Con la
publicación del nuevo convenio TIC en el Boletín Oficial del Estado da comienzo
la vigencia del mismo, tal como indica el Artículo 4 del propio convenio:
La vigencia temporal del presente convenio colectivo se retrotrae a 1 de enero del año 2010, si bien el texto convencional iniciará sus efectos al día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Puesto que
hasta ahora no hemos tenido un texto completo, no hemos podido realizar un
análisis del convenio. En cuanto podamos (en estos momentos nuestra prioridad
es apoyar con todas nuestras fuerzas una Huelga histórica)
analizaremos el nuevo convenio: qué cambia respecto al anterior y en qué nos
puede afectar. De momento, os dejamos los análisis que hicimos basados en el
preacuerdo que se firmó en diciembre y que se supone debía recoger los cambios respecto al convenio actual:
• Manual de usuario del nuevo Convenio TIC (I): El periodo de prueba
• Manual de usuario del nuevo Convenio TIC (II): No es que pierdas dinero, es que crece pero en negativo
• Manual de usuario del nuevo Convenio TIC (III): El desastre de las categorías profesionales
Ver el XVII convenio TIC.
¿Uhm, entonces según el artículo 25, la antigüedad tienen que pagarla, o se amparan en el artículo 7.1 de que es mejora absorbible? No me queda claro, ya que en el 25.2 te remiten al 7.1 .... ¿vamos que seguimos como estamos no?
ResponderEliminarNinguno de los artículos que mencionas ha cambiado... o sea que efectivamente seguimos con las mismas.
Eliminary veremos con las categorias como recalifican por ejemplo operador de maquina que es lo que suelen poner...
ResponderEliminarLos salarios en el anexo I a partir de 31-12-2019 son los mismos que los de a partir de 01-01-2019. Entiendo que se trata de un error, ¿no?
ResponderEliminarNo, te estan diciendo que te prepares para estar otros 10 años sin subida, asi que hasta el 2029 no tendremos nuevo convenio.
Eliminar