Son fiestas laborales en Cataluña durante el año 2018 las siguientes (además deben fijarse dos fiestas locales, retribuidas y no recuperables, a propuesta de los ayuntamientos):
• 1 de enero (Año Nuevo)De estas trece fiestas hay una, a elegir entre el 2 de abril (Lunes de Pascua Florida) y el 26 de diciembre (San Esteban), que tiene el carácter de recuperable. Las otras doce son de carácter retribuido y no recuperable.
• 6 de enero (Reyes)
• 30 de marzo (Viernes Santo)
• 2 de abril (Lunes de Pascua Florida)
• 1 de mayo (Fiesta del Trabajo)
• 15 de agosto (la Asunción)
• 11 de septiembre (Diada Nacional de Cataluña)
• 12 de octubre (Fiesta Nacional de España)
• 1 de noviembre (Todos los Santos)
• 6 de diciembre (Día de la Constitución)
• 8 de diciembre (la Inmaculada)
• 25 de diciembre (Navidad)
• 26 de diciembre (San Esteban)
En el territorio de Aran, visto que el día 17 de junio (Fiesta de Aran) en 2018 coincide en domingo, no es necesario aplicar el Decreto 152/1997, de 25 de junio, y el Decreto 146/1998, de 23 de junio, que modifican el Decreto 177/1980, de 3 de octubre, sobre el calendario de fiestas fijas y suplentes y, por tanto, al igual que en el resto de Cataluña, será fiesta el día 26 de diciembre (San Esteban).
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