Serán fiestas laborales en Cataluña durante el año 2017 las siguientes (además se fijarán dos fiestas locales, retribuidas y no recuperables, a propuesta de los ayuntamientos):
• 6 de enero (Reyes)De las trece fiestas mencionadas habrá una, a elegir entre el 6 de enero (Reyes), el 17 de abril (Lunes de Pascua Florida), el 24 de junio (San Juan) y el 26 de diciembre (San Esteban) que tendrá el carácter de recuperable. Las otras doce serán de carácter retribuido y no recuperable.
• 14 de abril (Viernes Santo)
• 17 de abril (Lunes de Pascua Florida)
• 1 de mayo (Fiesta del Trabajo)
• 24 de junio (San Juan)
• 15 de agosto (la Asunción)
• 11 de septiembre (Fiesta Nacional de Cataluña)
• 12 de octubre (Fiesta Nacional de España)
• 1 de noviembre (Todos los Santos)
• 6 de diciembre (Día de la Constitución)
• 8 de diciembre (la Inmaculada)
• 25 de diciembre (Navidad)
• 26 de diciembre (San Esteban)
En el territorio de Aran, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 152/1997, de 25 de junio, y el Decreto 146/1998, de 23 de junio, por los que se modifica el Decreto 177/1980, de 3 de octubre, sobre el calendario de fiestas fijas y suplentes en ese territorio, la fiesta del día 26 de diciembre (San Esteban) queda sustituida por la del día 17 de junio (Fiesta de Aran).
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