lunes, 20 de mayo de 2019

Compensaciones por pérdida de Jornada Intensiva 2019 (2)

El 17 de mayo RRHH envió un correo a la RLT con el asunto "Jornada de Verano 2019" en el que dicen:
 

  
Como el año pasado hemos hecho una tabla con la evolución de las compensaciones por pérdida de Jornada de Verano:
 

 
Compensaciones año 2016: La empresa no hizo el mínimo esfuerzo para actualizar las compensaciones que permanecían congeladas desde que se firmó el Acuerdo de Compensación por jornada u horario de verano distinto al establecido en el Acuerdo Marco el año 2014. 
 
Compensaciones año 2017: CCOO y UGT se quedaron solos firmando un nuevo acuerdo en el que sólo se actualizaba la Ayuda de Comida (1 euro).
 
Compensaciones año 2018: Sigue vigente el acuerdo de 2017, la Ayuda de Comida queda congelada y se actualizan las compensaciones un 2%.
 

Compensaciones año 2019: Sigue vigente el acuerdo de 2017, la Ayuda de Comida sigue congelada y se actualizarán las compensaciones un 2%.
 

Compensaciones año 2019*: Aplicación de la subida a las compensaciones del 2% con 3 decimales, donde se puede comprobar la tacañería de la empresa para ahorrarse un céntimo. Lo normal sería que 46'818 y 21'848 euros se redondearan a 46'82 y 21'85 euros respectivamente... pero RRHH no piensa así.
 
Compensaciones año 2019**: Propuesta de redondeo al alza realizada por CGT, pero si ya hemos visto como racanean por un céntimo ¡¡cómo van a tener en cuenta nuestra propuesta!!

5 comentarios:

  1. Son unos miserables. Siempre lo han sido y siempre lo serán. Eso si, con la dirección seguro que son espléndidos.
    Como para que suban el sueldo a toda la empresa!!!! Estamos locos? que se quedan sin bonus.
    Eso si, seguro que en los bonus redondean para arriba, y muuuuucho.

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  2. tan miserables que cambiaron la categoría a peor.......poniendo salario base, plus convenio y antiguedad menor de lo que teniamos...como va ese tema??????

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  3. Una pregunta. Pérdida de jornada intensiva es .....
    Y como se compensa cada una de las casuísticas?
    Si trabajo durante la jornada intensiva de 7.00 a 14.00?? -- > horario normal 7 horas sin compensación. ¿Correcto?
    Si trabajo durante la jornada intensiva de 7.00 a 15.00?? -- > Una hora de más. ¿Esto sería compensación de jornada intensiva? ¿o una hora extra?
    Si trabajo durante la jornada intensiva de 11.00 a 18.00?? --> 7 horas, pero con desplazamiento horario. ¿Esto es pérdida de jornada intensiva? o....
    Si trabajo durante la jornada intensiva de 10.00 a 18.00?? --> 8 horas, y con desplazamiento horario

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    1. Hola Cristina, estamos preparando un post para intentar resolver estas dudas y otras sobre este tema.

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  4. ¿sabéis si se han actualizado las compensaciones por este concepto para 2020?,

    saludos.

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