El Tribunal Supremo, en sentencia de fecha 2 de julio de 2014, ha fallado que:
"Desestimamos el recurso de casación interpuesto por la FESIBAC-CGT, contra la sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, de 13 de marzo de 2013, seguidos a instancia de dicha recurrente contra la mercantil ATOS SPAIN, S.A., y los sindicatos la FEDERACION DE SERVICIOS DE LA UNION GENERAL DE TRABAJADORES (FES-UGT), y COMISIONES OBRERAS, sobre conflicto colectivo".
Dirty Harry |
No os importe. Animo!
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