martes, 5 de octubre de 2021

Despidos: Recomendación sobre el acto de conciliación

Desgraciadamente estamos viviendo una nueva oleada de despidos en AtoS Spain. Parece que ahora les gusta hacerlo de esta manera... da la impresión de que la dirección de nuestra empresa sólo sabe gestionar a base de salarios bajos y Despidos.

Con motivo de algunas consultas recibidas de compañer@s cuando se han encontrado ante esta situación, hemos creído conveniente publicar esta recomendación que puede ser de utilidad.

Si al pedir la cita para el acto de Conciliación en el organismo correspondiente (SMAC, CMAC, SAMA... su denominación depende de la Comunidad Autónoma) tienes la opción de seleccionar la fecha, es mejor no pedirla muy pronto. Conviene darse un margen de, al menos, 10 días entre el Despido y el acto de conciliación... hay que pensar que se puede necesitar tiempo para aclarar con la empresa cómo ha calculado el Finiquito y la Indemnización, y RRHH no siempre te va a atender o contestar tan rápido como quisieras. Muchas veces hay errores en los cálculos o no incluyen cantidades que te corresponden, y es mejor que todo eso esté resuelto antes de llegar a la Conciliación.

En ese momento de shock, cuando te han comunicado tu Despido, siempre queremos que todo pase rápido y resolver el tema cuanto antes, pero estas cosas son definitivas y hay que terminarlas bien. Las prisas no benefician a la persona despedida. Es preferible llegar al mencionado acto con todas las dudas resueltas y las cantidades claras. Si algo no está claro eres tú quien puede salir perjudicado.

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1 comentario:

  1. Bueno, a no ser que UGT firme un acuerdo con la empresa, para que cobres menos, como ha hecho con el teletrabajo.
    Vamos UGT y Atos, haced otro acuerdo para joder al personal, que vosotros podéis.
    UGT hace tiempo que no usa el boli firmalotodo.

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