El Grupo Atos ha presentado dos ERE's este año: El primero en Infoservicios (finalizó aplicándose tras un acuerdo con la RLT) y más recientemente el de AtoS Spain (que finalizó en Desacuerdo y la empresa acabó retirando).
Pero, según se puede deducir por la información que casualmente hemos encontrado en Bluekiki, puede que se esté preparando un tercer ERE en otra de las empresas del Grupo Atos, concretamente en DAESA (Desarrollo de Aplicaciones Especiales), empresa en la que la CGT no tiene representación.
Y es que en Bluekiki se puede leer que la empresa proveedora de servicios de recolocación (outplacement) "Right Management" habla con Atos de "... facturar los programas de los candidatos pertenecientes a Atos, Desarrollo de Aplicaciones Especiales e Infoservicios".
Como ya sabrás, estos servicios tienen que ser ofrecidos, por ley, a los trabajadores afectados por un ERE (ahora Despido Colectivo) y, como ya informamos, en la séptima reunión del procedimiento de Despido Colectivo en AtoS Spain Right Management hizo una presentación de sus bondades a la Mesa de Negociación, al igual que la hizo anteriormente durante el proceso de Infoservicios.
¿Será cierto que ya tienen preparado el ERE en DAESA? parece que se ha convertido en costumbre del Grupo robarnos a los trabajadores a través de los ERE's.
NOTA: Si quieres comprobar esta información, que está en un espacio abierto y accesible para todos, accede a Bluekiki y busca "Documentación alta RIGHT MANAGEMENT SPAIN SLU".
lunes, 4 de agosto de 2014
domingo, 3 de agosto de 2014
ERE: Vergonzoso comunicado de CCOO
A comisiones obreras no le bastó con su anterior comunicado, y ha tenido que lanzar otro, tras el anuncio por parte de la empresa de la retirada del ERE, metiéndose tanto con UGT como con nosotros, y dando la impresión de que no se quedan satisfechos con la retirada del ERE... que hubieran preferido firmar un acuerdo con Despidos de trabajadores incluidos.
Éste es el texto íntegro de su comunicado, "Suspendido el ERE":
Además, da la impresión de que a CCOO le ha dado igual recibir los correos que nos han llegado a los tres Sindicatos presentes en la Mesa Negociadora pidiéndonos que no firmemos.
Otra cosa, totalmente distinta, sería negociar condiciones para bajas voluntarias, ninguna forzada, que era lo que pedíamos conjuntamente los tres sindicatos antes de que UGT y CCOO se desmarcaran. Pero eso no le interesa a una empresa que tenía claros los objetivos de su ERE: Despedir a colectivos de trabajadores que, sin un procedimiento similar, dificilmente podría echar a la calle.
Éste es el texto íntegro de su comunicado, "Suspendido el ERE":
Buenos días,Nos alucinan esos "criterios profundamente democráticos" que les mueven. Vamos a ver, en la última oferta de la empresa se hablaba de 145 trabajadores despedidos, y comisiones obreras pretendía "negociar las mejores condiciones posibles y que los afectados y afectadas decidan libremente si las aceptan", pero según nos han contado en las asambleas su pretensión era que esas 145 personas decidieran en una votación si aceptaban o no las condiciones; y si, por ejemplo, 73 de ellas (mayoría democrática) decidieran aceptarlo se irían a la puta calle, con sus indemnizaciones correspondientes... junto a las 72 restantes que no querían ser despedidas y no aceptaban. Y encima se lavarían las manos, como hicieron con la MSCT, escudándose en que era una decisión democrática de los trabajadores. ¿No es algo vergonzoso?
En primer lugar, queremos trasladar nuestra satisfacción por la suspensión (aunque sea temporalmente) de la ejecución del Despido Colectivo (DC) que la empresa pretendía aplicarnos y que introdujo de forma unilateral.
La dirección debería tener claro que no se pueden hacer las cosas peor. Primero aplico mal una MSCT acordada para subsanar una situación económica complicada, devolviendo el dinero (e incluso subiendo el salario) a quien han tenido a bien. Después ha despedido (sobre todo desde enero hasta mayo) a muchísimos compañeros y compañeras con la indemnización que establece la ley para un despido disciplinario reconocido como improcedente. Y ahora nos venía con un DC a la baja.
Una vez dicho esto, lamentamos que la nota solamente indique que el DC queda aplazado, ya que lo que debería decir es que el dichoso DC queda anulado.
Sea como sea, CCOO nos reafirmamos en la estrategia que tantas veces os hemos comunicado: negociar las mejores condiciones posibles y que los afectados y afectadas decidan libremente si las aceptan (en cuyo caso habría acuerdo) o si no las aceptan (en cuyo caso acudiríamos con todas nuestras fuerzas a la vía legal y a la acción sindical). No nos consideramos ni padres ni tutores de nadie, tan solo somos representantes de los trabajadores. Y nuestras acciones se mueven por criterios profundamente democráticos, por lo que entendemos que es la plantilla la que decide si debemos o no firmar los acuerdos. Así lo hemos hecho y así seguiremos haciéndolo. Aunque en este caso no hemos podido cumplir con nuestro propósito, ya que CGT y UGT no estiman que los afectados y afectadas puedan decidir si una propuesta es buena o mala. El tiempo dirá si tienen o no razón, y nos pondrá a cada uno en nuestro sitio.
Esto también es de aplicación en la futura apertura del Acuerdo Marco. CCOO ya ha mostrado su disposición para renegociarlo en varias ocasiones. Pero no solamente para rebajar sus condiciones, que es lo que la empresa nos ha transmitido hasta ahora. En cualquier caso, y siguiendo nuestra filosofía, negociaremos hasta el último minuto y presentaremos el resultado a la plantilla para que sea ella quien democráticamente decida.
Y por último queremos agradeceros el apoyo que nos habéis mostrado durante las negociaciones y después de las mismas. Vuestro agradecimiento y reconocimiento al trabajo que hemos realizado nos indica que vamos por el camino correcto. Estamos aquí para defender los derechos de la plantilla y para que sea la plantilla quien decida. MUCHAS GRACIAS a todas y todos, y seguimos en la lucha.
Un saludo,
Sección Sindical de CC.OO. en Atos
Además, da la impresión de que a CCOO le ha dado igual recibir los correos que nos han llegado a los tres Sindicatos presentes en la Mesa Negociadora pidiéndonos que no firmemos.
Otra cosa, totalmente distinta, sería negociar condiciones para bajas voluntarias, ninguna forzada, que era lo que pedíamos conjuntamente los tres sindicatos antes de que UGT y CCOO se desmarcaran. Pero eso no le interesa a una empresa que tenía claros los objetivos de su ERE: Despedir a colectivos de trabajadores que, sin un procedimiento similar, dificilmente podría echar a la calle.
sábado, 2 de agosto de 2014
Estos son los días que te corresponden de baja laboral en función de la enfermedad
Los procedimientos para otorgar una baja laboral en España han cambiado desde hace unas dos semanas con la entrada en vigor del nuevo real decreto de incapacidad temporal aprobado por el Ministerio de Empleo. Los partes de confirmación ya no se entregan semanalmente, sino que el alta y la baja se dan a la vez en los procesos de menos de cinco días y en plazos más amplios en función de la duración estimada de la baja médica.
Otra de las novedades que introduce la ley reside en que los médicos de familia han de consultar ahora a un inspector de la UVMI (Unidad de Valoración Médica de Incapacidades) cuando firmen un parte de baja cuyos tiempos superen a los establecidos. En su mensaje de consulta, el facultativo debe esgrimir sus razones para otorgar una baja superior a la recomendada y solicitar así el permiso del inspector.
Los plazos vienen fijados por unas tablas con tiempos medios en base a enfermedades "incrustadas" en los sistemas informáticos de los centros de salud. Estos periodos vienen determinados por un documento del INSS publicado en 2013 al que se añade además un coeficiente que tiene en cuenta la profesión y la edad del trabajador.
En base a este informe, estos son los días que te corresponden de baja laboral en función de algunas de las enfermedades registradas. Este tiempo estándar no es el definitivo, el resultado final es el que se obtiene con la multiplicación por el coeficiente de corrección por ocupación y edad:
Consulta aquí las tablas completas con todas las enfermedades.
Otra de las novedades que introduce la ley reside en que los médicos de familia han de consultar ahora a un inspector de la UVMI (Unidad de Valoración Médica de Incapacidades) cuando firmen un parte de baja cuyos tiempos superen a los establecidos. En su mensaje de consulta, el facultativo debe esgrimir sus razones para otorgar una baja superior a la recomendada y solicitar así el permiso del inspector.
Los plazos vienen fijados por unas tablas con tiempos medios en base a enfermedades "incrustadas" en los sistemas informáticos de los centros de salud. Estos periodos vienen determinados por un documento del INSS publicado en 2013 al que se añade además un coeficiente que tiene en cuenta la profesión y la edad del trabajador.
En base a este informe, estos son los días que te corresponden de baja laboral en función de algunas de las enfermedades registradas. Este tiempo estándar no es el definitivo, el resultado final es el que se obtiene con la multiplicación por el coeficiente de corrección por ocupación y edad:
Consulta aquí las tablas completas con todas las enfermedades.
Así funcionará el control a las bajas laborales
Este plan se compone de un proyecto de ley por el que se modifica el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social en relación con el régimen jurídico de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social y el Real Decreto que regula determinados aspectos de la gestión y el control de los procesos de incapacidad temporal en el primer año de duración.
En cuanto a la gestión de las bajas laborales, la principal novedad es que los médicos de las mutuas podrán hacer propuestas de alta que resolverán los servicios públicos de salud en cinco días y, en caso de silencio o desacuerdo, los médicos de la inspección del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) deberán pronunciarse en un plazo máximo de cuatro días, tal y como adelantó CincoDías el pasado 9 de julio.
No obstante, el texto aprobado el viernes establece un régimen transitorio en cuanto a estos plazos de contestación durante los seis meses siguientes a la entrada en vigor del texto, a la espera de que la futura Ley de Mutuas culmine su tramitación parlamentaria. Durante este proceso, el plazo que tendrán los médicos para contestar a la propuesta del facultativo de la mutua será de 11 días y el INSS de otros ocho si no hay acuerdo.
Con esta agilización de plazos y el mayor control de las incapacidades temporales (IT) el Ejecutivo espera obtener un ahorro de 300 millones de euros en términos presupuestarios. Una cantidad significativa si se tiene en cuenta que el gasto anual en IT asciende a unos 3.900 millones de euros. Este ahorro se elevará a 500 millones anuales con las medidas de mejora de la gestión que introduce la reforma en el funcionamiento de estas entidades.
Además, otra de las novedades importantes que se aprueba ahora es la reducción de cargas burocráticas que soportarán a partir de ahora los trabajadores que causen baja, ya que el parte de confirmación de su incapacidad temporal no tendrá que ser recogido en el médico y remitido a su empresa cada siete días, tal y como ocurre en la actualidad. El nuevo plazo estará ajustado a la previsión del seguimiento clínico que tenga su dolencia. La medida favorece también a los médicos y a las empresas, ya que reduce las cargas de tramitación de la confirmación de la baja del trabajador.
Así, hasta cinco días de baja, se podrá expedir el parte de baja y de alta en la misma visita médica; entre cinco días y 30 días de baja, el parte se emitirá cada 14; entre 31 y 60 días de baja, los partes se emitirán cada 28 y, finalmente, en procesos de larga duración, más de 61 días, la confirmación se expedirá cada 35 días. Esta nueva regulación permitirá múltiples ahorros a toda la sociedad por la menor burocracia que llevará aparejada cualquier baja laboral, como es en el ámbito de los desplazamientos del trabajador de baja o sus familiares. El Gobierno estima que los ahorros por todas estas medidas pueden alcanzar los 1.300 millones de euros.
En cuanto a la gestión de las bajas laborales, la principal novedad es que los médicos de las mutuas podrán hacer propuestas de alta que resolverán los servicios públicos de salud en cinco días y, en caso de silencio o desacuerdo, los médicos de la inspección del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) deberán pronunciarse en un plazo máximo de cuatro días, tal y como adelantó CincoDías el pasado 9 de julio.
No obstante, el texto aprobado el viernes establece un régimen transitorio en cuanto a estos plazos de contestación durante los seis meses siguientes a la entrada en vigor del texto, a la espera de que la futura Ley de Mutuas culmine su tramitación parlamentaria. Durante este proceso, el plazo que tendrán los médicos para contestar a la propuesta del facultativo de la mutua será de 11 días y el INSS de otros ocho si no hay acuerdo.
Con esta agilización de plazos y el mayor control de las incapacidades temporales (IT) el Ejecutivo espera obtener un ahorro de 300 millones de euros en términos presupuestarios. Una cantidad significativa si se tiene en cuenta que el gasto anual en IT asciende a unos 3.900 millones de euros. Este ahorro se elevará a 500 millones anuales con las medidas de mejora de la gestión que introduce la reforma en el funcionamiento de estas entidades.
Además, otra de las novedades importantes que se aprueba ahora es la reducción de cargas burocráticas que soportarán a partir de ahora los trabajadores que causen baja, ya que el parte de confirmación de su incapacidad temporal no tendrá que ser recogido en el médico y remitido a su empresa cada siete días, tal y como ocurre en la actualidad. El nuevo plazo estará ajustado a la previsión del seguimiento clínico que tenga su dolencia. La medida favorece también a los médicos y a las empresas, ya que reduce las cargas de tramitación de la confirmación de la baja del trabajador.
Así, hasta cinco días de baja, se podrá expedir el parte de baja y de alta en la misma visita médica; entre cinco días y 30 días de baja, el parte se emitirá cada 14; entre 31 y 60 días de baja, los partes se emitirán cada 28 y, finalmente, en procesos de larga duración, más de 61 días, la confirmación se expedirá cada 35 días. Esta nueva regulación permitirá múltiples ahorros a toda la sociedad por la menor burocracia que llevará aparejada cualquier baja laboral, como es en el ámbito de los desplazamientos del trabajador de baja o sus familiares. El Gobierno estima que los ahorros por todas estas medidas pueden alcanzar los 1.300 millones de euros.
viernes, 1 de agosto de 2014
ERE: Es la hora de las gracias
Muchas gracias a los representantes de CGT en la Mesa Negociadora que llegaron a participar: Mª Jesús, Cristina, Toñi, Thomas, Diego y Jorge, y a los que se quedaron de suplentes: Isaac y Mikel. ¡Qué paciencia infinita han demostrado tener viviendo en directo "los esfuerzos" realizados por RRHH, Garrigues y compañía por Despedir a nuestr@s compañer@s de AtoS!
Más gracias a nuestro maravilloso equipo de asesores que han estado todos los días acompañándonos en "el hotelito": Nines, Silvia, Pablo, Joseba.
Gracias a tod@s l@s compañer@s de los distintos entes del Sindicato CGT que nos ayudaron cuando se lo pedimos.
Y, especialmente, muchísimas gracias a ti, compañer@, que siempre has estado ahí apoyándonos y animándonos a seguir adelante.
Bueno, no podemos dejar de decirlo, por supuesto gracias a este Blog, GAtoS Sindicales, por haber cumplido con su labor de informar del día a día del circo que nos montó la empresa.
Y ahora ya podemos decirlo, como todos los años por estas fechas, pero sin bajar la guardia y sin una mierda de ERE volando sobre nuestras cabezas:
Más gracias a nuestro maravilloso equipo de asesores que han estado todos los días acompañándonos en "el hotelito": Nines, Silvia, Pablo, Joseba.
Gracias a tod@s l@s compañer@s de los distintos entes del Sindicato CGT que nos ayudaron cuando se lo pedimos.
Y, especialmente, muchísimas gracias a ti, compañer@, que siempre has estado ahí apoyándonos y animándonos a seguir adelante.
Bueno, no podemos dejar de decirlo, por supuesto gracias a este Blog, GAtoS Sindicales, por haber cumplido con su labor de informar del día a día del circo que nos montó la empresa.
Y ahora ya podemos decirlo, como todos los años por estas fechas, pero sin bajar la guardia y sin una mierda de ERE volando sobre nuestras cabezas:
ERE: La empresa retira el Despido Colectivo
"La Compañía ha tomado la decisión de DEJAR SIN EFECTO EL DESPIDO COLECTIVO", aunque dejando claro que "todo ello sin perjuicio de reservarse la posibilidad de iniciar cualquier otro procedimiento que le permita garantizar la viabilidad futura del proyecto empresarial...".
El e-mail dice textualmente:
Buenas tardes,
Tras la finalización del periodo de consultas del procedimiento de despido colectivo sin haber alcanzado un consenso, os adjunto la presente comunicación con la decisión empresarial adoptada al respecto.
Un cordial saludo,
y éste es el comunicado adjunto:
Además en el Source han colgado una nota del Comité Ejecutivo, Comunicación de la Dirección General, informando al respecto, y donde también indican que "... se convocará a la RLT para iniciar un nuevo periodo de negociación sobre el Acuerdo Marco", "... la MSCT -que afecta en la actualidad a cerca de 1.000 empleados de Atos Spain-, se mantiene según lo establecido en el acuerdo y condiciones suscritos entre la Compañía y la RLT" (se olvidan mencionar que solo de parte de la RLT) y también se alude a que "... en el horizonte próximo se abre una nueva etapa con motivo de la integración, recientemente anunciada, de la compañía Bull, que se prevé iniciar a mediados de agosto y de la que os iremos informando puntualmente".
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ERE: Nuevo comunicado de UGT
Así, dando cerita a CCOO, comienza el nuevo post que ha colgado UGT en su Blog:
A 31 de julio de 2014 terminó el periodo de consultas del Despido Colectivo de Atos Spain contra sus trabajadores, el mayor activo de la empresa según la Dirección, tras una ampliación de 6 días a petición de la Dirección y con el beneplácito de toda la RLT, aunque a CC.OO le ha parecido poco tiempo, querían seguir negociando (no sabemos qué) y lo hicieron ellos solitos durante la madrugada del día 30 de julio, entre la 1:00 h. y las 3:00 h. En este caso, no les afectaba la decisión de la mayoría de dejar la mesa hasta el día siguiente o hasta un movimiento sustancial de la Dirección, pero cada uno es muy libre de decidir cómo negociar.Aquí puedes leer el post completo: Despido Colectivo en AtoS Spain.
Julio 2014: Las entradas más vistas del Blog
1.- Comunicado de prensa: ERE en AtoS Spain
2.- ERE: Segunda reunión del procedimiento de Despido Colectivo en AtoS Spain
3.- ERE: Ni económicas, ni organizativas, ni productivas
4.- [MAD] Calendario laboral 2014 Madrid
5.- ERE: Octava reunión del procedimiento de Despido Colectivo en AtoS Spain
6.- La negociación del ERE acaba en desacuerdo
7.- ERE. ¡Nuestra sincera condolencia a las 181 personas que han ganado un puesto en la lista de Despidos de esta primera edición de ERE en AtoS!
8.- ERE: Novena reunión del procedimiento de Despido Colectivo en AtoS Spain
9.- ERE: La "solución final" de la empresa
10.- ERE: Undécima reunión del Periodo de Consultas del Procedimiento de Despido Colectivo de Atos Spain
2.- ERE: Segunda reunión del procedimiento de Despido Colectivo en AtoS Spain
3.- ERE: Ni económicas, ni organizativas, ni productivas
4.- [MAD] Calendario laboral 2014 Madrid
5.- ERE: Octava reunión del procedimiento de Despido Colectivo en AtoS Spain
6.- La negociación del ERE acaba en desacuerdo
7.- ERE. ¡Nuestra sincera condolencia a las 181 personas que han ganado un puesto en la lista de Despidos de esta primera edición de ERE en AtoS!
8.- ERE: Novena reunión del procedimiento de Despido Colectivo en AtoS Spain
9.- ERE: La "solución final" de la empresa
10.- ERE: Undécima reunión del Periodo de Consultas del Procedimiento de Despido Colectivo de Atos Spain
Agosto 2014: Fiestas Laborales en los centros de trabajo del Grupo AtoS
15.- Alicante, Andorra, Barcelona, Bilbao, Córdoba, Granada, Las Palmas, León, Lisboa, Madrid, Oporto, Oviedo, Santander, Santiago, Sevilla, Tenerife, Valencia, Valladolid, Vigo, Zaragoza
16.- Vigo
22.- Bilbao
30.- Santander
16.- Vigo
22.- Bilbao
30.- Santander
ERE: Acta final de Desacuerdo
Como ya adelantamos, el Periodo de Consultas del Procedimiento de Despido Colectivo de Atos Spain ha acabado en Desacuerdo, por lo tanto la decisión final de aplicación o no del mencionado procedimiento queda en manos de la empresa (mientras quedábamos en "el hotelito" preparando el acta final y revisando las actas pendientes, GHornos y CVon abandonaron el salón ya que tenían una reunión del Comité Directivo, donde entendemos que se trataría la cuestión). Reproducimos, textualmente, a continuación la parte interesante del acta de Desacuerdo firmada el 31 de julio:
... en el día de hoy, tras valorar la última propuesta enviada por la RE en la madrugada del miércoles día 30 de julio las partes realizan las siguientes
PRIMERA.- REUNIÓN DE HOY DÍA 31 DE JULIO
En primer lugar y como cuestión de orden CGT solicita la retirada del DC.
A continuación la RE solicita a la RT una contrapropuesta a la última propuesta enviada en la madrugada de ayer miércoles.
La RT comenta al respecto lo siguiente:
Previamente se procede a la ratificación y firma de las actas nº 7, 8, 9 y 10.
SEGUNDO.- CIERRE DEL PERIODO DE CONSULTAS SIN ACUERDO
Expuesto lo anterior, ambas parte proceden a la firma del presente ACTA DE CIERRE DEL PERIODO DE CONSULTAS SIN ACUERDO.
La RE manifiesta que en el plazo reglamentario establecido al efecto procederá a comunicar a la RT y a la Autoridad Laboral competente, su decisión final sobre el DC.
DC: Despido Colectivo
RE: Representación de la Empresa
RT: Representación de los Trabajadores
... en el día de hoy, tras valorar la última propuesta enviada por la RE en la madrugada del miércoles día 30 de julio las partes realizan las siguientes
MANIFESTACIONES
PRIMERA.- REUNIÓN DE HOY DÍA 31 DE JULIO
En primer lugar y como cuestión de orden CGT solicita la retirada del DC.
A continuación la RE solicita a la RT una contrapropuesta a la última propuesta enviada en la madrugada de ayer miércoles.
La RT comenta al respecto lo siguiente:
• UGT: la propuesta le sigue pareciendo insuficiente y mantiene su última posición ya planteada en términos indemnizatorios de 40 días con tope 33 mensualidades.120.000€ tope máximo y 15.000 € tope mínimo.
• CGT: en cuanto a la propuesta de acuerdo insiste en que sólo aceptaría la misma si todas las medidas propuestas se realizaran con carácter voluntario para los trabajadores.
Asimismo solicita que se forme a la gente y que no se hagan despidos.
Por último insiste en que no ha recibido la siguiente documentación/información:
- El coste del proceso de despido colectivo.
- La información de tiempos de imputación al bench y a formación no es suficiente; debería ir identificada con el nombre de la persona o al menos un identificador, tal como el número de afiliación a la Seguridad Social, GIN.
- Faltaría el fichero de afectados con todos la información que falta por dar, más el fichero de toda la plantilla, con el mismo tipo de información que el fichero de afectados, más datos sobre el tipo de contrato, las suspensiones por maternidad/paternidad, lactancia; y en el perfil el mismo tipo de información que en el fichero de ETT's.
• CCOO: considera también que la propuesta es insuficiente y plantea otra propuesta de acercamiento de 40 de días de indemnización hasta febrero de 2012 y 33 días de indemnización a partir de esa fecha y hasta la extinción del contrato, con un tope total de 33 mensualidades.Ante la imposibilidad de acercar posturas y ante el distanciamiento de las partes a pesar de los esfuerzos realizados por ambas, la RE comenta que se debe cerrar el período de consultas SIN ACUERDO.
Previamente se procede a la ratificación y firma de las actas nº 7, 8, 9 y 10.
SEGUNDO.- CIERRE DEL PERIODO DE CONSULTAS SIN ACUERDO
Expuesto lo anterior, ambas parte proceden a la firma del presente ACTA DE CIERRE DEL PERIODO DE CONSULTAS SIN ACUERDO.
La RE manifiesta que en el plazo reglamentario establecido al efecto procederá a comunicar a la RT y a la Autoridad Laboral competente, su decisión final sobre el DC.
DC: Despido Colectivo
RE: Representación de la Empresa
RT: Representación de los Trabajadores
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