El pasado miércoles recibimos la grata noticia de que, por fin, nuestra abogada tiene los mandamientos de pago de las cantidades correspondientes a los atrasos por compensaciones y absorciones indebidas, de "trienios y cambios de categoría" del "complemento personal", de las primeras reclamaciones interpuestas en el año 2008.
Por si la noticia anima a alguien más a reclamar estas posibles irregularidades en su salario, abrimos un nuevo grupo para una nueva reclamación de cantidades.
Cuanto más nutrido sea el grupo más económico resulta iniciar la reclamación y cuanto antes se interponga ésta, antes se fija la fecha desde la que se contabilizan las cantidades absorbidas. Dado que se trata de un año antes de la reclamación, si por ejemplo ésta se interpone en abril/2014, se reclamarían las cantidades desde mayo/2013.
Quienes tengáis interés en ello, poneos en contacto con nosotros a través de estas cuentas de correo, y os explicaremos el procedimiento a seguir:
ccoo.atos.cat@gmail.com
es-ccoo.catalunya@atos.net
es-cgt.barcelona@atos.net
Pero la reclamación ¿es individual o conjunta?
ResponderEliminarGracias.
La denuncia es individual, pero se intentan poner varias agrupadas.
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