Después de varias conversaciones con RRHH los calendarios laborales de Valencia y Valladolid han sido modificados para cumplir con lo indicado en el Acuerdo Marco.
Sobre la imputación del exceso de jornada a "Other Absences" la empresa nos indicó que no afecta a los calendarios de AtoS Spain y que los días de ajuste de exceso de jornada anual se imputarán a "Special Days".
Lo más costoso fue hacer entender a la empresa que en el Acuerdo Marco en AtoS Spain no se indica que haya que realizar recuperaciones cuando la jornada anual no llega al máximo. La jornada anual es máxima y no obligatoria, por tanto una vez aplicadas las correcciones para no exceder la jornada anual máxima, según indica el punto 1.b.1 del Acuerdo Marco, las diferencias que puedan existir respecto de la jornada máxima anual no son recuperables.
Ante su insistencia tuvimos que indicar que la recuperación 'voluntaria' que pretendía la empresa sería contraria al Acuerdo Marco y a la negociación colectiva, es decir la recuperación (ésta o cualquiera que modifique lo indicado en el Acuerdo Marco) NO es algo que puedan acordar individualmente la persona y su 'manager'.
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