Ya conocemos la Sentencia del recurso de impugnación del laudo de las Elecciones Sindicales de AtoS IT en Madrid, contra la que no hay recurso: Desestimando las excepciones formuladas por la empresa ATOS IT SOLUTIONS AND SERVICES SL, y desestimando las demandas formuladas por la FEDERACION DE SERVICIOS DE CCOO y por la CONFEDERACION GENERAL DEL TRABAJO, frente al Laudo Arbitral n° 10/2016/8 dictado el 15.03.2016 se declara ajustado a derecho y por tanto, confirmo íntegramente la parte dispositiva del mismo. Desgraciadamente los enredos de Gustavo Hornos y sus Garrigues han surtido efecto... con esta sentencia no nos queda claro si el comité de empresa que hay en AtoS IT es de Tres Cantos, de Madrid o de Tres Madriles.
No entiendo todo lo que hay que estudiar para ser juez, para que luego se conviertan en un chiste. Es una vergüenza.
ResponderEliminar+1
Eliminar