jueves, 29 de mayo de 2014

La Formación Continua

El acceso a la Formación Continua (FC) presencial en la empresa es cada vez "menos accesible" para los trabajadores de las distintas empresas del grupo.

Este tipo de formación, en muchos casos, puede ser subvencionada en parte por la Fundación Tripartita (FT), para lo que la empresa necesita cumplir, entre otros, con el deber de información y consulta a la Representación Legal de los Trabajadores (RLT) según se establece en la normativa que la regula. 

La RLT puede emitir un informe en un plazo de 15 días cuando hay discrepancias y, si es así, hay otro plazo de 15 días para poder llegar a un acuerdo con la empresa que si no se produce, hay que remitir en 10 días a la FT quien, si ve causa, puede retirar la subvención concedida o no autorizar la subvención pedida.

Ha sido por medio de estos informes por lo que, hace años, se negociaron varios acuerdos de formación, que siguen vigentes en AtoS (firmados para Madrid y Barcelona pero incluidos en el Acuerdo Marco). En estos acuerdos estáe establecido que todos los trabajadores pueden solicitar los cursos publicados por la empresa. Y para este tipo de formación en la que al menos el 50% debe ser en horario laboral, el Comité puede inscribir a dos trabajadores (cupo del 20% de las plazas, que por lo general son 12). Esto para los cursos solicitados por el trabajador ya que si la formación es específica, aunque también puede ser subvencionada, como es aplicable a tu puesto de trabajo y es el "jefe" quien te inscribe, debe ser siempre en horario de trabajo o compensable ya que es tiempo de trabajo efectivo.

Dentro de la información que la empresa debe dar a la RLT está el Plan de Formación de la Empresa (si lo tiene), que a día de hoy todavía no se nos ha entregado, y en el caso de la Formación Continua las Acciones Formativas a impartir, con una serie de información adicional.

Este año, cuando se nos comunicaron las Acciones Formativas, éstas eran una copia casi idéntica a las del año pasado. Desde UGT nos invitaron a firmar un informe negativo que habían elaborado, y la Sección Sindical de la CGT de Madrid lo firmó (por la precipitación en la entrega no se pudo adherir ninguna otra Sección o delegado). La empresa elaboró una nueva relación de Acciones Formativas, anulando así la fecha inicial de entrega para poder emitir un nuevo informe tras su revisión, y se quedó en hablar del tema en las reuniones que
, por Acuerdo, tenemos mensualmente con la empresa y se celebran en los centros de empresa de Madrid y de Barcelona, donde participan todas la empresas del grupo de esas localidades.

El pasado jueves se celebró la reunión de la Comisión de Formación de Madrid donde se "acordó" iniciar la negociación/elaboración de un Acuerdo de Formación y se estableció como fecha el martes 3 de junio para iniciar la negociación y establecer el calendario de reuniones.

Un par de horas después de esta reunión, UGT nos dijo que seguía con su intención de enviar el informe negativo a la tripartita si la empresa no incluía los puntos que ellos consideraban imprescindibles. Nos preguntaron si queríamos unirnos, que el viernes lo entregaban de nuevo a la empresa... que lo decidiéramos.


No nos pareció normal que acabáramos de estar hablando con la empresa y no dijeran nada sobre este tema (tampoco lo hicieron los representantes de UGT el viernes, en la Comisión de Formación de Barcelona), y que al rato decidieran que ellos seguían con su informe negativo. Cuando comentamos este asunto con CCOO coincidieron con nosotros en que esas no eran maneras, y que no lo apoyarían.

La CGT no firmó ese informe negativo... por "las formas", sin embargo CCOO se adhirió a la firma del informe negativo el viernes
(?????), curiosamente poco después de haberse celebrado la vergonzosa segunda reunión sobre Horarios Especiales 2014.

Consideraciones de la CGT sobre los puntos de UGT

Sí queremos un Acuerdo de Formación único para todos los trabajadores de la(s) empresa(s), y MEJORADO. Por ejemplo, si ahora mismo podemos inscribir en un curso a trabajadores sin condiciones, ¿por qué añadir que tiene que existir un motivo consistente en que la RLT considere injusta la no inscripción?

Aparte de que, aunque SÍ queremos un buen Acuerdo, lo que realmente queremos es que los Acuerdos y normativa que hay, se cumplan.

Queda muy bien en un acuerdo que las solicitudes que ni se aprueban ni se deniegan sean inscripciones efectivas, lo llevamos pidiendo años, pero esto ya se tiene en Barcelona, y parece que no funciona. Lo que debería quedar plasmado en un acuerdo es que sea obligatorio que el responsable de turno tenga al menos la consideración de aprobar o denegar el curso solicitado, y si no lo hace que sea penalizado.

Si los acuerdos que hay se cumplieran, ya estaría suficientemente garantizado en los acuerdos existentes un curso presencial al año por trabajador. Pero claro, si siguen diciendo, por ejemplo, a los trabajadores del Bench, que sólo pueden solicitar formación sin coste, y la empresa no toma ninguna medida, pues es difícil que puedan asistir a una formación presencial (No podemos dejar de comentar que un compañero del Bench que impartía "inglés" en el Bench está… despedido; una compañera del Bench que impartía "excel" a compañeros del Bench está… despedida; … no es necesario seguir, ¿verdad?).

Una de las razones por las que existe la subvención a la formación continua en las empresas es la de "Favorecer la formación a lo largo de la vida de los trabajadores desempleados y ocupados, mejorando su capacitación profesional y desarrollo personal".

De la misma forma, el Art. 12.2 del Real Decreto 395/2007 indica que: "La formación general es la que incluye una enseñanza que no es única o principalmente aplicable en el puesto de trabajo actual o futuro del trabajador en la empresa beneficiaria, sino que proporciona cualificaciones en su mayor parte transferibles a otras empresas o a otros ámbitos laborales".

Uno de los motivos que más se utiliza en las denegaciones es que el curso no es aplicable al puesto de trabajo, si se aplicara la ley, este motivo no podría utilizarse, pero ahí está. Si cada vez que algún responsable se salta la normativa española "por sus gónadas" se emitiera un informe negativo sobre la Acción Formativa, por mucho que los motivos de denegación los "dicte" el grupo, es posible que "este motivo" hubiera desaparecido.

3 comentarios:

  1. ¿Porque los acuerdos de formación firmados hasta ahora eran solo para Madrid y Barcelona?.

    ¿Acaso los trabajadores de otras oficinas somos trabajadores inferiores?

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    1. Esta pregunta se la tendrás que dirigir a CCOO y UGT que eran los sindicatos presentes en la empresa cuando se firmaron los acuerdos.
      Cuando en 2005, ya estando CGT, se firmó el Acuerdo Marco se anexionaron estos acuerdos al mismo, por lo que sus condiciones servían para todos los centros de trabajo.

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  2. Mucha palabrería, pero a la hora de trabajar, nada de nada.
    Mucho criticar a los demás, pero iniciativa constructiva propia ninguna.
    Mucho decir que no hay acuerdos, pero vosotros os descolgáis de todos.
    No os aclaráis ni tenéis idea de vuestros objetivos.
    Solamente os dedicáis a poner el ventilador y esparcir vuestra propia M.....

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