En el día de hoy nos hemos enterado que en el pasado mes de marzo se ha producido un despido en el centro de trabajo de AtoS en Vigo que no nos notificaron inmediatamente.
No es la primera vez que les recordamos que la resolución OS 28/0015662/14 de la Inspección de Trabajo, de 20/06/14, consideraba que "el despido disciplinario es la máxima sanción que puede imponerse a los trabajadores" y por ello requería a la empresa para que "cuando se imponga dicha sanción, se comunique inmediatamente a los representantes unitarios y sindicales de los trabajadores, a los efectos de que puedan llevar a cabo las acciones que procedieran", eso significa que un despido disciplinario es la máxima sanción impuesta a un trabajador sea de Madrid, Barcelona, Vigo... o de cualquier otro centro de trabajo de Atos, y por tanto volvemos a pedir que se nos comunique inmediatamente cualquier despido que se ejecute en cualquier centro de trabajo de Atos.
PD: Hemos puesto en copia al Inspector de Trabajo MAlía, que llevó la denuncia cuya resolución mencionamos.
martes, 11 de abril de 2017
Comunicación de Despidos
Hemos enviado un correo a RRHH, con copia al Inspector de trabajo MAlía, por no habernos comunicado "inmediatamente" la ejecución de un Despido en el centro de trabajo de Vigo:
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