En CGT pensamos que esta categoría no es la adecuada para la mayor parte de estos profesionales puesto que se ha obviado la experiencia, despreciando así los años dedicados a la profesión. Entendemos que esta situación debe ser corregida, aunque esta adecuación sea la que aparece en las tablas de la "Disposición transitoria segunda" del convenio, que al parecer los firmantes de CCOO y UGT no miraron bien antes de echar la firma o, lo que es peor, que también despreciaron.
En el artículo 15, Grupos Profesionales, del nuevo convenio se indica que:
Grupo B.
Pertenecen a este grupo profesional las personas que, tienen atribuidas funciones relacionadas con el análisis, definición, coordinación y supervisión de proyectos, tareas, actividades propias del sector, línea, área a las que pertenece, velando por la consecución de los objetivos perseguidos, y que dispongan de la necesaria formación, conocimiento y experiencia profesional. Planifican y gestionan, por proyecto, los recursos humanos y técnicos disponibles.
Desarrollan sus funciones con autonomía y capacidad de supervisión media-alta.Si estás afectad@ te animamos a escribir a RRHH indicando tus años de experiencia y solicitando que adecuen tu categoría a "Grupo B, Nivel 1", puesto que como se puede ver en el redactado del convenio, la única diferencia entre nivel 1 y nivel 2 es la experiencia.
Nivel 1.
Personas con el perfil profesional adecuado, con experiencia profesional en las tareas del grupo y que poseen los conocimientos necesarios. Amplia autonomía en la ejecución de sus tareas. Demuestra iniciativa en las tareas asignadas. Supervisa y asigna tareas a personas a su cargo.
Nivel 2.
Personas con el perfil profesional adecuado, con poca experiencia profesional en las tareas del grupo y que poseen los conocimientos necesarios. Actúa con autonomía en la ejecución de sus tareas. Aplica iniciativa en las tareas asignadas. Supervisa y asigna tareas a personas a su cargo.
Aquí puedes descargarte el documento con el texto para la Reclamación de categoría de convenio (si entras desde la red de AtoS seguramente no podrás acceder al estar "capados" los enlaces a Google docs por el proxy de AtoS, así que al final del post puedes ver y copiar el texto para hacer la reclamación).
Además, en CGT estamos analizando la situación para ver qué acciones tomar con la finalidad de conseguir que se regulen correctamente las categorías.
Hay que recordar que cuando un sindicato firma un acuerdo, convenio, etc., está obligado a realizarle un seguimiento para comprobar que se está aplicando correctamente. En este caso hemos podido ver como después de una turbia negociación, CCOO y UGT parieron un convenio al que ha rodeado siempre un halo de misterio antes, durante y después de su implantación. Y esto no deja de ser otra de las sorpresas que nos ha deparado la aplicación de este nuevo convenio.
Esperemos que no vayamos descubriendo muchas más trampas, aceptadas por los sindicatos firmantes, en un convenio que les da vergüenza incluso a ellos hasta el punto de provocar que muchos delegados de empresas del sector hayan abandonado el sindicato, como podemos leer en el blog de CCOO: "Hemos lanzado comunicados a nuestro sindicato solicitando la revocación de la firma de este convenio, por la fórmula que se ha utilizado para legitimar dicha firma" o "instamos a la dirección de CCOO Servicios para que, tras la salida de este grupo de compañeros y compañeras que tanto han luchado por el sector, reaccione debidamente y tome las medidas oportunas que devuelva a CCOO Servicios la decencia y dignidad que siempre ha caracterizado", decencia y dignidad… si alguna vez la hubo.
Ejemplo de Reclamación Categoría de Convenio
A: RRHH AtoS Spain
'Localidad', a 'Fecha'
Buenos días,
En mi nómina del mes de Mayo se me ha aplicado el XVII Convenio colectivo estatal de empresas de consultoría y estudios de mercado y de la opinión pública, asignándome la categoría "Área 3, Grupo B, Nivel 2", cuya descripción en el mencionado convenio es:
"Personas con el perfil profesional adecuado, con poca experiencia profesional en las tareas del grupo y que poseen los conocimientos necesarios. Actúa con autonomía en la ejecución de sus tareas. Aplica iniciativa en las tareas asignadas. Supervisa y asigna tareas a personas a su cargo".Desde el año XXXX, ostento la categoría de convenio de Analista, por lo cual considero más adecuada a mi experiencia y desarrollo profesional la categoría "Área 3, Grupo B, Nivel 1", cuya descripción es:
"Personas con el perfil profesional adecuado, con experiencia profesional en las tareas del grupo y que poseen los conocimientos necesarios. Amplia autonomía en la ejecución de sus tareas. Demuestra iniciativa en las tareas asignadas. Supervisa y asigna tareas a personas a su cargo".Desconozco los criterios que se han aplicado desde la dirección de RRHH para asignar la supuesta experiencia, pero considero que con XX años de ejercicio profesional, y XX años
en la categoría de Analista, está sobradamente demostrada.
Solicito, por tanto, que se corrija la categoría asignada.
Un saludo,
'Nombre Apellidos' y Firma
Y mientras tanto UGT ni hace ni dice nada..... A ver si despiertan de una vez.
ResponderEliminarBuenooo, tanto como que no hace nada... ¿te olvidas de que publican por cuadriplicado sus post en BlueKiki?
EliminarHola,
ResponderEliminarEntiendo que esta reclamación solo es para los que estan como Analista y para el resto no influye (Técnico sistemas, técnico sistemas sr, técnico sistemas junior.....) ¿es correcto?
Gracias.
Un saludo.
Hemos puesto un ejemplo, mira a ver si no estás conforme con la categoría que te han puesto porque te correspondería un nivel superior... y reclámalo adaptando el texto a tus circunstancias personales.
EliminarRecuerda que todas esas categorías internas de la empresa se correspondían con la categoría de Analista del anterior CLONvenio.
Una pregunta desde la ignorancia, ¿¿como se hace llegar a RRHH este escrito??
ResponderEliminarSi puedes te acercas al SAE con una copia para que te firmen un recibí. Y si estás desplazado también se lo puedes enviar por correo electrónico poniéndonos en copia a nosotros o al Comité, lo que más te plazca.
EliminarSalud,
¡Gracias!
ResponderEliminar¿Cuál es la dirección de email del SAE al que podemos enviarlo? Yo no me encuentro ahora mismo como analista, pero según las funcionalidades que realizo desde hace años también debería estar en esa categoría, Área 3 B1.
ResponderEliminarGracias
Preferimos no publicar ese dato aquí en abierto... por si las moscas y la protección de datos. Si aún no lo tienes escríbenos un correo, por favor.
EliminarSalud,
y si tengo en nomina grupo E2 nivel 2...y hago funciones de tecnico de campo(moviendome por todo el edificio..) cual es la categoría en ese caso correspondiente??yo creo que mas la E1...ya me comentareis...gracias!
ResponderEliminary para el resto de casos?Gracias!
ResponderEliminarHemos puesto un ejemplo, adáptalo para tu caso.
EliminarHola:
ResponderEliminarAparte de reflejar más exactamente los años de experiencia del empleado, ¿estar asignado al nivel 1 o al nivel 2 tiene alguna implicación? ¿afecta a la cotización a la Seguridad Social, de forma que la pensión futura varíe de un caso a otro?
Gracias por anticipado.
Afecta al salario, así que también a la cotización...
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