miércoles, 4 de octubre de 2023

Comunicación sobre condiciones salariales en septiembre de 2023

(Texto del correo enviado por CGT, el 3 de septiembre, a la plantilla de AtoS Spain. Previamente ya se había enviado un correo similar a RRHH)

RRHH envió, el pasado 22 de septiembre, un correo a la plantilla informando en un documento de las condiciones salariales a mes de septiembre de 2023.

Hemos visto que en el dato de salario fijo bruto anual sólo se han incluido los conceptos de "Salario Base, Antigüedad, Plus Convenio y Complemento Personal Convenido" y no se han incluido los conceptos de "Tickets Restaurant, Seguro Médico, Seguro de Accidente, Seguro de Vida y Compensación Comedor". Sin embargo estos últimos conceptos no son suplidos y se reciben cada año, por tanto, son también parte del salario bruto anual. Por ellos se cotiza a la Seguridad Social y se tributa, tal como puede confirmarse en el Certificado de Retenciones que RRHH envía cada año.

Consideramos que la información proporcionada no es la adecuada ni está completa y no queremos que haya confusiones y se pueda utilizar por error la cantidad reflejada en ese documento de condiciones salariales como el importe del salario total. Pensamos que es mucho mejor que quede correctamente reflejado.

Por ello, te sugerimos que abras un ticket en Pisa para RRHH indicando que no estás conforme con la cantidad del salario bruto anual comunicada y solicitando se incluyan en dicha cantidad los importes correspondientes a los siguientes conceptos:
Tickets Restaurant

Seguro Médico

Seguro de Accidente

Seguro de Vida

Compensación Comedor (sólo para Madrid)
Puedes especificar la cantidad que te corresponde cobrar y solicitar a RRHH que te incluya en ese mismo documento, junto con tus condiciones salariales, la Categoría de Convenio asociada a dicho salario fijo bruto anual, ya que el salario depende de la categoría.

3 comentarios:

  1. esto es para eviden no?porque de antiguo atos spain ahora en atos holding no he recibido nada

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    1. Bueno, esto es para el personal de la empresa AtoS Spain. Como indica la cabecera el Blog es de la Sección Sindical de CGT en AtoS Spain, si la noticia fuera de otra empresa del Grupo, New Atos u Old Atos, se indicaría.

      Gracias por tu comentario.

      Salud,

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  2. A los que ya no teníamos CPC y si nos ha subido efectivamente el sueldo desde el año pasado, me gustaría saber si los atrasos los van a declarar como atrasos del año pasado o como incremento de este año. En teoría debería pagarse como atraso y rehacerse el certificado de retenciones para que pudiésemos presentar una declaración rectificativa del IRPF del año pasado. Pero por el tipo de retención que se ha aplicado en las nóminas, todo parece indicar que no se va a rectificar el certificado y lo que se va hacer es pagarlo como un incremento de este año. Lo más legal sería hacer lo primero, pero lo más cómodo, incluso para el trabajador, es lo segundo, porque lo primero te obliga a rehacer la rentra del año pasado, y esas las revisan bastante. El único problema de la segunda opción, es que si con la subida más los atrasos cambias de tramo, sobre el sobrante vas a pagar un tipo superior que si lo hubieses tributado el año anterior sin llegar al siguiente tramo. A cada cual le convendrá uno u otro caso.

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