jueves, 30 de julio de 2026

Despidos Objetivos: Cotizar más y cobrar más de paro

Desde febrero de 2025 la gran mayoría de los despidos que Atos Spain ejecuta son en base al artículo 52 "Extinción del contrato por causas objetivas" del Estatuto de los Trabajadores (lo que no implica que dicha objetividad esté justificada). Este artículo obliga a realizar el despido con un preaviso de quince días o pagar los días de preaviso que no se respetan... en la mayoría de los despidos no se aplica el preaviso y se abona esa cantidad.

Hasta ahora la Seguridad Social entendía que esa cantidad abonada tenía naturaleza de indemnización, lo que evidentemente no era así, pero desde hace unas semanas se ha dado cuenta que esto no es así y que las empresas tienen que cotizar esos días de preaviso, lo que implica el derecho a cotizar más y cobrar más de paro.

Así que todas las personas que han sido despedidas desde febrero del año pasado, y aquellas que tristemente lo vayan a ser, deben comprobar si esas cotizaciones han sido realizadas y en caso contrario se lo pueden reclamar a la empresa. Si la empresa no realiza dicha regularización se debe denunciar a la Inspección de Trabajo.
Más información en Derecho a cotizar más y cobrar más de paro en los despidos objetivos.

3 comentarios:

  1. Aplicaría también a los despidos objetivos que, yendo a conciliación, se declaran posteriormente como improcedentes?
    En caso afirmativo, existe alguna vía de demanda colectiva? Mas que nada porque reclamaciones o denuncias individuales perjudicarían la búsqueda o cambio de empresa a quien necesite verificar credenciales desde Atos y mucha gente no daría el paso...
    Además es que por lo fulminante y falta de preaviso de sus despidos, muchas compañeras ni pudieron acudir a un asesoramiento jurídico adecuado...
    Medio mes de salario a cada persona despedida desde diciembre 2024 (y no desde febrero 2025) es un pastizal a pelear colectivamente y no como electrones libres...
    gracias gatos
    SyR

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    1. Si en algún momento el Despido se declara improcedente ya no se aplicaría la normativa sobre despido objetivo y se tendría que recalcular todo..

      Si hay suficiente número de personas que quieran denunciar en conjunto, por parte de CGT se podría plantear presentar un conflicto colectivo.

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    2. Los afectado y afectadas por los despidos objetivos nos comentaban que en conciliación la empresa no aceptaba la improcedencia del despido y mantenía su condición de objetivo aunque pagase una indemnización igual o parecida a si lo hubiese sido. Así que tiene que haber cientos de afectados porque ese era el criterio general que la empresa utilizaba por lo menos hasta ahora.
      Para que se reconozcan esas cotizaciones no hace falta demanda en los tribunales, solo comprobar que no se han producido y en ese caso denunciar a la Inspección de Trabajo.

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