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jueves, 30 de julio de 2026

Despidos Objetivos: Cotizar más y cobrar más de paro

Desde febrero de 2025 la gran mayoría de los despidos que Atos Spain ejecuta son en base al artículo 52 "Extinción del contrato por causas objetivas" del Estatuto de los Trabajadores (lo que no implica que dicha objetividad esté justificada). Este artículo obliga a realizar el despido con un preaviso de quince días o pagar los días de preaviso que no se respetan... en la mayoría de los despidos no se aplica el preaviso y se abona esa cantidad.

Hasta ahora la Seguridad Social entendía que esa cantidad abonada tenía naturaleza de indemnización, lo que evidentemente no era así, pero desde hace unas semanas se ha dado cuenta que esto no es así y que las empresas tienen que cotizar esos días de preaviso, lo que implica el derecho a cotizar más y cobrar más de paro.

Así que todas las personas que han sido despedidas desde febrero del año pasado, y aquellas que tristemente lo vayan a ser, deben comprobar si esas cotizaciones han sido realizadas y en caso contrario se lo pueden reclamar a la empresa. Si la empresa no realiza dicha regularización se debe denunciar a la Inspección de Trabajo.
Más información en Derecho a cotizar más y cobrar más de paro en los despidos objetivos.

martes, 7 de abril de 2026

Despidos: Comunicación a la RLPT

Cumpliendo la resolución de la Inspección de Trabajo tras una denuncia de la CGT, RRHH notificaba a la RLPT cada Despido adjuntando la carta firmada por la persona trabajadora, lo que permitía acreditar el "recibí". Sin embargo, de un día para otro, dejó de hacerlo sin dar ninguna explicación.

Desde CGT nos quejamos a RRHH, señalando que ahora únicamente remite la carta de notificación del preaviso sin la firma de la persona afectada... y como han ignorado nuestras comunicaciones durante todo este tiempo, decidimos elevar el problema a la Inspección de Trabajo de Madrid.

El 24 de marzo recibimos la resolución de la Inspección de Trabajo, cuyo resumen es: "... la copia entregada a los representantes debe demostrar que el trabajador fue notificado, pero no requiere su firma en el documento que se entrega a la RLT".

Nos enfrentamos a otra resolución de la Inspección a la que no encontramos sentido alguno, ya que, según la misma, la empresa tiene que demostrar a la RLPT que la persona trabajadora ha sido notificada, pero no es necesaria la firma. Llegados a este punto nos gustaría saber cómo va a hacer RRHH para comunicarnos de forma fehaciente que se ha realizado la comunicación del preaviso a la persona despedida, puesto que hasta ahora hemos podido comprobar que, en algún caso, nos han enviado la notificación del Despido sin haber informado a la persona trabajadora, que no recibió la notificación hasta un día después.

Una vez más nos sorprende la resolución de Inspección, que por un lado nos da la razón indicando que nos deben demostrar que la persona trabajadora fue notificada del preaviso de Despido, y por otro no requiere que nos llegue firmada por la persona trabajadora.

miércoles, 24 de septiembre de 2025

[MAD] CSSL: Resumen de la reunión del 16 de septiembre

Se han pedido presupuestos para el cambio de las puertas de acceso, que no cumplen normativa por ser muy estrechas. Se van a poner con una parte fija y una hoja de 90 cm.

Por parte del Delegado de Prevención designado por la CGT se comenta que las Fichas de Riesgos no se adaptan a las funciones de la mayoría de la plantilla, con riesgos como levantamiento de cargas. Les decimos que al ser los riesgos tan generales desvirtúan la labor que realizamos. También les decimos que se ha consultado a Inspección de Trabajo y nos ha dicho que se tienen que adaptar los riesgos a los puestos y a las labores que se desarrollan. Pero desde Prevención dicen que prefieren que haya riesgos de más que de menos y que son riesgos asociados a puestos preventivos.

El Delegado de Prevención designado por la CGT se queja del mal estado de las taquillas, por ser escasas y estar algunas rotas. Nos dicen que pongamos SRT por zonas y que las arreglarán.

Les preguntamos que dónde deja el personal los equipos si todas las taquillas que están en buen estado están ocupadas, y nos responden que hay taquillas suficientes para todo el mundo, si algunas están rotas es culpa de las personas trabajadoras por no poner SRT para que las arreglen. No se les ocurre decir que se dejen los equipos anclados a la mesa... pero tampoco hace falta que lo digan ya que, si no hay taquillas libres, los equipos se pueden dejar anclados porque ya indicó la Inspección de Trabajo que se deben quedar en la oficina.

Comentamos que en Atos Holding se han puesto SRT, y se cierran sin arreglarlas. Nos piden pruebas de que se cierran esas SRT y no se arreglan las taquillas para escalarlo a dirección.

Se está revisando el protocolo de asignación de plazas de garaje para gente con problemas puntuales de salud... hay casos de gente que lleva años con la plaza asignada, y ésa no es la finalidad. Si una persona tiene alguna dolencia crónica debe pedir el certificado de minusvalía para poder tener plaza indefinida.

lunes, 23 de junio de 2025

[MAD] Sistema ISO45001 de Prevención: Resumen de la reunión con la Auditora el 11 de junio

El Servicio de Prevención ha enviado una comunicación a la plantilla sobre rellenar una ficha de Prevención sin contar con l@s Delegad@s de Prevención.

Nos quejamos a la Auditora de que el Servicio de Prevención no tiene en cuenta a l@s Delegad@s de Prevención.

Hay dos denuncias ganadas en Inspección de Trabajo que no se están publicitando, cambiar las puertas de acceso por anchura insuficiente y dejar los equipos en la oficina cuando se va a trabajar presencialmente en días consecutivos.

La conclusión de l@s Delegad@s de Prevención es que el Servicio de Prevención es como un bloque de hormigón, que no cambia su manera de trabajar, que no cuenta con los Delegados de Prevención e incumple su deber de consulta de temas de Prevención con los mismos.

Se ha cambiado la persona responsable del mantenimiento del edificio y parece que ha mejorado el talante, ya que ésta asistió a la inspección del edificio de Albarracín de la semana anterior a la reunión, cosa que la persona responsable anterior nunca hizo.

Respecto a la auditoría del año anterior, parece que se repiten los temas y la actitud del Servicio de Prevención hacia l@s Delegad@s de Prevención.

La Auditora se reunirá con el responsable de RRHH  para informarle de los temas de esta reunión con l@s Delegad@s de Prevención... si nada cambia será que todo le parece correcto.

lunes, 24 de marzo de 2025

Noticias













lunes, 17 de febrero de 2025

Inspección de Trabajo: Sistema para guardar los equipos de trabajo portátiles en la oficina

Ya tenemos una segunda resolución de la Inspección de Trabajo sobre el sistema para guardar los equipos de trabajo portátiles (ordenador y sus elementos) en la oficina de Atos Spain.

El día 26 de noviembre de 2024 la Sección Sindical de CGT en Atos Spain acudió a la Inspección de Trabajo en Madrid, a una reunión con la inspectora y la representación de Atos Spain, por una denuncia de CGT sobre el incumplimiento por parte de la empresa de la resolución de Inspección de Trabajo del 13 de septiembre de 2022 (Nº Referencia O.S. 28/0023856/22), en la cual se indicaba que la empresa tenía que facilitar un lugar donde dejar el material de trabajo en la oficina.

La convocatoria en Inspección de Trabajo era a las 13:00 horas, por lo cual CGT nos personamos un poco antes de la reunión. Cual fue nuestra sorpresa al ver que antes de la hora de la reunión salía del despacho de la inspectora la representación de la dirección de Atos Spain, que acababa de tener una reunión privada con la Inspección en la que no habían contado con la parte denunciante, CGT. Ante esta situación, entramos en el despacho de la inspectora donde nos informó que la empresa había cambiado la hora de la reunión para adelantarla y le había informado que no estábamos presentes.

Con esto queremos evidenciar las maniobras que realiza la empresa a la hora de intentar dejar de lado a la representación de las personas trabajadoras y así poder contar ella su película sin que nadie pueda contradecirles. En este caso, le ha servido de poco puesto que la inspectora atendió todas nuestras quejas sobre el incumplimiento de la resolución anterior y nos indicó que resolvería de la misma forma.

El 20 de diciembre de 2024 CGT recibió la resolución de Inspección de Trabajo reiterando el requerimiento mencionado:
En tanto que el trabajador que presta servicios con carácter presencial en el centro de trabajo no está obligado a llevarse el ordenador (herramienta de trabajo) a su casa, careciendo de responsabilidad sobre su custodia y eventual perdida, por no hablar de los riesgos dorso lumbares que la carga de dicho PC podría acarrearle; se subraya a la empresa que la puesta a disposición de taquillas (recogida en correo electrónico de 8 de abril de 2024) debe comprender, no solo a los empleados que asisten diariamente al centro de trabajo, sino a todos los que no estén teletrabajando.
Y en caso de incumplimiento por parte de la empresa, Inspección resuelve que CGT deberá interponer nueva denuncia identificando a los trabajadores y jornadas afectados, entre otras circunstancias relevantes (artículo 9.2 del Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo) para, en su caso, incluir en la fundamentación fáctica de un acta de infracción.

Por tanto, llegados a este punto queremos recordar que:
Si realizas trabajo presencial dos días seguidos en la oficina, la empresa tiene la obligación de garantizar un sistema para guardar, en el Centro de Trabajo, los equipos de trabajo portátiles (ordenadores y sus elementos).

Si no te quieres llevar el ordenador pregunta a tu responsable dónde puedes dejar las cosas... en caso de que no te proporcionen un espacio para guardarlas o te digan que eso no es posible ponte en contacto con nosotr@s para informarnos del caso.

lunes, 10 de febrero de 2025

741 Trabajadores muertos en Accidentes de trabajo

Los datos de la Estadística de Accidentes de Trabajo de noviembre, lo dejan claro, el aumento de los trabajadores muertos, que alcanza ya la cifra de 741.

Son 77 más que el año pasado, es decir, un 11,6 % más. Se incrementan tanto los que se produjeron en jornada laboral como los in itinere, casi en la misma proporción. Los sectores de actividad que registran más accidentes laborales mortales durante la jornada, un total de 599, son construcción (128); transporte y almacenamiento (126) e industria manufacturera (88). En el caso del transporte, se han registrado 30 accidentes mortales más que en 2023, y 24 más en la industria manufacturera. Otros incrementos significativos se han producido en la Administración pública y en comercio y reparación de vehículos, con 9 más.

Por comunidades autónomas, Andalucía, Cataluña y Comunidad Valenciana, son las regiones con más trabajadores fallecidos por accidente en jornada. Los mayores aumentos se han registrado en Comunidad Valenciana (15), Castilla-La Mancha (14) y Galicia (13).

En el caso de los accidentes mortales in itinere, 142 de enero a noviembre, los accidentes de tráfico fueron causa de 124 accidentes con resultado de fallecimiento de la persona trabajadora. Comercio y reparación de vehículos (23), construcción (21), e industria manufacturera (19) concentran el mayor número de trabajadores fallecidos en accidentes in itinere.

El aumento de las muertes en el trabajo es una realidad que precisa de medidas urgentes, refuerzo de Inspección de Trabajo, para incrementar el número de inspecciones y vigilar a las empresas para que implementen y actualicen los planes de prevención de riesgos laborales, especialmente en sectores de alta siniestralidad. Supervisar que las jornadas laborales respeten los límites legales para evitar la fatiga, factor clave en los accidentes de trabajo, así como reforzar campañas de sensibilización y las políticas de transporte seguro para reducir los accidentes in itinere, también contribuirían a frenar las muertes en el trabajo.

Hasta noviembre, se han producido un total de 1.095.410 accidentes de trabajo. De este total, 583.338 causaron baja, mientras que los restantes no lo hicieron. Los accidentes con baja aumentaron un 0,3 %, mientras que los accidentes sin baja descendieron un 2 %, con respecto al mismo periodo de 2023.

De los accidentes con baja, que afectaron en un 94 % a trabajadores asalariados, se produjeron 502.152 en jornada de trabajo y 81.186 fueron accidentes in itinere. Estos últimos experimentaron un incremento del 3,2 %.

Por otro lado, atendiendo a la gravedad de éstos, 3.486 accidentes fueron graves y 599, mortales. En este caso también se incrementaron con respecto al pasado año, concretamente en 2 accidentes graves y 64 accidentes mortales más. La industria manufacturera, la construcción y el comercio y reparación de vehículos siguen siendo los sectores que registran una mayor siniestralidad laboral.

De los 81.186 accidentes in itinere, durante el periodo de enero a noviembre de 2024, 959 accidentes fueron graves y 142, mortales. Ambos aumentaron con 91 accidentes graves y 13 accidentes mortales más. La mayor parte de los accidentes graves se produjeron por accidentes de tráfico (49.142).

Desde CGT reclamamos reforzar las Inspecciones de Trabajo, y que se respeten las jornadas laborales en las empresas e insistimos en que estas cifras no son solo números: son vidas perdidas. Paremos las muertes en el trabajo.

CGT Valencia

martes, 4 de febrero de 2025

[MAD] Atos Holding: ¿Dónde está el tablón de la Sección?

¡Ya tenemos tablón sindical!

Un año después de las Elecciones en Albarracín 25 por fin la empresa se dignó a colocar el tablón sindical. Algunos dirán ¡para qué queremos tablón sindical en Albarracín 25 si la mayoría no pisamos por allí! Pues este tablón podría ser físico o virtual dentro de Viva Engage, pero así es esta empresa.

Desde las pasadas elecciones se han realizado varias peticiones para que la empresa dispusiese el Tablón Sindical, al que está obligada, en una zona donde se pudiera garantizar la difusión de la información. Siempre hubo buenas palabras pero nunca hechos. Así que en junio de 2024 esta Sección Sindical puso denuncia en la Inspección de Trabajo por este motivo, y por no darnos acceso a las Listas de Distribución.

Y cuatro meses después, tras la visita de la Inspección de Trabajo aparece el tablón. Ahora nos ha llegado la resolución de la Inspección de Trabajo.

Las Listas de Distribución aún estamos esperándolas... a la Inspección también se le han olvidado.

Eso sí, el tablón no está en ninguno de los sitios propuestos, sino en un sitio donde se ve pero poco, no sea que se garantizase la difusión de la información.

Así que, ¿Dónde está el tablón? Encuéntralo.

Sección Sindical de la CGT en Atos Holding Iberia

lunes, 4 de noviembre de 2024