jueves, 22 de noviembre de 2012

21-N: Resumen de la quinta reunión formal con la empresa

La reunión ha comenzado con una discusión debido a las quejas recibidas por la RLT acerca de que varios responsables ya están aplicando directamente el criterio de no disfrutar las vacaciones durante la primera quincena de enero, según se recoge en el Acuerdo Marco, a pesar de que no hay nada firmado al respecto. CGT pidió a GHornos que mandara un correo a los trabajadores aclarando esta cuestión, y hemos tenido el mismo éxito que cuando lo planteamos ya hace unas semanas... ¿alguien ha recibido un correo de RRHH aclarando este asunto?.

También hemos solicitado a la empresa que nos justifique por escrito el ahorro de los dos millones que dicen que supondría la medida de no dejar vacaciones pendientes para 2013... y seguimos esperando.

La RLT ya lo ha dicho en numerosas ocasiones a lo largo del periodo de consultas, pero en esta ocasión ha solicitado expresamente que conste como medida 17 de la RLT dentro del paquete de propuestas de ahorro de costes: "Suspensión de compras de empresas".


La empresa ha ofrecido prorrogar el período de consultas hasta el próximo viernes, día 23. Y si ese día se alcanzase un preacuerdo, el período formal de consultas se prorrogaría hasta el martes 27 de noviembre, de manera que se pudieran realizar Asambles y Consultas con los trabajadores. Y también ha amenazado con que si no se alcanza un Acuerdo... procedería a comunicar a los trabajadores su decisión final en los términos y condiciones que inicialmente se fijaron en la apertura del período de consultas (*).

La empresa ha llegado con una nueva oferta para cuya elaboración, según afirmaron, han tenido en cuenta las dos propuestas presentadas en la anterior reunión por la RLT (???) en la que la Reducción Salarial se efectuaría conforme al siguiente criterio:



La CGT se mantiene en la propuesta presentada en la anterior reunión: que el Recorte Salarial afecte solo a salarios superiores a 50.000 euros.
 

Como estudiar esta nueva propuesta requería un tiempo, la discusión se ha centrado en los demás aspectos del borrador de "Acta de Preacuerdo" que ha presentado la empresa, algunos de cuyos puntos son intragables:
* "Quedan exceptuados de la aplicación de esta medida los trabajadores que se hayan incorporado a la Compañía ex-novo con posterioridad al 31 de mayo de 2012" (algunos de los nuevos contratos tienen salarios superiores a 60.000 euros).

* "... la Compañía se compromete a mantener los incrementos salariales individuales, habituales en el desarrollo de su actividad empresarial" (habitualmente a dedo y que parecen poco afortunados para "una compañía" en las circunstancias actuales).

* "Se acuerda que el disfrute de las vacaciones pendientes del año 2012, se realice no más tarde del 31 de diciembre de 2012. Aquéllos trabajadores que tuvieran solicitados días de descanso con cargo a vacaciones 2012 durante la primera quincena de enero de 2013, podrán mantener dicho disfrute, imputándose el cargo de las mismas a dicho ejercicio 2013. En esos casos, podrán también solicitar esos días como descanso adicional en diciembre de 2012" (sobran los comentarios ante la generosidad de la empresa sobre esos días de "descanso adicional").

* Se habla de la posibilidad de recuperar la reducción salarial pactada, hasta el importe total de la misma, pero concretando que dicha recuperación "se realizaría únicamente a aquéllos trabajadores afectados que no hubieran alcanzado previamente el nivel salarial actual anterior a la reducción, sin carácter retroactivo y, en todo caso, hasta dicho nivel salarial" (osea que si te quedas sin Complemento Personal Convenido y al aplicarte un trienio ya has llegado a tu salario anterior "ya estás recuperado". Además aunque la empresa creciera en un 200%, por ejemplo, nunca te devolverían íntegramente lo recortado).

* En caso de despido la indemnización se calcularía sobre el salario anterior al recorte, "salvo que el salario a fecha de efectos del despido fuera superior, todo ello con los efectos fiscales que legalmente pudieran corresponder" (es decir que este caso, como la indemnización sería superior a la que te correspondería legalmente por tu salario real en ese momento, tendrías que hacerte cargo tú del pago del IRPF correspondiente por exceso en la cantidad de la indemnización).

* El compromiso de empleo de la empresa realmente no existe: "... la Compañía se compromete a no realizar despidos objetivos (individuales o colectivos), siempre que sean por las mismas causas económicas que justifican la presente medida", "los despidos disciplinarios considerados o reconocidos como improcedentes que la Compañía realizase durante el año 2013, serán informados previamente a la Comisión de Seguimiento" (es decir que pueden hacer los Despidos Objetivos por cualquier otro motivo que les venga en gana, y respecto a los Disciplinarios sólo hay un compromiso de informar previamente... y ni tan siquiera a toda la RLT).

* Se creará una Comisión de Seguimiento en la que por parte de la RLT solo estarán "los firmantes" del Acuerdo. Se le dan poderes del tipo de que "... antes de la interposición de cualquier reclamación judicial o extrajudicial por algún concepto derivado de la implantación de la presente medida, será necesario que la reclamación sea planteada formalmente ante esta Comisión y que la misma proponga, en su caso, alguna solución al respecto. Si en el plazo de 15 días hábiles la Comisión no hubiera propuesto ninguna solución al respecto, se entenderá cumplido el citado trámite" (¿cómo, van a estar por encima de la misma Ley?, ¿quienes se creen que son para obligar a un trabajador a ir primero ante ellos que a los Tribunales?).
Se acuerda mantener una nueva reunión el próximo viernes, 23 de Noviembre.


 (*)  Estos términos y condiciones no están muy claros con una persona como GHornos. ¿Serán los que expuso en la primera reunión oficial?:
* La adaptación de los salarios brutos anuales en un -12%.

* Una reducción en los gastos variables de personal, como son guardias, nocturnidad, disponibilidad o movilidad (también del 12%).

* La reducción de las horas extras realizadas y su compensación en tiempo libre.

* Las vacaciones de este año 2012 deben disfrutarse antes del día 31 de diciembre.
O serán los de la "propuesta 1" que nos cuenta en su e-mail enviado a toda la plantilla el 16 de Noviembre:
* Aplicación de una reducción sobre el salario bruto anual a toda la plantilla recuperable a futuro según resultados de la compañía.

* La reducción se aplicaría por tramos salariales que oscilarían entre un 5% para los salarios más bajos y un 10% para los más altos.

* Quedarían excluidos de cualquier reducción, exclusivamente, los salarios inferiores a 25.000 euros.
* Disfrute de las vacaciones pendientes del año 2012 no más tarde del 31 de diciembre de 2012.

* Reducción de horas extra.

3 comentarios:

  1. propongo....
    La mitad del 7% para cada parte
    el 3,5 % lo asuma Atos : ya vendran tiempos mejores
    el 3,5 % restante se aplique entre todos proporcional: Mayor "retencion" en los más altos

    ResponderEliminar
  2. Con la reducción me van a dejar el sueldo más bajo que cuando entré en la empresa hace 8 años.

    Llevo 8 años y me han subido el sueldo 6% en total, no me han pagado los trienios y en los ultimos 5 años la subida fue del 0%.

    Eso sí, trabajando como un loco y siendo una persona responsable.

    Sin palabras.......

    ResponderEliminar