No hace mucho tiempo la situación jurídica y social de la mujer en España era diferente, la mujer no tuvo derecho al voto hasta 1933. Una mujer casada no podía firmar un contrato o abrir una cuenta corriente sin autorización marital, no podía ejercer determinados trabajos, no podía abandonar su hogar sin permiso paterno antes de los 25 años hasta 1972 (de no ser para casarse o ingresar en una orden religiosa), podía ser acusada de adulterio, etc.
En el Archivo Histórico Provincial de Sevilla se puede ver este documento localizado en un Expediente de Inscripciones Marítimas del fondo documental de la Capitanía del Puerto (1973) con la autorización marital para que la esposa pudiera adquirir la cartilla de embarque:
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