miércoles, 19 de febrero de 2020

Cumplimiento del Real Decreto-Ley 8/2019 en AtoS Spain

Correo enviado a RRHH...

En relación con el registro efectivo de la jornada de trabajo en AtoS Spain según recoge el Real Decreto-Ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, queremos señalarles las siguientes circunstancias que se están produciendo.
 
PROBLEMAS CON EL ACCESO A LA INFORMACION

La empresa se comprometió a entregar a la RLT un informe mensual con el registro de jornada de toda la plantilla (ver acta de reunión del 3 de julio de 2019 – Acta 1 "La RE indica que, en relación a los reportes, los informes estarán a disposición de la RLT y que hay que establecer una periodicidad, que de momento y de inicio se puede hacer mensual, pero que en estas reuniones se decidirán si serán mensuales, trimestrales, etc". Por ello, desde ese momento la empresa ha compartido con la RLT (en FileShare) 6 informes mensuales, desde junio/2019 a noviembre/2019. Los últimos datos de que dispone la RLT en Febrero/2020 corresponden al mes de Noviembre/2019 ya que desde entonces no ha proporcionado ninguna información.
Solicitamos se incorporen, a la mayor brevedad posible, los informes que faltan.
Además, el Real Decreto-Ley 8/2019, de 8 de marzo, indica que "La empresa conservará los registros a que se refiere este precepto durante cuatro años y permanecerán a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social" situación ésta que no se está produciendo, dado que la RLT no tiene acceso a la información.
Solicitamos se nos proporcione de forma inmediata el acceso a la misma.
Por otro lado, la RLT desconoce qué información está quedando registrada en la aplicación: solo una entrada y una salida, todas las entradas y salidas, descansos, una entrada y una salida por cada medio (aplicación, torno)...
Solicitamos nos informen exactamente de qué información está quedando almacenada en la aplicación.
PROBLEMAS CON LOS HORARIOS DE FICHAJE
Respecto al funcionamiento del sistema de fichaje, hemos detectado que la aplicación web Bodet (mediante la cual se hace el registro de la jornada cuando no se está presencialmente en un centro de trabajo con acceso por tornos) no está disponible las 24 horas del día todos los días del año dando un mensaje de error en el que se indica que se está fuera de los intervalos de horas estándar, cuando se ficha antes de cierta hora de entrada o después de cierta hora en la salida.
 
Por otro lado, no sabemos si los tornos registran el fichaje cuando la entrada y salida se produce fuera del intervalo que la empresa ha decidido marcar como "horario estándar".
 
 
Queremos señalar que no puede estar fuera del horario estándar un horario que está recogido en el Acuerdo Marco vigente en la compañía y, por tanto, se tiene que poder hacer el registro de la jornada a cualquier hora. En las circunstancias actuales están incumpliendo el Real Decreto-Ley impidiendo que se registren los horarios que realmente se realizan.
Solicitamos que se habilite la aplicación para realizar el registro de jornada los 7 días de la semana 24 horas al día.
 
Solicitamos que los tornos registren los horarios reales de entrada y salida los 7 días de la semana a la hora que se producen sin límites de intervalos.
PROBLEMAS POR LA CANTIDAD DE PERSONAS QUE NO TIENEN FICHAJE
El Real Decreto-Ley 8/2019, de 8 de marzo, establece que "La empresa garantizará el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria que se establece en este artículo".
 
Habiendo detectado, según los datos de que disponemos, que un porcentaje muy elevado de la plantilla no registra su jornada diaria por ningún medio, la empresa está incumpliendo con su obligación siendo esta fundamental para los objetivos que tiene la aprobación de este RDL.
Solicitamos que se facilite el registro de la jornada diaria y que este alcance a toda la plantilla.
Por todas las carencias expuestas, esta Sección Sindical considera que la empresa no está cumpliendo con el Real Decreto-Ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, causando así la indefensión de la plantilla y una merma de sus derechos, por lo que requerimos que se corrijan de inmediato todas las deficiencias expuestas y se atiendan nuestras solicitudes.
 
Quedamos a la espera de sus noticias.

2 comentarios:

  1. Además, ¿no tiene el convenio o los contratos de Atos IT una clausula que dice algo así como que el horario se fija en función de la necesidad de trabajo? O los que trabajan por turnos, esos tampoco pueden fichar siempre.

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  2. esto del fichaje en nuestro sector es una mmilonga... yo os digo lo que hago, estoy siempre fuera de la oficina, así que para que no me machaquen con chorradas pues ficho todos los días en la pestaña 'declaración de presencia' y pongo 8 horas, así todos contentos... y una gilipollez más que tengo que llenar cada semana

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