Así que ya son 11 los Trabajadores despedidos en AtoS durante 2019.
(Anterior entrada de Despidos)
¿Sabes cómo denunciar tu Despido por ERE encubierto?
(*) El artículo 52.a) del E.T. dice que el contrato podrá extinguirse: "Por ineptitud del trabajador conocida o sobrevenida con posterioridad a su colocación efectiva en la empresa. La ineptitud existente con anterioridad al cumplimiento de un periodo de prueba no podrá alegarse con posterioridad a dicho cumplimiento".
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