En marzo de 2020 un Delegado de Prevención, designado por la CGT, denunció a AtoS Spain porque cuando crearon el Comité Temporal de Seguimiento Covid-19 no informaron previamente a l@s Delegad@s de Prevención ni contaron con ell@s para nada.
No sabemos en qué limbo ha estado perdida todo este tiempo la resolución de esa denuncia, pero el caso es que ha llegado la semana pasada a pesar de tener fecha de marzo de 2020.
En su resolución, la Inspección de Trabajo formula a la empresa "advertencia en materia de Prevención de Riesgos Laborales, con la finalidad de que, de forma inmediata y continua, se garantice la efectividad del derecho de información, consulta y participación de los trabajadores en relación con la Prevención de Riesgos Laborales" en los términos establecidos en la legislación vigente sobre "la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo".
Aunque en la denuncia se proponía aplicar una sanción a AtoS Spain por vulnerar nuestros derechos, la Inspección de Trabajo se ha conformado con formular una advertencia.
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