martes, 7 de abril de 2020

Vacaciones: Comunicación de Recursos Humanos

La empresa lleva bastantes años haciendo peticiones, sugerencias y recomendaciones, que esconden sutiles presiones, para que el personal coja sus vacaciones sin respetar lo establecido en nuestro Acuerdo Marco.
 
Así, por ejemplo, en 2013 decían:

Este año y con el objetivo de optimizar la distribución y gestión de las vacaciones, os pedimos de forma excepcional, que hagáis esta solicitud antes del día 1 de marzo, siendo recomendable que al menos 6 días de vacaciones se planifiquen en el primer semestre de 2013, incluyendo un periodo no inferior a 3 días dentro del primer trimestre.
Por el año 2014 decían:
Este año y con el objetivo de optimizar la distribución y gestión de las vacaciones, os pedimos de forma excepcional que dentro de lo posible, vuestra planificación se circunscriba al año natural 2014, esto es antes del 31 de diciembre.
Y en el año 2017 decían al personal asignado al Bench:
Con el objetivo de incrementar las posibilidades de asignación a medio plazo, agradecemos solicites tus vacaciones de forma que N días se disfruten durante este primer semestre (donde N llegaban a ser hasta 10 días).
Y ya llegados a este catastrófico 2020 la cosa se ha desmadrado... desde correos pidiendo planificar unos días en ciertos períodos de tiempo, hasta recibir llamadas telefónicas del responsable presionando para anticipar las vacaciones.
 
Y llegamos al 6 de abril y nos encontramos con un correo de la mismísima Directora de Recursos Humanos y Talento, SAzores, en el que se da una vuelta de tuerca más sugiriendo que se tomen 10 días de vacaciones antes de finales de mayo y recomendando también no tomar más de dos semanas en julio y agosto.
 
Pues bien ante todo ello desde la Sección Sindical de la CGT en AtoS Spain manifestamos que:

La normativa sobre las vacaciones está recogida en el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores y en el punto 1.c) del Acuerdo Marco de AtoS Spain. Son un derecho y no pueden obligar a cogerlas cuando la empresa quiera, sino que debe respetar esta normativa.
   
Si la dirección de la empresa cree conveniente aplicar un cambio circunstancial en lo referente a esta normativa, en primer lugar debe justificarlo y, en segundo, negociarlo con la Representación Legal de los Trabajadores.
 
No entendemos la posición de RRHH ya que en ningún caso ha comunicado el descenso de la demanda de los clientes, ni la bajada de la producción, ni ninguna otra circunstancia que lleve a considerar necesario que se tomen 10 días de vacaciones antes de finales de mayo. Como ha dicho en sus comunicados "hemos conseguido tener aproximadamente al 95% de nuestras personas en modalidad de teletrabajo". Y en las reuniones con Prevención se ha dicho que se estaba disminuyendo el número de personas en servicios esenciales.
 
Tampoco se entiende esa visión de futuro de que nuestros clientes "nos necesiten para relanzar nuestro negocio" o la necesidad de "recuperar durante el resto del año la inactividad de este periodo actual, meses de verano inclusive", por lo ya expuesto en el punto anterior, para justificar la recomendación de "no tomar más de dos semanas en julio y agosto".
 
La insistencia en este planteamiento con tanto correo y llamadas individualizadas roza el acoso a la plantilla.
Si la empresa quiere que la plantilla haga concesiones de manera voluntaria que ofrezca algo a cambio.
 
Por nuestra parte insistimos en que, como se trata de sugerencias y recomendaciones, solicites las vacaciones tal y como tenías pensado. Y si te sientes presionado por parte de tus responsables, puedes ponerte en contacto con nosotr@s.

¡¡Las vacaciones son un derecho de las personas trabajadoras!!

1 comentario:

  1. La empresa se cree que somos gil****as, quieren que nos quitemos vacaciones para pagarnos menos al echarnos en junio y que puedan mantener ellos sus bonus. Pero bueno ya UGT y COBAS ya les firmarán algo y se irán muchos compañeros a la calle y con las vacaciones cogidas como piden.

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