-M: IX Homenaje a las víctimas del franquismo

El Congreso aprobó el mayor recorte de libertades desde el franquismo

El Congreso de los Diputados, reunido en sesión plenaria, ha aprobado este jueves la Ley Orgánica 10/1995 del Código Penal y el Proyecto de Ley Orgánica de protección de la seguridad ciudadana, conocida de forma popular como Ley Mordaza. Tras su trámite por el Senado, estas dos normas verán la luz con los votos a favor del Partido Popular en lo que supondrá, a juicio de la oposición y de la mayor parte de las organizaciones sociales y civiles, el mayor recorte en libertades desde el final del franquismo.

Para la organización No somos delito, la justificación del Gobierno, que apela a la "demanda social de seguridad" no se sostiene, ya que "de las más de 87.000 manifestaciones celebradas en España en los dos últimos años, se han producido incidencias en menos del 1% de las mismas, todo ello según datos del propio Ministerio del Interior", argumentan a modo de ejemplo.

Pese a estos datos, la reforma de la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana conlleva un gran incremento de las infracciones relacionadas con el ejercicio del derecho a la libertad de reunión pacífica y de asociación así como la libertad de expresión. De hecho, 15 de las 46 infracciones propuestas en la reforma afectan a este área. A partir de la puesta en marcha de la Ley, será considerado como infracción muy grave, con penas de entre 30.000 y 600.000 euros "las reuniones o manifestaciones no  comunicadas o prohibidas en infraestructuras o instalaciones en las que se prestan servicios básicos para la comunidad", es decir, delante de organismos como el Congreso de los Diputados.

Además, también se considerará infracción muy grave, esta vez con una multa entre 601 y 30.000 euros, "la perturbación de la seguridad ciudadana en actos públicos, espectáculos deportivos o culturales, solemnidades y oficios religiosos u otras reuniones a las que asistan numerosas personas, cuando no sean constitutivas de infracción penal". Asimismo, "la celebración de reuniones en lugares de tránsito público" podrá acarrear una multa de ente 100 y 600 euros.

Las nuevas leyes que promueve el Partido Popular han sido duramente criticadas por organismos internacionales. El Comité de Derechos Humanos de la ONU, en su Observación general nº 34, recordó que los Estados no deben prohibir la crítica de instituciones como el Ejército o la Administración. Asimismo, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos determinó que sancionar a los manifestantes que participan en una reunión pacífica, aunque no haya sido comunicada previamente a las autoridades, supone una restricción ilegítima del artículo 11 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Para este organismo, parece claro que cualquier manifestación en la vía pública causa inevitablemente cierto nivel de disrupción en el devenir ordinario y que las autoridades públicas deben mostrar cierto grado de tolerancia hacia la celebración de reuniones pacíficas.

Reforma del Código Penal

La aprobación de la Ley Mordaza se complementa con una reforma del Código Penal que perseguirá alteraciones del orden público más allá de las calles. En este sentido, se castigará a quien difunda mensajes que inciten a la comisión de un delito de alteración del orden público. Así, "alguien que comparta en las redes sociales una manifestación puede ser considerado que está cometiendo un delito de alteración del orden público si se produce algún altercado en dicha acción", confirman desde No somos delito.

El nuevo Código Penal contempla también penas de tres a seis meses de cárcel para quien ocupe propiedades públicas o privadas, perturbando su actividad aunque se encuentren en horario abierto al público. Este artículo apunta directamente a colectivos como el de la Plataforma de Afectados por las Hipotecas (PAH), los preferentistas o incluso los encierros de La Marea Blanca en hospitales. También afectará a movimientos sociales y organizaciones como Greenpeace.

Según una enmienda introducida en el Senado, tanto la Reforma del Código Penal como la Ley de Seguridad Ciudadana entrarán en vigor el 1 de julio de 2015,  salvo la disposición final primera referida a las "devoluciones en caliente" en Ceuta y Melilla,  que estará vigente al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.


jueves, 26 de marzo de 2015

¿Liberad@s en CGT? NO, gracias

En relación a la nota "CGT Barcelona, pide la igualdad de condiciones que las que disfruta COS" publicada en La Botika el 23 de marzo, y al correo "ens unim a CGT per més hores" enviado por COS a los trabajadores de Barcelona el 25 de marzo, la Sección Sindical Estatal de la CGT en AtoS manifiesta que:
Esta Sección Estatal se desvincula totalmente de cualquier petición de liberados sindicales.

Salud.

[MAD] 27-M: Convocatoria de reunión sobre el Bench

A última hora de la tarde del miércoles 25, se ha recibido en el Comité de Empresa una convocatoria de reunión de parte del director de RRHH, GHornos, de la que solo se sabe lo que en el asunto se indica: Iniciativas con el Bench.

Será el viernes, 27 de marzo, a las 13:00 horas en la sala C-207 de Albarracín 25.

La viñeta del día

[Iruñea] 28-M: La avaricia patronal y la usura bancaria matan


Y tú, ¿eres filocegetista?

Brillante análisis de @ServiciosCCOO: "Sección en Tsystems se va a CGT pq eran #FiloCegetista".