El Acuerdo Marco de AtoS Spain mejora ese derecho, y así está recogido en el apartado de Mejoras Sociales:
g) Anticipos
1.- Todo trabajador podrá anticipar el salario neto del mes en curso.
2.- Se podrán solicitar anticipos de hasta un máximo de 3.000 euros netos a cuenta de las pagas extraordinarias siempre y cuando el importe neto mensual de las mismas supere dicha cantidad. A partir del 1 de julio, este anticipo no podrá superar los 1.500 euros, correspondientes a la paga de diciembre. Si un empleado abandona la empresa, el saldo pendiente que tenga por este concepto le será deducido de su finiquito.
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