Con fecha 4 de noviembre, la Inspección de Trabajo ha extendido un requerimiento para que, de manera inmediata, sean adoptadas las siguientes medidas en el centro de trabajo:
En la medida de lo posible y mientras el estado de ocupación del centro de trabajo lo permita (por disponer de puestos de trabajo libres) se deberán adaptar la ordenación de los puestos de trabajo de forma que se garantice el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal mínima de 1,5 metros entre trabajadores, tal y como establece el artículo 7.1 apartado c) de la Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Dicho requerimiento afecta al Centro de Capacitación y se hace extensivo a todas aquellas áreas donde haya presencia de trabajadores ocupando puestos de trabajo.
Es taaaaan de sentido común. Es increíble que hayáis tenido que denunciar esto.
ResponderEliminarJajaja, y luego llegará la demanda porque la gente no usa mascarillas en la oficina.
ResponderEliminarEl sentido común aquí no hay.