miércoles, 10 de noviembre de 2021

ERTE: Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo

Ya tenemos la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo sobre el Recurso de Casación contra la sentencia del ERTE ejecutado en AtoS Spain.

No son buenas noticias, en el fallo de la Resolución 1042/2021 del 20 de octubre la Sala, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, ha decidido:
Desestimar los recursos formalizados por los Letrados Dª ÁngelesM, actuando en  nombre y representación de la Federación de Sindicatos de Banca, Bolsa, Ahorro, Entidades de Crédito,  Seguros y Oficinas y Despachos de la Confederación General del Trabajo y D. CristianJ, en nombre y representación del Sindicato Comisiones de Base (COBAS).
 
Confirmar la sentencia dictada por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, en fecha 5 de febrero de 2021 [autos 179/2020], declarando su firmeza.

4 comentarios:

  1. Qué se puede esperar de un tribunal que está complemente politizado y cuya mayoría la tiene la derecha ¿qué sean protrabajadores? Si alguna dictan sentencia en favor de los trabajadores será por error y sus jefes les darán un toque. Esto es lo que hay.

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  2. Que desilusión!!. Estamos vendidos en todos lados....

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  3. Pues yo me he mirado por encima el fallo, y la argumentación es jurídicamente impecable: Va alegación por alegación explicando por qué cada una no es aplicable o probada, y tras desmontar todas concluye que como ninguna es aplicable o probada, no procede revisar el fallo anterior.
    Además de eso, uno de los argumentos más interesantes para apoyar el fallo anterior, en lo relativo a la mala fé de la empresa, es que dos de los sindicatos afirmaron precisamente la buena fé de la misma. Es decir, que esos dos sindicatos fueron los que dejaron vendido ese argumento.
    Resumiendo: aunque el fallo no nos guste, es completamente conforme a derecho y argumentado. Para un futuro necesitaremos unos abogados mejores que presenten argumentos legales más difíciles de rebatir.

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    1. O sea, sólo con mirar "por encima el fallo" has llegado a la conclusión de que "la argumentación es jurídicamente impecable" y que el fallo "es completamente conforme a derecho y argumentado"... pasmao m'as dejao.
      Pues mira, a lo mejor es lo mismo que hacen los ugetinos cuando presenta la empresa un ERTE, ERE, MSCT o similar... miran por encima la documentación y concluyen que el argumento para aplicarlo es impecable y conforme a derecho, así que a firmarlo.

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