1.- Constitución de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo Estatal de Atos IT Solutions & Services Iberia.
2.- Composición de la mesa por 13 miembros por cada una de las partes negociadoras, estando compuesta la parte sindical:
• CCOO Federación de Industria: 50%, 7 representantes.3.- Designación nominal de los miembros titulares de la mesa en base al punto anterior y el de los asesores, dejando constancia de que podrán asistir otras personas a las reuniones, previamente indicadas. Por CGT:
• UGT-FESMC: 34,37%, 4 representantes.
• CGT: 15,63%, 2 representantes
En este punto CGT manifiesta y hace constar en acta:
a) No estar de acuerdo con la atribución de representatividad.
b) CGT considera que se debe presentar documentación que acredite la legitimidad de la representatividad que figura en acta, lo cual facilitaría la atribución de la misma. CGT enseña los certificados que acreditan la legitimidad de su representatividad, pero tanto CCOO como UGT dicen estar en desacuerdo y no presentan dicha acreditación.
- José Ignacio Martínez (Presencial)4.- Se nombran los secretarios de la Comisión negociadora, uno por sección sindical y otro por parte de la empresa.
- Diego Sanchez (vía Lync desde Valladolid)
5.- Las convocatorias de las reuniones plenarias se efectuará por los secretarios de la Comisión Negociadora a petición de la RE y/o de la mayoría de los miembros de la RT. A las reuniones podrán asistir las partes acompañadas de los asesores que consideren necesarios en cada momento.
6.- La RE traslada a la RT su interés por abordar las siguientes materias:
CGT comunica y hace constar en acta que le parece precipitado e inadecuado que en la primera reunión de constitución de la mesa se fijen contenidos y se tome como referencia el convenio de Atos IT Madrid, entendiendo que en todo caso la referencia debe de ser el conjunto de los convenios y acuerdos que actualmente aplican a los distintos colectivos de Atos IT, con el contenido de todos sus artículos y acuerdos. A tal efecto CGT muestra un documento Excel con todos los convenios y artículos. En este punto se hace un receso y se queda en la sala únicamente la RT. La RT entiende que la negociación no puede abordarse desde un texto prefijado y entiende que se trata de un nuevo convenio (incorporándolo al acta). En este receso CCOO, UGT y CGT acuerdan reunirse el 27 de marzo a las 11:00 horas con la intención de consensuar propuestas de cara a la empresa. En este receso CGT manifiesta al resto de secciones su intención de trasladar a la plantilla mediante referéndum los acuerdos a los que se lleguen y pregunta al resto de secciones sobre su intención a este respecto.Las partes se emplazan para la siguiente reunión el 5/4/2017 a las 11:00 horas.
CGT traslada a la empresa y hace constar en acta su consideración de que las reuniones deben de ser presenciales. El resto de secciones está de acuerdo y la RE se compromete a dar respuesta antes de la próxima reunión.
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