lunes, 2 de marzo de 2015

La marca EsPPaña

El día y la noche

Invitaciones al "Tablón de anuncios de los Representantes de los Trabajadores de Iberia".

Hasta 8 veces ha llegado hoy a los trabajadores una invitación al espacio "Tablón de anuncios de los Representantes de los Trabajadores de Iberia".


Como ha aclarado TMartínez, responsable por parte de la empresa del BlueKiki, "... es el sistema quién está enviado las invitaciones.... ya está puesta la incidencia en GIT. Disculpad las molestias!".

Reducción de la Jornada Laboral por motivos familiares

En los supuestos de nacimiento de hijo, adopción o acogimiento, para la lactancia del menor hasta que éste cumpla nueve meses, los trabajadores tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto, adopción o acogimiento múltiples; quien ejerza este derecho, por su voluntad, podrá sustituirlo por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas en los términos previstos en la negociación colectiva o en el acuerdo a que llegue con el empresario respetando, en su caso, lo establecido en aquella. En casos de que ambos progenitores trabajen sólo podrá ser ejercido por uno.

En los casos de nacimientos de hijos prematuros o que, por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados a continuación del parto, la madre o el padre tendrán derecho a ausentarse del trabajo durante una hora. Asimismo, tendrán derecho a reducir su jornada de trabajo hasta un máximo de dos horas, con la disminución proporcional del salario.

Los trabajadores tendrán derecho a una reducción de la jornada de trabajo diaria de al menos un octavo y un máximo de la mitad de la duración de ésta, con la disminución proporcional del salario, en los siguientes supuestos:

Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de doce años o a una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial que no desempeñe una actividad retribuida.

Quien se encargue del cuidado directo de un familiar, hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo y que no desempeñe actividad retribuida.

El progenitor, adoptante o acogedor de carácter preadoptivo o permanente, tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo, con la disminución proporcional del salario de, al menos, la mitad de la duración de aquélla, para el cuidado, durante la hospitalización y tratamiento continuado, del menor a su cargo afectado por cáncer (tumores malignos, melanomas y carcinomas), o por cualquier otra enfermedad grave, que implique un ingreso hospitalario de larga duración y requiera la necesidad de su cuidado directo, continuo y permanente, acreditado por el informe del Servicio Público de Salud u órgano administrativo sanitario de la Comunidad Autónoma correspondiente y, como máximo, hasta que el menor cumpla los 18 años. Por convenio colectivo, se podrán establecer las condiciones y supuestos en los que esta reducción de jornada se podrá acumular en jornadas completas.
El trabajador dentro de su jornada ordinaria tendrá derecho a determinar el horario y duración de estos permisos y deberá preavisar al empresario con quince días de antelación la fecha en que se incorporará a su jornada ordinaria, salvo fuerza mayor.
Los convenios colectivos podrán establecer, no obstante, criterios para la concreción horaria de la reducción de jornada a quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de ocho años o a una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial que no desempeñe una actividad retribuida, en atención a los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral del trabajador y las necesidades productivas y organizativas de la empresa.

Las discrepancias sobre la concreción horaria y la determinación de los períodos de disfrute serán resueltas, previa demanda, por la jurisdicción competente. El procedimiento es urgente y preferente y la sentencia firme.

En los supuestos de reducción de jornadas por motivos familiares el salario a tener en cuenta a efectos del cálculo de las indemnizaciones previstas en el Estatuto de los Trabajadores será el que hubiera correspondido al trabajador sin considerar la reducción de jornada efectuada, siempre y cuando no hubiera transcurrido el plazo máximo legalmente establecido para dicha reducción.



PREGUNTAS sobre el tema:

¿Puede el padre solicitar la reducción de jornada por cuidado de hijas e hijos o de otros familiares en caso que la madre no sea trabajadora por cuenta ajena?
Sí. La ley reconoce que la reducción de jornada por cuidados familiares es un derecho individual de los trabajadores, hombres y mujeres.

Esto significa que cualquiera de los progenitores puede solicitar la reducción de jornada independientemente de la situación laboral del otro, incluso ambos pueden solicitarla al mismo tiempo. La única excepción legal es en el caso de que ambos progenitores trabajen en la misma empresa y soliciten la reducción de jornada para cuidar de la hija o hijo o familiar, en cuyo caso la empresa podrá limitar este derecho a uno de ellos.
¿Pueden despedir por solicitar y/o ejercer el derecho a la reducción de jornada por cuidado de familiares?
No. Se trataría de un despido nulo por vulneración de derechos fundamentales, frente al que hay que demandar a la empresa antes de que transcurran los veinte días siguientes a la notificación del despido.
Ver más preguntas sobre Reducción de jornada por cuidado de familiares en el Instituto de la Mujer.

Febrero 2015: Las entradas más vistas del Blog

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Marzo 2015: Fiestas Laborales en los centros de trabajo del Grupo AtoS

5.- Zaragoza

19.- Alicante, Bilbao, Madrid, Valencia, Vigo

20.- Santiago

28.- Vigo 


La viñeta del día


domingo, 1 de marzo de 2015

El Tribunal de Cuentas denuncia desvíos de 53 millones en los planes de formación y empleo

El Tribunal de Cuentas, en su informe de octubre de 2014 sobre la gestión de la Fundación Tripartita, ha denunciado la existencia de "incidencias en la ejecución y justificación" por importe de 52.783.272 euros en los planes de formación presentados por los agentes sociales, correspondientes a año 2010.

Este importe supone el 61 por ciento de los más de 87 millones de euros a que ascienden las subvenciones de los importes examinados por el órgano fiscalizador del Estado y corresponden a los planes sectoriales las patronales CEOE y Cepyme y los sindicatos CCOO y UGT, además de uno de autónomos de Comisiones Obreras y otros dos sectoriales: el de la Federación de Centros y Empresas de Hospitalización Privada y el de la entidad bipartita Fundación Laboral de la Construcción.

Los importes totales de la incidencias detectadas en el informe de fiscalización son de 6.616.396 euros en el caso de CEOE; 11.743.764 euros en Cepyme; 3.332.919 en UGT y 1.431.478 euros en CCOO, de los que 932.815 euros corresponden al plan intersectorial y 498.663 euros al plan de autónomos.

Además en el caso de la Fundación Laboral de la Construcción el importe de las anomalías se eleva a 29.658.715 euros, mientras que no se cuantifican para la Federación de Empresas y Centros de Hospitalización Privada, aunque el Tribunal resalta que "sus observaciones abarcan al conjunto de la ayuda concedida".

Hay que matizar que en el caso de CEOE, las irregularidades se refieren al periodo de la presidencia de Gerardo Díaz-Ferrán, que luego fueron corregidas durante el primer mandato del actual presidente, Juan Rosell.

El Tribunal de Cuentas divide las incidencias denunciadas en cuatro apartados: las relativas a los rendimientos financieros de la subvenciones, que "son mínimas"; las relativas a la subcontratación; las correspondientes a los costes; y las que afectan a las acciones formativas.

En el caso de la subcontratación de los planes, es decir el encargo a un tercero del total del plan subvencionado, o a la contratación de determinados servicios (proveedores de aulas, material, etc), las incidencias se refieren a "la falta o insuficiencia de documentación, la imposibilidad de verificar que la subcontratación se realice de acuerdo con las condiciones normales de mercado, imputación de costes mayor que el importe autorizado, subcontratación por encima de los límites legales o sin las tres ofertas requeridas, y la subcontratación de empresas vinculadas sin previa autorización".

Costes superiores al mercado

Las irregularidades principales aparecen en los costes donde el Tribunal advierte "imputación de costes por encima de los precios de mercado, imputación de costes indirectos que se subvencionan al 25 por ciento como si fueran directos (se subvencionan al 100 por cien), imputación de costes extemporáneos y defectos formales en la documentación justificativa".

También en este apartado el Informe de fiscalización denuncia la existencia de "certificaciones salariales no válidas" y en el caso de la CEOE destaca que "se han llegado a imputar como coste subvencionable parte de los salarios del Director Gerente (un tercio) y del Director de Relaciones Laborales de esa organización (un cuarto)".

Revela, además, la imputación de la facturación entre organizaciones por costes de organización de planes, explicando que "CEOE facturó a Cepyme costes de organización de su plan por un importe superior al que aquella había imputado como coste de organización de su propio plan".

Finalmente las irregularidades en materia de acciones formativas corresponden a "cursos en los que la totalidad de los alumnos fueron los propios empleados de las organizaciones beneficiarias y de sus proveedores y subcontratistas y cursos en los que todos los alumnos pertenecen a la misma empresa".

El Tribunal de Cuentas matiza que debe tenerse en cuenta que "los costes incidentados sólo en casos concretos se acompañan de una indicación de algún tipo de actuación para la Fundación Tripartita o para el SEPE (Servicio de Empleo Público Estatal)".

Asimismo advierte que el informe del Pleno aún está pendiente del dictamen de la Fiscalía y de la Abogacía del Estado en el Tribunal y que "estos podrían indicar actuaciones concretas tanto en relación con los posibles reintegros como en la exigencia concreta de responsabilidades".


21-M: La Dignidad vuelve a Madrid... ¡A LA CALLE!

El 21 de Marzo las Marchas de la Dignidad vuelven a Madrid para exigir Pan, Trabajo, Techo y Dignidad.

 

Las empresas del IBEX logran los mejores resultados de la última década

Las empresas que componen el principal indicador de la bolsa española, el IBEX 35, obtuvieron el año pasado un beneficio neto conjunto que rozó los 30.000 millones de euros, un 45,6% más que un año antes en lo que ha sido su mejor ejercicio de la última década en cuanto a la mejora de los beneficios.

Aunque en términos absolutos estos 29.568,6 millones de euros son casi la mitad de los más de 51.000 millones que ganaron en 2010, récord absoluto, una mejora de más del 40% en los resultados no se veía desde 2005, cuando las compañías que entonces formaban el índice ganaron un 44% más que un año antes.

La composición del índice no era exactamente la misma hace un año que ahora, ya que en estos doce meses el Comité Técnico del Ibex decidió que Abengoa sustituyera a Ebro Foods y Endesa a Viscofán.

Además, los resultados de Inditex no se corresponden exactamente con los del resto de cotizadas, ya que su año fiscal es distinto y termina en octubre.

Con estas salvedades, es evidente que las grandes empresas cotizadas españolas han dejado atrás lo peor de la crisis incluso con algunas de ellas -Arcelormittal, FCC e Indra- registrando pérdidas o reduciendo beneficios -Ferrovial, Iberdrola y OHL-.

Lejos quedan las pérdidas conjuntas de más de 6.000 millones de euros de 2012, debido a los resultados negativos registrados por Bankia y algunas constructoras, y más aún los efectos devastadores de los ataques contra las Torres Gemelas o el impacto de la crisis de las hipotecas "subprime" o de alto riesgo desatada en Estados Unidos, inicio de la crisis más aguda desde la II Guerra Mundial.

El ataque contra las Torres Gemelas tuvo como consecuencia que en 2002 el beneficio de las empresas cotizadas del IBEX 35 fuera más de un 25% inferior al de 2001, y que su capitalización bursátil cayera un 28%.

Desde entonces y hasta 2008 las mayores cotizadas españolas no paraban de incrementar año tras año su beneficio neto atribuido, hasta superar los 50.000 millones de euros en 2007, y de nuevo en 2010, pero la crisis global y financiera se cebó con España y las empresas españolas han tardado cinco años en levantar la cabeza.

Los resultados empresariales acompañaron la buena evolución bursátil, ya que, si bien el IBEX 35 se revalorizó tan sólo un 3,66% durante el año, sumó dos ejercicios consecutivos al alza y se situó como el índice más rentable entre los principales de Europa.

A lo largo de 2014, los grandes bancos superaron las mayores exigencias de capital, el deterioro del negocio en España y el esfuerzo de saneamiento de los activos inmobiliarios y, gracias a la mejora del negocio, las seis mayores entidades -Santander, BBVA, CaixaBank, Bankia, Popular y Sabadell- ganaron en conjunto más de 10.500 millones de euros en 2014, un 34,1% más que en 2013.

Superados con nota los test de estrés a los que han sido sometidos por el Banco Central Europeo (BCE) y la Autoridad Bancaria Europea (EBA), la gran banca encara con solvencia una nueva etapa en la que ya está en marcha la tan ansiada unión bancaria.

El Santander es además el campeón en volumen de beneficios con más de 5.800 millones de euros, seguido de Endesa y Telefónica, con más de 3.000 cada una.

De nuevo dentro del selectivo español, Endesa disparó el pasado año sus beneficios como consecuencia de la venta a su matriz de sus activos en Latinoamérica.

La operadora, en cambio, redujo su beneficio un 34,7% por la devaluación de alguna de las monedas en las que opera, como el bolívar venezolano, y por las pérdidas ocasionadas por su filial alemana, que acusó los costes de integración de E-Plus.

Otro de los grandes valores del IBEX, Repsol, multiplicó por ocho sus ganancias tras el efecto contable derivado del saneamiento por la compensación de YPF en 2013.

Iberdrola, otro de los pesos pesados de la bolsa española, acusó el impacto de la reforma energética española y la mayor presión tributaria.

El otro sector que más quebraderos de cabeza ha dado a la economía española, el de las constructoras, también ha saneado sus cuentas y, sobre todo, ha logrado encauzar su deuda.

Las seis mayores empresas del sector -ACS, Acciona, Ferrovial, FCC, Sacyr y OHL- lograron un beneficio conjunto de 635,5 millones de euros, que pese a las pérdidas de FCC contrasta con los números rojos del ejercicio anterior.


El día y la noche

Dona i lluita!

Rajoy entierra la era Gallardón con la supresión de las tasas judiciales

Primero fue la retirada de la modificación de la ley del aborto, ahora la supresión de las tasas judiciales para las personas físicas. Las dos reformas estrella de Alberto Ruiz-Gallardón han sido laminadas por Mariano Rajoy, mientras otras muy ambiciosas  han quedado difuminadas, borrando así el rastro más visible de su paso por el ministerio de Justicia. El Gobierno consumó ayer esta espectacular rectificación de una de sus medidas más impopulares y contestadas, que había puesto en pie de guerra a los profesionales y los usuarios de la Justicia.

Da marcha atrás en pleno año electoral dentro del paquete anunciado por el presidente en el debate sobre el estado de la nación,  en el que se incluyen le ley de segunda oportunidad, la rebaja de cotizaciones para la contratación indefinida, la ayuda para la conciliación laboral y personal de los autónomos y la ampliación de los cheques familiares.

Garantizar la tutela judicial

El ministro de Justicia, Rafael Catalá, explicó ayer que la "mejora de la capacidad recaudatoria del Estado" permite atender ahora una "reivindicación muy extendida" en todos los ámbitos de la Justicia. Aseguró, además, que los datos no acreditan que las tasas hayan tenido un "impacto directo" en la reducción de la litigiosidad. Precisamente ese era uno de los objetivos que pretendía la ley.

Pero en una nota informativa, el Ministerio de Justicia aseguraba que el objetivo de la supresión de las tasas es que "ningún ciudadano deje de acudir a la Justicia por motivos económicos", lo que supone una admisión implícita de que su imposición dificultaba el acceso a los tribunales. Añadía que el departamento ministerial "continúa trabajando para que esté al alcance de todos, garantizando la tutela judicial efectiva". La vulneración de este derecho reconocido por la Constitución es el principal argumento de los recursos que el Tribunal Constitucional tiene pendientes de resolver.

A partir del lunes, las personas físicas ya no tendrán que pagar ninguna tasa judicial, ya que la medida  se llevará a cabo de forma inmediata dentro del real decreto de mediadas urgentes. Solo afectará a los particulares en todos los órdenes e instancias, pero se mantendrá para personas jurídicas, pese a que su eliminación para los autónomos y pymes era otra de las reivindicaciones de los profesionales de la justicia y de los afectados. Antes de la entrada en vigor de la ley de Gallardón, las pequeñas y medianas empresas estaban exentas de este pago. El ministro señaló que autónomos y pymes no pagan tasas en los litigios de cuantía inferior a los 2.000 euros, que son la mayoría.

Tras la aprobación de la ley en noviembre del 2012, Mariano Rajoy respaldó la decisión "sensata" de Gallardón y dijo que las tasas eran "razonables" y "equilibradas" con respecto a las existentes en otros países de la Unión Europea. Asimismo, aseguró que  se destinarían a financiar la justicia gratuita para las personas que carecieran de medios.

Sin embargo, el ministerio de Justicia señalaba hace poco en una respuesta parlamentaria que desconocía el destino de los más de 512 millones recaudados hasta julio del 2014, porque es un gravamen que no está asignado a un fin concreto. Catalá señaló ayer que  son recaudadas por la Agencia Tributaria y "se destinan a la caja común, a la financiación de los servicios públicos".

A pesar de que el ministro justificó la eliminación de las tasas por el aumento de la capacidad recaudatoria del Estado, afirmó posteriormente que su objetivo último no es recaudatorio, ya que solo suponen 300 millones de euros al año. Hasta el 5 de noviembre del 2014, el Ejecutivo recaudó  125,9 millones de euros por las tasas de los particulares. En ese período ingresó 564,4 millones entre personas físicas y jurídicas

Nada más tomar posesión el pasado mes de septiembre, Catalá anunció una revisión de una ley que se aprobó en un tramite de urgencia y solo con los votos del PP, y que fue criticada de forma unánime por jueces, fiscales, abogados, usuarios y partidos políticos. Incluso la defensora del pueblo pidió que se suavizase, lo que forzó a que Gallardón rebajara solo tres meses después algunas cuantías y ampliara los colectivos exentos. Las tasas ahora abolidas gravaban entre 50 y 750 euros los recursos den las jurisdicciones social, civil y contencioso-administrativo.


El Gobierno plantea compensar a sindicatos y CEOE por quitarles la formación

Los compañeros
El Gobierno de Mariano Rajoy ha planteado compensar pecuniariamente a los sindicatos y la patronal por haberles arrebatado la formación de los trabajadores ocupados, una de las habituales vías de financiación de los agentes sociales.

En un borrador de la reforma de la formación al que ha tenido acceso Vozpópuli, el Ministerio de Empleo incluye una disposición adicional que afirma: "Con carácter anual, la Ley de Presupuestos Generales del Estado especificará las cuantías que se destinarán a financiar las acciones formativas para la capacitación de los representantes de las organizaciones empresariales y sindicales para el desarrollo de las funciones relacionadas con la negociación colectiva y el diálogo social". ¿Y cómo se interpreta esto? Pues según explican varias fuentes de los agentes sociales, este texto abre la puerta a la compensación económica.

Al parecer y siempre según estas fuentes, el Gobierno ha ofrecido a los agentes sociales una inyección de fondos vía Presupuesto que alivie la apurada situación de sus arcas, un extremo que también confirman voces cercanas al Gobierno. "Aunque sepa que tiene la opinión pública de su lado, la propia ministra de Empleo se ha dado cuenta de que se ha pasado de frenada. Sin estos fondos, muchas entidades desaparecerían, y con ellas se desmontaría toda la estructura que hace posible la negociación colectiva. Muchas pequeñas empresas no podrían contar con un convenio colectivo al que acogerse. Un desastre", sostiene una fuente de la patronal. De ahí que Empleo esté dispuesto a brindar instrumentos con los que financiar estas estructuras.

Se habla de dos mecanismos. Por un lado, el Ministerio incluso ofreció en una reunión reciente unos 40 millones de euros en formación de oferta para micropymes, una especie de caramelo para que las organizaciones más pequeñas de la patronal puedan gestionar cursos de inglés, informática o prevención de riesgos. Sin embargo, el representante de CEOE en la mesa se negó a entablar una negociación alegando que únicamente las más altas instancias de la confederación empresarial podrían cerrar un acuerdo. Ante esta actitud, la secretaria de Estado de Empleo, Engracia Hidalgo, se enfadó visiblemente y retiró ipso facto la oferta.

Por otro lado, como ya hemos apuntado, también se maneja una retribución por trabajador acogido a la negociación colectiva que oscilaría entre los 8 y los 10 euros, de forma que los sindicatos y la patronal podrían percibir en total entre 100 y 140 millones de euros según quien haga el cálculo. Dicha cantidad en principio sustituiría el 10 por ciento que legalmente se llevaban los agentes sociales en concepto de gastos de gestión de los cursos y que servía para financiarse.

Aun así, esto no parece suficiente para la patronal, que amenaza con boicotear todo el diálogo social empezando por la negociación colectiva, donde han puesto como tope límite un alza salarial entre el 0,8 y el 0,9 por ciento en 2015, nunca más allá de la barrera psicológica del 1 por ciento. Por momentos, la posibilidad de firmar un acuerdo salarial se aleja. El rumor que corre por los pasillos de la sede de Diego de León es que la compensación económica que plantea Empleo podría acabar siendo sustancialmente menor que las cantidades antes barajadas.

Para la CEOE, los 0,7 puntos de cotización que aportan trabajadores y empresarios se han de emplear fundamentalmente en el reciclaje de los ocupados y, por lo tanto, deben ser gestionados por sus representantes, los sindicatos y la patronal. Es más, consideran que al menos una decena de sentencias del Constitucional lo avalan.

Sin embargo, el decreto que prepara Empleo otorga el control a la Administración y las Comunidades Autónomas en detrimento de los agentes sociales, que quedan completamente relegados.

"El Ministerio ha explotado los escándalos para apropiarse de estos fondos, destinándolos a la formación de desempleados cuando esa rúbrica debía haber sido financiada exclusivamente con cargo al Presupuesto. Por iniciativa propia, los empresarios acordamos con los trabajadores que se elevasen las cotizaciones al objeto de usar ese dinero para la formación de nuestros empleados e incrementar la competitividad de las plantillas. Pero ahora nos lo arrebatan. Si lo van a hacer a las bravas, mejor que supriman ese recargo del 0,7 por ciento y bajen las cotizaciones", denuncian fuentes patronales. Éstas alegan que bajo el nuevo marco pueden desaparecer muchas patronales que hasta ahora se encargaban de gestionar un tipo de formación especialmente diseñada para las necesidades de los sectores.

Entre sus quejas a la luz del borrador, apuntan que no se podrá subcontratar a quien se estime pertinente para impartir una determinada materia; que se tasarán los precios y por lo tanto el tipo de cursos y la calidad; que habrá que ajustarse a un catálogo administrativo que puede no corresponderse con las necesidades de la empresa y que tendrán que adelantar por lo menos el 50 por ciento de los fondos.

La situación de Rosell al frente de la patronal se antoja harto complicada haga lo que haga. Por el momento, ante la amenaza de perder un pacto salarial que le ayudaría a vender la recuperación de cara a las elecciones, el Gobierno ha retrasado una semana más la publicación del decretazo y no lo aprobará en el Consejo de Ministros del viernes 27 de febrero. Las negociaciones entre bambalinas continúan.


El escudo del ayuntamiento de Madrid

Skakeo