miércoles, 4 de enero de 2017

El tique en papel sólo puede suplirse por un documento electrónico si el usuario acepta

FACUA-Consumidores en Acción recuerda que la sustitución de los tiques o facturas de compra en papel por documentos electrónicos anunciada por varias superficies comerciales es una medida que la ley sólo permite si el comprador lo acepta.
 
FACUA considera que la opción de recibir un tique o factura por correo electrónico o que el documento quede archivado en una APP es una medida que puede resultar útil a los consumidores y que contribuye a reducir el negativo impacto medioambiental. Disponer de los comprobantes de compra en un archivo digital reduce el riesgo de no contar con sus versiones en papel cuando resulta necesario plantear una reclamación, ya que en muchos casos se tiran o pierden.
 
La asociación, que ha comenzado a recibir consultas por este tema, advierte de que el consumidor siempre tendrá derecho a exigir la entrega de un tique o factura en papel, al tratarse de un derecho reconocido en el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.

El artículo 63 de la citada norma señala en su apartado 3 que "la expedición de la factura electrónica estará condicionada a que el empresario haya obtenido previamente el consentimiento expreso del consumidor. La solicitud del consentimiento deberá precisar la forma en la que se procederá a recibir la factura electrónica, así como la posibilidad de que el destinatario que haya dado su consentimiento pueda revocarlo y la forma en la que podrá realizarse dicha revocación. El derecho del consumidor y usuario a recibir la factura en papel no podrá quedar condicionado al pago de cantidad económica alguna".

Hay que tener en cuenta, señala FACUA, que todavía hay un elevado porcentaje de consumidores que no tienen acceso a internet, por motivos tanto económicos como de desconocimiento del funcionamiento de las nuevas tecnologías.

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