lunes, 13 de marzo de 2017

Nómina: La insoportable brevedad de RRHH

El pasado 19 de diciembre de 2016 enviamos a un correo a RRHH pidiendo explicaciones sobre algunos conceptos de la Nómina que según nos informaron algunos trabajadores habían cambiado.
  
Tras un intercambio de correos con RRHH, el 16 de enero de 2017 recibimos un correo en el que nos indicaban:

Comentarles que en breve serán convocados a una reunión con el área de Nóminas en la cual les responderán a sus preguntas.
Desde entonces RRHH no se ha vuelto a poner en contacto con esta Sección Sindical.
 
En nuestros correos recordábamos a la empresa:

La Orden de 27 de diciembre de 1994 por la que se aprueba el modelo de recibo individual de salarios, que establece que debe garantizarse la debida transparencia para el trabajador de los diferentes conceptos de abono y descuento que conforman la Nómina.
 
La resolución de la Inspección de Trabajo sobre la Nómina (con número de referencia 28/0011518/12 y fecha de registro de salida de 24/07/2012) en la que se le requería que los conceptos incluidos en las nóminas se identifiquen con la debida claridad, con el fin de que se conozca el contenido exacto del concepto a retribuir o descontar... cosa que la empresa sigue sin cumplir, casi cinco años después.
Hemos puesto en conocimiento de la Inspección de Trabajo estos hechos, solicitando que proceda reglamentariamente, tal y como advirtió a la empresa que haría en caso de incumplimiento de su resolución... vamos que le metan un buen puro, que ya está bien de que nos tomen el pelo.

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