El 26 de julio se ha publicado, por fin, en el BOE la Resolución de 13 de julio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XVIII Convenio colectivo estatal de empresas de consultoría, tecnologías de la información y estudios de mercado y de la opinión pública. El Anexo I contiene las Tablas Salariales (Salario Base y Plus Convenio) pactadas, en cómputo anual, por grupos y niveles profesionales (14 pagas).
El artículo 4, Ámbito temporal, indica que "Los efectos económicos del convenio colectivo serán de aplicación, en lo que se refiere a las tablas salariales a partir del día 1 de julio de 2022".
El artículo 27, Tablas salariales, señala que "las empresas, dispondrán de dos meses desde la publicación del convenio en el BOE para la regularización y abono de las diferencias a que hubiere lugar por aplicación de la tabla salarial de 2022 con efectos económicos retroactivos de 1 de julio de 2022 y para la regularización y abono de las diferencias a que hubiere lugar por aplicación de la tabla salarial de 2023 con efectos económicos de 1 de enero de 2023".
Recordaremos, una vez más, que las subidas del CLONvenio nunca han sido maravillosas y que AtoS Spain siempre que ha querido las ha absorbido, por lo que terminan siendo subidas ficticias para buena parte de la plantilla.
Ver Tablas salariales en PDF. |
Como podemos calcularlo para comprobar, el dia que paguen si es correcto?¿
ResponderEliminarlo de siempre... irá contra el complemento personal (si todavía te queda) y seguirás ganando exactamente lo mismo que antes de la subida
ResponderEliminarSiendo Técnico Superior y cobrando como un Delineante y en turnos 24/7...
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