Un trabajador miembro de la Asociación de Usuarios de Vehículos de Movilidad Personal, nos ha hecho llegar su correo de respuesta al Servicio de Prevención Mancomunado de Atos en el que señala algunos errores contenidos en el comunicado "RRHH te cuenta: Vehículo de Movilidad Personal - Patinete Eléctrico" enviado a la plantilla, y pidiendo su corrección al no ajustarse a la legalidad vigente.
"Los patinetes eléctricos deben circular por carril bici"
Esta afirmación es falsa, salvo autorización municipal NO pueden hacer uso del carril bici ya que son "vías de uso exclusivo para bicicletas". Su circulación se realiza de forma general por la calzada, salvo autorización expresa por la autoridad municipal."La nueva ley contempla la obligatoriedad de llevar casco"
En el caso de Madrid capital pueden circular por carriles bici, así como calles y carriles limitados a 30 km/h. En el caso de carriles 30, es obligatorio el uso de casco.
En el caso de Barcelona capital pueden circular por carriles bici y calles limitadas a 30 km/h. Si mide más de 1 metro o pesa más de 25kg es obligatorio el uso de casco.
En el caso de Sevilla capital sólo pueden circular por carriles bici aquellos patinetes de hasta 250w. Está permitido su uso por cualquier calzada urbana.
En el resto de municipios es necesario contactar con el Ayuntamiento para conocer la normativa reguladora. Si no existiera normativa local no pueden hacer uso del carril bici y deben circular por la calzada.
A pesar de que el uso del casco es muy recomendable, la nueva ley contempla que el uso del casco será obligatorio en aquellos términos que reglamentariamente se determine. En tanto no se desarrolle la norma en el Reglamento General de Circulación aún no es obligatorio y se siguen aplicando las disposiciones municipales relativas al mismo. Dado que los medios han anunciado incorrectamente que ya es obligatorio, la DGT ha emitido la Instrucción SANC 22/06 donde aclara lo expuesto en este párrafo."Es recomendable disponer de una póliza que vele por la integridad del usuario"
Lo que se recomienda desde la Administración es una Póliza de Responsabilidad Civil que se haga cargo de los daños a terceras personas y materiales."Si la policía lo requiere se debe enseñar la ficha técnica que proporciona el fabricante del patinete"
Falso. No existe tal obligación, ni siquiera el fabricante está obligado a proporcionarla.
No hay comentarios:
Publicar un comentario