Son muchos los trabajadores que nos preguntan si en la empresa existen "días de libre disposición" y les tenemos que contestar que no, aunque en numerosas ocasiones desde la RLT se ha intentado negociarlos, infructuosamente, con la empresa.
Gracias a un compañero, hace unos días, encontramos en la intranet el documento Política de "Días Atos" válido para los trabajadores de Atos Argentina.
En la introducción del mismo se indica que: Como parte de la creencia de Atos en el balance entre la vida laboral y personal, los días Atos son otorgados al colaborador como un día libre para que pueda disfrutarlo junto a su familia y seres queridos.
El documento establece que se podrá disponer de 3 días anuales en concepto de "días particulares", con goce de haberes, eso sí no podrán ser tomados en forma consecutiva, ni transcurrir un periodo menor a 30 días entre si y no podrán acumularse con otras licencias. Además en caso de no ser utilizados, se perderá el derecho a su goce.
Habrá que seguir insistiendo para gozar de algo semejante.
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