martes, 17 de enero de 2012

Currar por 400 euros ahora es legal (si eres menor de 25)

El pasado día 18 de noviembre se dio una nueva vuelta de tuerca oprimiendo aún más a las clases trabajadoras: En este caso, a los jóvenes menores de 25, y entró en vigor prácticamente de tapadillo y a traición el RD 1543/2011, que fue aprobado en Consejo de Ministros el 31 de octubre.


Este Real Decreto afecta a todas aquellas personas que no tengan experiencia laboral "suficiente" o estén en FP, la universidad o cualquier otro itinerario de formación y que tengan entre 18 y 25 años ambos incluidos.

Observa para empezar, que el nuevo "acuerdo que regula las prácticas no laborales en empresas", se llama así para evitar utilizar la palabra "contrato" y especifica en su título que son "prácticas no laborales" simplemente para que si eres contratado así no puedas aferrarte a la legislación laboral vigente en caso de tener algún problema, y entre otras cosas, no puedas seguir la vía de los juzgados de lo social (derecho automático a justicia gratuita) y tengas que efectuar demandas a través de los juzgados de los civil (caros y lentos). Quiere decir también que la inspección de trabajo no intervendrá en la empresa aunque denuncies un problema que te afecte o tengas un accidente.

Según este "acuerdo" los jóvenes entre 18 y 25 años, apuntados al paro y preferiblemente con titulación universitaria, aunque no es necesaria, pueden ser contratados bajo las siguientes condiciones:

 • No tienes derecho a paro ni subsidios al término del mismo.
 • No tienes derecho a vacaciones ni a cobrarlas por no disfrutarlas.
 • No tienes derecho a indemnización al terminar el periodo de contratación.
 • No tienes derecho a festivos ni a permisos o excedencias de ningún tipo por ningún motivo.
 • No hay límite horario, geográfico ni de jornadas laborables a la semana.
 • No tienes derecho a las revisiones médicas anuales obligatorias en la empresa.
 • No puedes acogerte al Convenio de la empresa en que trabajes porque no tienes un contrato con la misma, si no un acuerdo especial.
 • Tu salario podrá ser de 426 euros mensuales (el 80 % del IPREM vigente).

Aunque alguno pueda pensar que las prácticas están bien ya que te dan experiencia y un certificado de las mismas, y que prácticas ya se hacían antes, además sin cobrar en muchos casos, los anteriores contratos de prácticas obligaban al empresario a dar formación a quienes contrataban en prácticas. Con este contrato no están obligados y pueden simple y literalmente ponerte a trabajar en cadena apretando tornillos, como repartidor, en el almacén, etc.

Más información en Rojo y Negro.

No hay comentarios:

Publicar un comentario