(Texto del correo enviado por CGT, el 23 de agosto, a l@s trabajador@s del Centro de Trabajo de AtoS Spain en Vigo)
Hemos tenido conocimiento de que la empresa pretende cerrar el Centro de Trabajo de Vigo de AtoS Spain. Como consecuencia de dicha acción la plantilla del mencionado centro pasaría a estar asignada al Centro de Trabajo de Santiago de Compostela.
Por lo que sabemos, parece ser que la empresa pretende que al mismo tiempo que firméis el 100% de Teletrabajo (el cuál os puede interesar), también firméis que estáis de acuerdo con el traslado sin acordar ninguna compensación. Nuestra recomendación es que no lo hagáis, porque así ya no podríais reclamar nada.
Además, hay que tener en cuenta que el Teletrabajo al 100% lo dan hoy y 15 días después de haber firmado ese documento la empresa puede quitarlo sin contar con vosotr@s, y os quedáis sin Teletrabajo (o sin el 100%), pero habiendo aceptado el traslado de centro de trabajo sin ninguna compensación a cambio y ya sin posibilidad de reclamar.
Según la legislación os corresponde una compensación económica en el mismo momento en que hagan el cambio de centro de trabajo, por eso es importante no firmar nada hasta que no se establezca cuáles van a ser las compensaciones. Además, las mismas también pueden incluir que cada vez que tengáis que ir al centro de Santiago de Compostela os paguen los gastos. Hay que aclarar cómo queda todo eso antes de aceptar nada y ahora es el momento ya que necesitan vuestro consentimiento.
Tened en cuenta que en cualquier momento la empresa puede haceros ir presencialmente a la oficina de Santiago cumpliendo vuestro horario, sin daros ningún tipo de compensación si no hay nada acordado.
Debéis saber que tenéis la posibilidad de negaros al cambio de centro y dejar la compañía recibiendo una compensación económica que igual a algunos os interesa. Pero para eso no podéis aceptar, ni firmar nada.
Estamos viendo que la empresa pretende mezclar los dos temas para generar confusión y son dos cosas muy distintas: una el traslado de centro de trabajo y otra el acuerdo de teletrabajo 100% adscrito al nuevo centro.
De momento, hemos iniciado las gestiones sobre este asunto y os trasladaremos cuál es la respuesta que entendemos debéis dar al email que os ha enviado la empresa.
Si tenéis alguna otra duda podéis poneros en contacto con nosotr@s.
Quizás un compromiso de no poder quitarte el teletrabajo durante X tiempo pueda ser equivalente a una compensación económica. Pero está claro que firmar el 100% sin compensación alguna, o económica o de duración de teletrabajo obligatoria, es ser demasiado cándido. Porque esta empresa es muy rápida para prometer, pero luego ya sabemos lo rápido que se desdice cuando le interesa, como por ejemplo "no vamos a vender" "no vamos a despedir" ... etc. Y lo típico, puede que tu jefe directo, con el que tienes confianza, te asegure las condiciones y tal, pero cuando las cosas vienen mal, siempre se escudan en que "esto viene de arriba, no puedo hacer nada". Las cosas todas por escrito y firmadas, sea lo que sea.
ResponderEliminarCuando la crisis de 2008: "la crisis no nos está afectando y no habrá despidos" y los hubo, y muchos.
EliminarUnos contratos que se hicieron hacia el año 2000 en los que se prometían subidas de sueldo a los 2 años, un año más tarde vino una crisis y donde dije digo digo Diego.
Con el teletrabajo: "pagamos el ADSL" pasó a "os damos un pincho de 3GB" y luego a "os buscáis la vida"
Y así una tras otra, como para fiarse.