lunes, 6 de septiembre de 2021

Igualdad: Registro retributivo incorrecto

La representación de la CGT en la Comisión de Igualdad envió, el 1 de septiembre, un correo a tod@s l@s componentes de dicha Comisión indicando que el Registro Salarial que la empresa ha realizado con fecha de mayo de 2021 (estando ya en vigor el Real Decreto 902/2020 de igualdad retributiva entre mujeres y hombres) no cumple con la legislación, ya que sólo tiene lo que se supone que son salarios medios desagregados por sexo.

Según el punto 2 del artículo 5 del mencionado Real Decreto 902/2020:

El registro retributivo deberá incluir los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de la plantilla desagregados por sexo y distribuidos conforme a lo establecido en el artículo 28.2 del Estatuto de los Trabajadores.

A tales efectos, deberán establecerse en el registro retributivo de cada empresa, convenientemente desglosadas por sexo, la media aritmética y la mediana de lo realmente percibido por cada uno de estos conceptos en cada grupo profesional, categoría profesional, nivel, puesto o cualquier otro sistema de clasificación aplicable. A su vez, esta información deberá estar desagregada en atención a la naturaleza de la retribución, incluyendo salario base, cada uno de los complementos y cada una de las percepciones extrasalariales, especificando de modo diferenciado cada percepción.
Esto tiene que resolverse a la mayor brevedad posible.

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