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viernes, 8 de mayo de 2026

Convenio TIC: Salarios que siguen cerca del salario mínimo interprofesional

El 18 de febrero se publicó en el BOE una subida del 3,125% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) que ha pasado a ser de 1.221 euros al mes con 14 pagas al año. El salario anual en 2026 ha quedado en 17.094 euros.

Debido a esta subida del SMI, que es superior al 3% previsto para 2026 en el convenio de Consultoría y a la condición de que tiene que haber 80 euros de diferencia entre el salario total de dos categorías, la comisión paritaria del convenio ha tenido que actualizar el 
Salario Base y el Plus de Convenio a 24 categorías de un total de 69. Estas nuevas tablas se publicaron en el BOE del 26 de abril.

Pero esto no es la primera vez que pasa, no entendemos cómo el convenio de Consultoría informática año tras año tiene que actualizar sus tablas salariales porque se queda por debajo del SMI.

Como otros años vamos a analizar cómo han quedado las nuevas tablas salariales fijándonos en el salario de una persona trabajadora que no tiene antigüedad (Salario Base y Plus de Convenio). Así se puede observar que:

- Hay 4 categorías que siguen cobrando el SMI. Nos preguntamos para qué sirve este convenio si año tras año sigue habiendo categorías a ras del SMI.

- 22 categorías, más del 31% del total, cobran entre el 17.094 euros (SMI) y 18.000 euros. Los datos hablan por sí solos.

- 8 categorías del Área 1 sólo se diferencian en 80 euros entre sí. El mismo número que en el Área 6. En el Área 2 son 7. Esto significa que subir de categoría, con todo lo difícil que suele ser, tampoco implica un gran aumento salarial, unos 80 euros por año.

- Casi el 53% de las categorías tienen un salario inferior a 20.000 euros.

- Hay 8 categorías que cobran más de 30.000 euros, de las cuales 5 corresponden al área nueva de Consultoría en Ciberseguridad.
Queremos recordar que esta situación ocurre en un convenio de profesiones tecnológicas en la era de la tecnología.


En la siguiente gráfica se ve cómo queda el salario total de las categorías inferiores a 20.000 euros respecto al SMI:


En años anteriores también analizamos las tablas salariales, pero como se puede ver la situación no ha mejorado mucho:
Convenio TIC: XIX Convenio de Consultoría y SMI 2025

Convenio TIC: Salarios que rondan el Salario Mínimo Interprofesional

Convenio TIC: Salarios que rondan el Salario Mínimo Interprofesional

viernes, 9 de enero de 2026

Resumen de la reunión sobre el nuevo Proceso de Evaluación del Desempeño

El pasado 12 de diciembre, RRHH convocó a tod@s l@s delegad@s de todas las sociedades del Grupo Atos para explicar el nuevo Proceso de Evaluación del Desempeño en 2026. En cuanto recibimos la convocatoria la mayoría de la RLPT solicitó a RRHH que esta reunión se hiciera por empresa, dado que estaban convocadas más de 180 personas y así sería imposible resolver todas las dudas que se plantearan. RRHH, como es habitual, no tuvo en cuenta las peticiones de la RLPT. Mantuvo la reunión para todas las sociedades, alargándola media hora. Como consecuencia se quedaron preguntas sin respuestas.

Como aspecto previo, la RLPT preguntó a RRHH si este nuevo sistema impactaba en el salario y en las promociones internas, ya que si fuera así se debería haber negociado con la RLPT. RRHH contesta que lógicamente cuanto más positiva sea la evaluación mayor podrá ser la remuneración y si fuera negativa sería menor, pero enseguida otra persona de RRHH aclaró que en este punto no cambia nada la evaluación, es igual al anterior proceso.

A continuación, RRHH hizo una breve presentación del nuevo sistema de evaluación. En resumen, comenta que este cambio se ha adoptado a nivel global, todos los países tienen el mismo modelo. Se ha hecho por: simplificación, real time feedback, alineamiento y eficiencia. Parece que cambian bastantes cosas, pero por lo que sabemos hasta ahora, consideramos que las más relevantes son: se hará una evaluación continua, cambian los aspectos que se miden y cómo se miden, la periodicidad será anual y habrá más diálogo entre evaluador y evaluado. Los diálogos entre el evaluador y evaluado se pueden registrar.

La RLPT considera que, si no hay unos estándares definidos del puesto, puede haber subjetividad en la medición, por lo que debería existir un procedimiento para reclamar si no estás de acuerdo con la evaluación que te han realizado y propone crear (para cada empresa) una mesa de seguimiento. RRHH valorará crear las comisiones.

Se pide que una vez que una persona sea evaluada no se modifique su evaluación y que, si se hace, por lo menos, que la persona sea informada. RRHH se va por las ramas y aconseja que revisemos el formulario una vez se haya cerrado el ciclo, que es cuando se ven los comentarios de la persona responsable. Se pregunta si existe la posibilidad de que la persona evaluada ponga su opinión sobre su evaluación. RRHH cree que sigue existiendo esa posibilidad. También se solicita a RRHH que se recoja la opinión de la plantilla sobre si el 
Proceso de Evaluación del Desempeño le parece útil. RRHH se anota la sugerencia.

Consideramos que este nuevo 
Proceso de Evaluación del Desempeño hay que dotarlo de utilidad, un buen trabajo debe ir acompañado de una subida salarial y/o categoría. El anterior proceso de evaluación no ha sido útil. RRHH considera que una buena evaluación no te asegura la subida, pero estás en el camino para conseguirla y que si no fuera por este proceso no hablarías con tu persona responsable en todo el año.

Nuestra opinión al respecto es que, en este momento, no tenemos posibilidad de juzgar la eficacia o utilidad de este nuevo procedimiento hasta que no se ponga en marcha y podamos comprobar cómo funciona realmente. Pero estando en las fechas que estamos de ilusión, esperamos que sea mejor que el anterior y el tiempo que se le dedique sirva para algo.

jueves, 14 de agosto de 2025

A vueltas con la Ficha de Riesgos del puesto de trabajo

El pasado 21 de julio tuvo lugar una reunión entre el Servicio de Prevención Mancomunado de Eviden y Delegad@s de Prevención de Atos Spain para hablar sobre la Ficha de Riesgos del puesto de trabajo.

Desde hace un tiempo la plantilla de Atos Spain recibe correos de la aplicación SmartOSH donde se habla de un documento que debes aceptar/revisar como acuse de recibo.

El Servicio de Prevención no informó con antelación a l@s Delegad@s de Prevención de esta ficha. No es la primera vez que lo hace, incumpliendo así con la Ley de Prevención.

En 2024, CGT ya se quejó a Prevención porque consideraba que los puestos de trabajo deberían hacer referencia al convenio colectivo estatal de empresas de consultoría, tecnologías de la información y estudios de mercado y de la opinión pública, ya que en el artículo 15 del mismo se definen las "Áreas de Actividad". Prevención dice que así no se asignan los puestos de trabajo, pero CGT considera que no tiene sentido que te asignen un perfil de "Técnico informático" donde se dice que puedes realizar trabajos de hardware y software a la vez. Gran parte de la plantilla de Atos Spain hace trabajos de software o de hardware, pero no ambos a la vez. Desde el Servicio de Prevención dicen que mejor tener más riesgos en la ficha, que menos. Pero no estamos de acuerdo, los riesgos se deben adaptar al puesto más fidedignamente.

CGT solicitó la asignación que ha realizado Prevención de los puestos de trabajo a las personas trabajadoras de Atos Spain, esto es, qué puesto tiene cada persona trabajadora.

El Servicio de Prevención detalla que la aplicación que realiza los envíos por correo a la plantilla, SmartOSH se alimenta a diario. Lo que quiere decir que si hay una modificación de la ficha de riesgos entonces la herramienta emite una nueva ficha. También comenta que los envíos están programados y son repetitivos, pero si no se está de acuerdo no se tiene por qué firmar la ficha de riesgos. CGT solicita que se informe en el correo de SmartOSH que no es obligatorio firmar la ficha de riesgos del puesto o que se puede poner "No conforme" si no se está de acuerdo con los riesgos que han asignado al puesto de trabajo.

lunes, 21 de abril de 2025

Convenio TIC: Tablas salariales de 2025 a 2027

El 16 de abril se publicó, por fin, en el BOE la Resolución de 4 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XIX Convenio colectivo estatal de empresas de consultoría, tecnologías de la información y estudios de mercado y de la opinión pública.

El Anexo I contiene las Tablas Salariales (Salario Base y Plus Convenio) pactadas, en cómputo anual, por grupos y niveles profesionales (14 pagas).

El artículo 4, Ámbito temporal, indica que "Los efectos económicos del convenio colectivo serán de aplicación, en lo que se refiere a las tablas salariales a partir del día 1 de enero de 2025".

El artículo 27, Tablas salariales, señala que "Las empresas, dispondrán de dos meses desde la publicación del convenio en el BOE para la regularización y abono de las diferencias a que hubiere lugar por aplicación de la tabla salarial de 2025 con efectos económicos de 1 de enero de 2025".

Recordamos, una vez más, que las subidas de nuestro CLONvenio nunca han sido maravillosas y que Atos Spain siempre que ha querido las ha absorbido gracias al maravilloso artículo 7 que sigue sin desaparecer, por lo que terminan siendo subidas ficticias para parte de la plantilla.

Ver Tablas salariales en PDF.

miércoles, 19 de febrero de 2025

Convenio TIC: XIX Convenio de Consultoría y SMI 2025

En el último comunicado de CCOO sobre el acuerdo respecto al redactado del nuevo Convenio de Consultoría, se incluyen las Tablas Salariales para los años 2025, 2026 y 2027... aunque están pendientes de que las apruebe el Ministerio de Trabajo. Con respecto al 2024, estas tablas salariales van a subir un 4% en 2025, un 3% en 2026 y otro 3% en 2027.

Por otro lado, los mismos sindicatos que han negociado el convenio también han firmado la subida del SMI (Salario Mínimo Interprofesional) de 2025, que será de un 4,4%. Así, en 2025 el salario mínimo anual quedará fijado en 16.576 euros (14 pagas de 1.184 euros).

Revisando las Tablas Salariales del convenio para 2024 vimos que ya había cuatro categorías justo con el SMI de ese año, que era de 15.876 euros anuales. Esto significa, que con la subida del SMI prevista para 2025 (4,4%) estas cuatro categorías se van a quedar por debajo del SMI. Ya avisamos, cuando se firmó el anterior convenio, que había categorías que se quedarían por debajo del SMI si éste subía, cosa que terminó pasando. Incomprensiblemente, parece que quienes negocian no han aprendido mucho.

Pero, además, ¿qué sentido tiene que haya categorías en el convenio cuyo salario total sea del mismo valor que el del SMI? Un convenio se hace para mejorar las condiciones mínimas legales, y está claro que en Consultoría esto no ocurre. Esperamos que el Ministerio de Trabajo no acepte el borrador del XIX Convenio y obligue a cambiar sus Tablas Salariales, antes de que se publique en el BOE, conforme al nuevo salario mínimo de 2025.

Si revisamos en detalle el borrador del convenio publicado por CCOO, para el salario total (Salario Base más Plus de Convenio, sin tener en cuenta la Antigüedad de la persona trabajadora) se puede ver que:

Como hemos dicho, en 2025 hay cuatro categorías (1E2, 2E2, 6E2 y Delineante) cuyo salario total en estos momentos estaría por debajo del nuevo valor del SMI de 2025.

El 53% de las categorías (36) tienen un salario total menor que 19.000 euros.

El 66% de las categorías (45) tienen un salario total menor que 21.000 euros.

Sólo el 10% de las categorías (7) tienen un salario total superior a 30.000 euros.

El máximo del salario total es aproximadamente el doble del SMI.
Todos estos datos son un sin sentido en el sector de las tecnológicas (TIC's).


Si examinamos un poco más, vemos que los salarios totales (sin tener en cuenta la antigüedad) de las categorías que existen en Atos Spain están en gran parte rozando el SMI:
 

Con el nuevo convenio se ha creado una nueva área de consultoría en Ciberseguridad, con salarios mucho más altos que el resto, para poder contratar con mejor sueldo a voluntad: "A ti te pongo en esta área y a ti en esta otra". Se han debido dar cuenta de que los salarios del convenio estaban bastante por debajo del mercado. Hasta que no se publique el convenio no sabremos si habrá personas que pasen a la nueva área de Ciberseguridad, por lo que no las hemos incluido en el gráfico.

En total, en el nuevo convenio hay ya 69 categorías, once más que en el anterior, y para seguir pagando una miseria en la mayoría de ellas no hace falta tanta división.

Por ejemplo, si examinamos cómo ha subido con los últimos convenios (de 2019 a 2024) el salario total (sin antigüedad) para la categoría 3B1, vemos que ha sido un 7,7%:
 

Sin embargo, el IPC acumulado en el periodo 2019-2024 ha sido del 18,20%:
 

Por tanto, de 2019 a 2024 las personas trabajadoras con Categoría 3B1 han perdido más de un 10% de poder adquisitivo.

La situación general no ha cambiado mucho con respecto al estudio que hicimos en 2023. En el sector de las tecnologías, a pesar de la nueva área de Ciberseguridad, la situación sigue siendo devastadora.

jueves, 22 de febrero de 2024

Convenio TIC: Salarios que rondan el Salario Mínimo Interprofesional

El 6 de febrero se aprobó una subida del 5% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) que ha pasado a ser de 1.134 euros en 14 pagas... el salario anual en 2024 ha quedado en 15.876 euros.

Según el XVIII convenio de Consultoría también han subido las tablas salariales en enero de 2024, con lo que se ha subido el Salario Base y el Plus de Convenio a un total de 58 categorías.

Analizando el resultado de esta subida del SMI fijándonos en el salario de una persona que no tiene Antigüedad (
sólo Salario Base y Plus de Convenio), se puede observar que:

- 19 categorías cobran menos que el SMI. En 2023 solo había cuatro categorías que cobrarán el SMI, el resto cobraba más del SMI.

- Dos categorías cobran entre el salario mínimo interprofesional y 16.000 euros.   

- 14 categorías cobran entre 16.000 y 17.999 euros, y siete categorías entre 18.000 y 19.999 euros.

- El 68,97% de las categorías tienen un salario inferior a 20.000 euros.

- Sólo tres categorías cobran más de 28.000 euros.
Tenemos que recordar que esta situación ocurre en un convenio de profesiones tecnológicas en la era de la tecnología.

En 2023 ya publicamos un estudio similar, y ahora en 2024 la situación es aún más devastadora.

miércoles, 4 de octubre de 2023

Comunicación sobre condiciones salariales en septiembre de 2023

(Texto del correo enviado por CGT, el 3 de septiembre, a la plantilla de AtoS Spain. Previamente ya se había enviado un correo similar a RRHH)

RRHH envió, el pasado 22 de septiembre, un correo a la plantilla informando en un documento de las condiciones salariales a mes de septiembre de 2023.

Hemos visto que en el dato de salario fijo bruto anual sólo se han incluido los conceptos de "Salario Base, Antigüedad, Plus Convenio y Complemento Personal Convenido" y no se han incluido los conceptos de "Tickets Restaurant, Seguro Médico, Seguro de Accidente, Seguro de Vida y Compensación Comedor". Sin embargo estos últimos conceptos no son suplidos y se reciben cada año, por tanto, son también parte del salario bruto anual. Por ellos se cotiza a la Seguridad Social y se tributa, tal como puede confirmarse en el Certificado de Retenciones que RRHH envía cada año.

Consideramos que la información proporcionada no es la adecuada ni está completa y no queremos que haya confusiones y se pueda utilizar por error la cantidad reflejada en ese documento de condiciones salariales como el importe del salario total. Pensamos que es mucho mejor que quede correctamente reflejado.

Por ello, te sugerimos que abras un ticket en Pisa para RRHH indicando que no estás conforme con la cantidad del salario bruto anual comunicada y solicitando se incluyan en dicha cantidad los importes correspondientes a los siguientes conceptos:
Tickets Restaurant

Seguro Médico

Seguro de Accidente

Seguro de Vida

Compensación Comedor (sólo para Madrid)
Puedes especificar la cantidad que te corresponde cobrar y solicitar a RRHH que te incluya en ese mismo documento, junto con tus condiciones salariales, la Categoría de Convenio asociada a dicho salario fijo bruto anual, ya que el salario depende de la categoría.

lunes, 4 de septiembre de 2023

Convenio TIC: Solicitud de información a RRHH (3)

(Texto del correo recibido de RRHH el 8 de agosto, en respuesta a nuestro correo del día 7)

No disponemos un documento con dicha información, pero en todo ustedes lo pueden crear ya que disponen de la copia básica con la categoría inicial y los cambios que se han producido cada mes.

(Texto del correo de la respuesta de CGT a RRHH enviado el 29 de agosto)

En relación a su respuesta anterior, entendemos que aunque no dispongan de un documento con la información solicitada sí que pueden generarlo ya que ustedes tienen actualizada la categoría profesional de todo el personal. Además dicha información la necesitarán para evaluar si la persona tendrá o no un cambio de categoría debido a la aplicación del nuevo convenio de consultoría que es lo que motiva nuestra solicitud.
 
Por otro lado, no disponemos de todas las copias básicas de la plantilla, dado que hay plantilla con mucha antigüedad y que provienen de diferentes empresas, y dicha información no está en el espacio donde ponen la información para la RLPT. Tampoco tiene sentido que para conocer la categoría actual de cada persona tengamos que coger su copia básica y aplicarle todos los cambios de categoría que ha tenido desde su contratación hasta hoy, cuando ustedes tienen el dato actualizado y perfectamente localizado.
 
Entendemos que su negativa a proporcionarnos una información que es necesaria para validar la correcta aplicación del nuevo convenio a la plantilla de Atos Spain es un intento por su parte de obstaculizar nuestra labor de supervisión y control del cumplimiento de la normativa laboral que está recogido en el Estatuto de los Trabajadores y, por tanto, una vulneración a nuestros derechos como RLPT.
Les recordamos lo que dice el artículo 64.7 del Estatuto de los Trabajadores:
7. El comité de empresa tendrá también las siguientes competencias:
a) Ejercer una labor:
1.º De vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes en materia laboral, de seguridad social y de empleo, así como del resto de los pactos, condiciones y usos de empresa en vigor, formulando, en su caso, las acciones legales oportunas ante el empresario y los organismos o tribunales competentes...
Por lo tanto, en aras de poder realizar nuestra labor de vigilancia como RLPT volvemos a solicitar el listado de toda la plantilla que, para poder hacer la validación pertinente, deberá incluir la siguiente información:
GIN
Nombre y apellidos
Centro de trabajo
Categoría
Fecha de antigüedad en la categoría
Género
Si no recibimos dicha información a la mayor brevedad posible nos plantearemos acudir a instancias legales con el objeto de verificar que los cambios de categoría realizados a la plantilla de AtoS Spain sean acordes con lo estipulado en el nuevo convenio de consultoría.

miércoles, 9 de agosto de 2023

Convenio TIC: Solicitud de información a RRHH (2)

(Texto del correo recibido de RRHH el 7 de agosto, en respuesta a nuestro correo del día 1)

Les recordamos que cada centro de trabajo tienen un informe mensual con los cambios de categoría que se ha producido en dicho mes con la información que solicitan.

(Texto del correo de la respuesta de CGT a RRHH enviado el 7 de agosto)

El campo de Fecha de antigüedad en la categoría antigua no se encuentra en dichos informes. Y para revisar adecuadamente los cambios de categoría que se produzcan tras la aplicación del nuevo convenio necesitamos conocer la situación de toda la plantilla de AtoS Spain, no sólo de los que han cambiado de categoría, por ello solicitamos un listado de toda la plantilla que incluya la siguiente información:
- GIN
- Nombre y apellidos
- Centro de trabajo
- Categoría
- Fecha de antigüedad en la categoría
- Género

lunes, 7 de agosto de 2023

jueves, 3 de agosto de 2023

Convenio TIC: Solicitud de información a RRHH

(Texto del correo enviado por CGT a RRHH el pasado 1 de agosto)

Dado que en el XVIII Convenio colectivo estatal de empresas de consultoría, tecnologías de la información y estudios de mercado y de la opinión pública, recientemente publicado, se han creado nuevas áreas y que algunas personas serán adscritas a categorías diferentes de las que actualmente tienen, solicitamos un listado de personas que incluya:

- GIN
- Nombre y apellidos
- Centro de trabajo
- Categoría antigua
- Fecha de antigüedad en la categoría antigua
- Categoría nueva
- Género

Convenio TIC: Salarios que rondan el Salario Mínimo Interprofesional

En el XVIII convenio de Consultoría (el que se aplica en AtoS Spain) se establecen los nuevos salarios brutos de las 58 categorías existentes para este año 2023.

Tomamos el salario total anual de cada categoría para nuestro análisis... si nos fijamos en el salario de una persona que no tiene antigüedad (Salario Base más Plus de Convenio), y teniendo en cuenta que el SMI en 2023 es de 15.120 euros/año, se puede observar que:

Cuatro categorías cobran el SMI.

21 categorías cobran entre el SMI y 16.000 euros (Si el SMI subiera, más de un tercio de las categorías del convenio quedarían desfasadas).

Once categorías cobran entre 16.001 euros y 18.000 euros, y seis categorías entre 18.001 y 20.000 euros.

El 72% de las categorías tienen un salario inferior a 20.000 euros.

Sólo tres categorías cobran más de 28.000 euros.

¡¡Esto ocurre en un convenio de profesiones tecnológicas en la era de la tecnología!!

Esta devastadora información queda así en unas tablas:


lunes, 31 de julio de 2023

Convenio TIC: Publicado un convenio sin soluciones para el sector

Hace unos días se ha publicado finalmente en el BOE el XVIII convenio del sector TIC, las empresas tienen dos meses para proceder a las adaptaciones necesarias. Queremos a continuación realizar una primera valoración sobre su contenido.

Pérdida de poder adquisitivo de 10 puntos

El actual convenio sigue la estela del anterior, profundizando en pérdidas de poder adquisitivo de tablas salariales. En un momento en que los y las trabajadoras sufrimos la peor inflación en 30 años la respuesta es doble: un incremento del 5,6% hasta 2023 cuando la inflación desde el 2020 ha sido del 15,1%. Es decir una pérdida de diez puntos de poder adquisitivo sobre el mínimo del convenio.

Y, por otro lado, para la gran mayoría de las personas trabajadoras este incremento será de cero euros en sus nóminas debido a la cláusula 7 del articulado, que permite la absorción a partir del complemento salarial que se tenga. Para la mayoría no se verá ni un céntimo en su cuenta corriente a final de mes.

Pérdida de poder adquisitivo en la antigüedad

Por primera vez, los sindicatos firmantes fragmentan el escaso incremento en tablas dividiéndolo para 2022 de esta forma: una parte pequeña para el Salario Base y la mayoritaria al Plus Convenio. ¿Por qué? De esta forma se reduce el impacto en los trienios de antigüedad (calculados en función de un porcentaje del Salario base). De todas formas, este incremento se absorberá en la mayoría de las plantillas.

Pérdida de poder adquisitivo en los atrasos

No se actualiza en tablas el año 2021 (inflación del 6,5%) y de la subida correspondiente al año 2022 se perdona el primer semestre del año a las empresas. No tenemos sindicatos firmantes: tenemos auténticas ONGs de multinacionales. De todas formas, se absorberá en la mayoría de las plantillas.

Bolsa de horas sindicales para los sindicatos firmantes

CCOO y UGT han creado un nuevo artículo 38.bis donde indican que, en las empresas donde no haya acuerdo, se pueda acumular el crédito horario sindical pero sólo para quién pueda negociar el convenio colectivo. Es decir, ellos.

Menos protección en las Horas Extra

Es conocido por cualquiera que en nuestro sector se trabajan muchas horas, la gran mayoría no se cobran ni se registran en ningún sitio. Para complicar aún más esta situación, los firmantes han decidido modificar el punto 1.a del artículo 29, en el que se habla de las "horas extras habituales" que pasa de decir "Supresión" a "se buscará la reducción de estas". Si sabemos las horas extras que se hacen con el "supresión" os podéis imaginar las que van a obligar a hacer con el "se buscará la reducción de éstas".

Cláusula del Teletrabajo

Los costes por llevarnos la oficina a nuestras casas se han tasado en 17 euros mensuales, muy por debajo de otros convenios acordados. Cualquier puede hacer un rápido cálculo de los gastos que asumen las personas que trabajan un tiempo en casa y compararlos con el ahorro en oficinas, energía y servicios que perciben las empresas.

También citan como medios de trabajo portátil, teclado y ratón, obviando que para trabajar con unas mínimas condiciones de salud necesitamos un monitor regulable en altura con un tamaño adecuado y una silla con cinco puntos de apoyo, apoyabrazos y regulable en altura.

Cláusula de adaptación de categorías al Salario Mínimo

Este convenio es tan mísero que la patronal se estaba encontrando con un problema: El incremento del SMI superaba al pago de varias categorías, igualando algunas de ellas a un mismo valor mínimo, lo que hacía irrelevante que estuvieras en una u otra. Para solventar ese problema se garantiza que las categorías superiores a la mínima cobren 80 euros mensuales por encima y se readaptarán las categorías a ese SMI.

Un gran avance para el sector que se reconozca lo que dice la Ley, que nadie puede cobrar por debajo del SMI.

Cambios en las Áreas Profesionales

Está por ver como se va a realizar la adecuación de categorías a las nuevas Áreas (Atención telefónica y subcontratación de servicios administrativos - BPO) y si eso va a generar "sustos", al igual que la inclusión de la Explotación de Sistemas en el Área 3 y su separación de la nueva Área 4, Consultoría.

CCOO está muy preocupada por el impacto de la inflación en las personas trabajadoras

Vaya por delante que desde la Coordinadora de Informática de CGT extendemos la mano a todas las secciones sindicales de cualquier empresa, de cualquier sindicato, que quieran moverse ante la peor pérdida de poder adquisitivo en décadas. Ahora bien, nos llama poderosamente la atención algunos comunicados sectoriales.

Dice CCOO que debido a la inflación desbocada de los últimos meses se ha provocado una pérdida de poder adquisitivo que causa estragos en la economía familiar, y que, debido a ello, pedirán a las empresas que no absorban los incrementos de tablas.

Y nos preguntamos, ¿cuándo se dieron cuenta de que la inflación estaba desbocada? A fecha de la firma del preacuerdo el IPC era del 13,1% desde enero de 2020. Y en la firma de abril del 15,1% ¿Por qué entonces se firmó la cláusula de absorción de salarios?

Y también nos preguntamos, ¿creen que l@s trabajador@s del sector somos niños de siete años que todavía creemos que 'pidiendo' van a dar lo que no querían meses atrás? ¿Cómo piensan presionar sectorialmente si supondría ir contra lo que acaban de firmar? ¿Con memes? ¿Un hashtag?

El camino está en la movilización

Es evidente que este cambio de actitud en julio fue debido a la mayor huelga vivida en el sector en su historia, organizada por la CGT un mes antes, y con el objetivo de luchar por dejar de perder poder adquisitivo, hacer frente a incrementos de hipotecas de cientos de euros y exigir (no suplicar) que unas multinacionales con beneficios récord levanten el pie de nuestros cuellos.

En ese camino esperamos contar con cualquier sección sindical de cualquier sindicato que quiera movilizarse y no resignarse. Este convenio TIC es más de lo mismo y no va a aportar nada que pare esta caída de condiciones en la que nos encontramos.

Hacemos un llamamiento a l@s trabajador@s del sector TIC a organizarse y exigir justicia.

CGT Informática

jueves, 27 de julio de 2023

Convenio TIC: Tablas salariales de 2022 a 2024

El 26 de julio se ha publicado, por fin, en el BOE la Resolución de 13 de julio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XVIII Convenio colectivo estatal de empresas de consultoría, tecnologías de la información y estudios de mercado y de la opinión pública. El Anexo I contiene las Tablas Salariales (Salario Base y Plus Convenio) pactadas, en cómputo anual, por grupos y niveles profesionales (14 pagas).

El artículo 4, Ámbito temporal, indica que "Los efectos económicos del convenio colectivo serán de aplicación, en lo que se refiere a las tablas salariales a partir del día 1 de julio de 2022".

El artículo 27, Tablas salariales, señala que "las empresas, dispondrán de dos meses desde la publicación del convenio en el BOE para la regularización y abono de las diferencias a que hubiere lugar por aplicación de la tabla salarial de 2022 con efectos económicos retroactivos de 1 de julio de 2022 y para la regularización y abono de las diferencias a que hubiere lugar por aplicación de la tabla salarial de 2023 con efectos económicos de 1 de enero de 2023".

Recordaremos, una vez más, que las subidas del CLONvenio nunca han sido maravillosas y que AtoS Spain siempre que ha querido las ha absorbido, por lo que terminan siendo subidas ficticias para buena parte de la plantilla.


Ver Tablas salariales en PDF.