viernes, 8 de septiembre de 2017

Cómo irse "bien" del trabajo

A veces, porque tengas una oferta laboral en otra empresa, quieras cambiar de sector o simplemente dejar de trabajar, te puedes plantear irte voluntariamente de la empresa (lo que se llama legalmente 'dimisión').
 
En esos casos, hay que saber cómo proceder para evitar el mayor perjuicio posible. Lo primero que se tiene que tener en cuenta es que si no se hace bien te puede costar bastante dinero.
 
La dimisión de cualquier persona está regulada en el artículo 32 del convenio colectivo de consultoras. Y hay una diferencia sustancial. El artículo indica que se debe entregar una carta de dimisión con una antelación de 15 días laborables y, en caso de no cumplirlo, el trabajador o trabajadora deberá pagar una compensación a la empresa.
 
Desde CGT creemos que es una aberración que una persona asalariada deba 'pagar' a la empresa por dejar de prestar servicios por causar un daño tan terrible como que tenga que contratar a otra persona. En todo caso, hay dos modalidades para ello:

1- Si no cumples ni un día de preaviso. Eso sería un error hacerlo. El apartado 32.1 indica que en ese caso, se debe entregar a la empresa toda la paga extra devengada hasta ese momento. Por ejemplo, si te fueras el 1 de Abril deberías pagar media paga extra (es decir media nómina). Y proporcionalmente menos, o más, dependiendo del momento del año en que te vayas.
 
2- Si cumples de forma parcial el preaviso. Esa sería nuestra recomendación. En ese caso, el artículo 32.2 indica que la compensación debería ser la parte de paga extra que devenguen los días parciales no cumplidos. Eso es muy poco (cada día no cumplido se corresponde a una 180ava parte de una nómina normal).
Por lo tanto, es más recomendable preavisar mediante carta (dos copias, una copia firmada por la empresa te la tienes que quedar tú) aunque sea preavisando un solo día que abandonar el puesto de trabajo sin más.

8 comentarios:

  1. Lo que teneis que hacer es publicar las practicas de como la empresa tendria que PRESCINDIR BIEN DE SUS TRABAJADORES POR LA CAUSA QUE FUERE.
    NO LLAMANDOLOS MEDIA HORA ANTES DE DARLOS DE BAJA EN LA SEGURIDAD SOCIAL A COMUNICARSELO. Y vosotros que al menos lo sabeis dos días antes ni se lo decis.
    Empiezan dando 2000 euros de lo que corresponde menos en la liquidadion de mes , vacaciones y paga extra y para pider cobrar finiquito hay que meterlo en juicio....

    Anda callaos y las buenas lracticas contadselas al Garrulo ese que tiene la marca de la boina todavía en la frente y da coces si meas en su baño

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    1. Eso de que nosotros al menos lo sabemos dos día antes ¿de dónde lo has sacado? A nosotros nos lo suelen decir a posteriori y porque denunciamos en la Inspección de Trabajo, a quienes se lo daban con antelación era a los firmantes de la MSCT (y seguramente seguirán haciéndolo ya que es muy sospechoso que el correo en el que nos lo notifican solo está la CGT y no toda la RLT).
      El resto no será porque no se lo hemos dicho en repetidas ocasiones a RRHH para que haga las cosas de otra manera...
      La próxima vez deberías ser un poco más educado, a lo mejor tenemos que publicar son las prácticas de como un anónimo tendría que escribir un comentario con un mínimo de educación... aunque sea para criticarnos.

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    2. Tranquilito amiguito soy una mujer y se suponenqueben convenio hay que comunicarlonalnrepresentante sindical dos dias antes.
      Me. Conceras. Te voy a citarba juicio porque ni he cobrado finiquito ni liquidacion

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    3. Lo primero que hay que decir, mujer, es que el texto está algo confuso, y a lo mejor no lo hemos entendido bien.

      Y dale con los 2 días, ya te hemos dicho que si a nosotros nos lo comunican, y no es dos días antes sino a posteriori, es por una resolución de la Inspección de Trabajo después de poner una denuncia: [MAD] Información sobre Despidos: Resolución de la Inspección de Trabajo. ¿De qué convenio y artículo hablas tú exactamente? porque en el nuestro desde luego no lo encontramos.

      ¿A quién vas a citar a juicio? ¿te pusiste en contacto con algún representante de la CGT cuando te despidieron que conoce los hechos?

      Y mucho mejor ¿por qué no nos escribes un correo (Contacta con nosotr@s) y nos concretas tu caso para que te podamos ayudar?

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    4. Estamos esperando, mujer, que nos escribas un correo.

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    5. Es posible que aún conociendo los casos futuros de despido, éstos no puedan ser comunicados a los afectados debido a cláusulas de confidencialidad

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    6. Efectivamente, tienes razón. Claro que sabiéndolo con anterioridad siempre se intentaría estudiar el caso y ver si se podría parar el Despido... al menos desde CGT se actuaría así.

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    7. Seguimos esperando que un anónimo, que dijo que era una mujer, nos escriba un correo y nos concrete las particularidades de su caso.

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