martes, 30 de septiembre de 2014

Todo sobre los Permisos a los que tienes derecho

Permisos retribuidos
 

Hacia un convenio TIC a la baja

Desde la Coordinadora de Informática de CGT estamos muy preocupados ante el cariz que están tomando las negociaciones con la patronal por el Convenio TIC. Recuerda que estamos hablando de TUS derechos: si los pierdes o el redactado da mayor fuerza a las empresas lo padecerás directamente con total seguridad.

Como ya indicamos en su momento, el convenio TIC no caduca por lo que no hay pistola alguna sobre la cabeza de nadie.

Queremos informaros que se han producido cambios relevantes que creemos suponen un serio peligro para todos y todas:

A raíz de la fusión en CCOO de las federaciones de Comfia y la de Seguros se ha producido una reestructuración interna que ha dado mayor poder a sectores, digamos, más comprensivos hacia la patronal.

Se establecen equipos reducidos de negociación. La mejor cocina para evitar discrepancias.

El equipo negociador TIC de CCOO se ha visto modificado con la entrada de personas representantes de Banca y Seguros.

Se ha establecido una nueva fecha tope, 31/12/2014. Sólo hay un elemento del convenio TIC que se ve afectado por la entrada de un nuevo año: el pago por antigüedad, siempre en la mirada de la patronal. Un pago que asegura que ninguna persona del sector cobre menos del salario base + 5% (o +10%) cada 3 años. En muchas empresas, no es absorbible.

La patronal exige en el convenio mayor flexibilidad y disponibilidad de tu tiempo, reducción de tu capacidad para poner tu vida personal frente a sus deseos.
El malestar interno y preocupación que hay incluso en CCOO TIC ante estos nubarrones puede que no sea suficiente para impedir que se negocie un convenio a la baja, que dé mayor poder a las empresas y elimine o restrinja derechos.

No aceptamos que se incorporen los pactos por debajo de convenio que CCOO y UGT negociaron en T-systems para todo el sector TIC. No aceptamos que el convenio se convierta en una plataforma donde se acepten reivindicaciones empresariales.

La movilización de los y las trabajadoras es la clave para mejorar sus condiciones laborales. Los mínimos y derechos existentes para los más de cien mil trabajadores y trabajadoras del sector TIC, NO SE TOCAN.


La Nómina de septiembre

Nos han hecho consultas sobre discrepancias en la Nómina de septiembre respecto a la cotización a la Seguridad Social, puesto que el descuento efectuado era menor al que correspondería por la suma de los distintos conceptos de Nómina.

El único motivo por el que se debería cotizar por menos de lo que se cobra es que la suma de todos los conceptos (incluida la prorrata de la Paga Extra) sea superior al máximo de cotización a la Seguridad Social, que este año es 3.597,00 euros mensuales (Ver Bases y tipos de cotización 2014).

Y efectivamente ése era el motivo, puesto que la empresa había abonado a los compañeros en la Nómina de septiembre la compensación por la pérdida de la Jornada de Verano correspondiente a los meses de Julio y Agosto, haciendo que se superara el máximo de cotización.

30-S: 21 años con los trabajadores


El 30 de septiembre de 1993 un grupo de compañer@s constituimos la Sección Sindical de la CGT en una empresa dónde no existía ni Comité de Empresa ni ninguna otra Sección.

Comenzamos en Madrid y a lo largo de estos años se han constituido también Secciones Sindicales en Barcelona, Zaragoza y Bilbao. Y también en otras empresas del grupo Atos: Atos Wordline, Atos CyL.

 Gracias a todos los que nos habéis apoyado durante estos 21 años.

Salud y Rebeldía,

Despido procedente en Madrid

La empresa ha informado al Comité de Empresa de Madrid de que ayer se efectuó el despido procedente de un trabajador... "a tenor de lo dispuesto en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores". 

La viñeta del día

[Pamplona] Concentración: Ni ley mordaza ni multas

Ingeniería político-electoral para los Presupuestos del 2015

El Gobierno parte de una presunción o verdad "revelada", la macro-economía viene creciendo de manera sostenida en los dos últimos semestres y, por lo tanto, parece que se encuentran en condiciones de anunciar la creación en el 2015 de 348.200 empleos más y que el crecimiento llegue al 2%, todo ello gracias al repunte de la inversión pública por primera vez y, pese al recorte de impuestos, fundamentalmente a los empresarios (Impuesto de Sociedades) y a los tramos altos del IRPF, que dejarán de ingresar en las arcas públicas unos 9.000 millones de euros, la diferencia entre ingresos y gastos obtendría un superávit de unos 10.000 millones de euros, gracias a los menores gastos en desempleo y al coste de la deuda y, si faltara algo, para eso está el nuevo sistema de Contabilidad Europea, donde el tráfico de drogas agrega al PIB 5.405 millones de euros, la prostitución unos 4.800 millones de euros y, para mayor escarnio, lo que era considerado como gasto, los gastos militares, ahora cuentan como inversión.

Lo de la Comisión Europea es para llevarles al Tribunal de la Haya. ¿Cómo se puede dejar fuera de la "economía que cuenta" el trabajo doméstico y los trabajos de cuidados (mayoritariamente en manos de mujeres), cuando en términos monetarios podría doblar el PIB?. La intencionalidad política no es en absoluto inocente pues, de contar con el "trabajo doméstico y de cuidados", los poderosos tendrían un grave problema ya que, este indicador no mercantilizado es quien mejor refleja el bienestar o malestar de la sociedad y de la economía real.

Además, anuncian una tasa de reposición de contrataciones de 1 por 2 en determinados servicios públicos considerados esenciales: fuerzas armadas, policía, educación, sanidad, inspección tributaria y universidades.

Nada dice la "ingeniería financiero-electoral del gobierno" de la micro-economía, es decir de la realidad diaria de millones y millones de personas, las cuales tienen que enfrentarse con "cifras mágicas" como plato único de empleo. Desde la Reforma Laboral 2012, además de destruir casi 2 millones de empleos, la EPA correspondiente al primer trimestre 2014 desmonta el "país de las maravillas" con dos datos escalofriantes: en un año cerca de 500.000 personas se han caído de la población activa, de ahí que, aunque el ritmo de destrucción de empleo se ha desacelerado, se sigue destruyendo empleo neto y, en consecuencia, esos 348.200 empleos no son tan netos (menos aún la calidad de esos empleos), sino meramente un efecto estadístico pues la gente emigra o se pasa a la economía informal. Al final de la legislatura (2015) la bajada del paro en 2 puntos se deberá solamente al descenso de la población activa, no a la creación de empleo.

El terrible impacto social causado con las medidas de ajuste en materia laboral y de seguridad social (Reforma Laboral y Leyes posteriores), al permitir el libre despido a voluntad empresarial, golpea especialmente en el sector Público. Éste seguirá perdiendo empleo a pesar de sustituir 1 por dos, es decir, si se jubilan 30.000 trabajadores/as del sector público al año, solamente entrarían, no 15.000, sino los correspondientes a los sectores donde el gobierno dice que va a aplicar esta tasa de sustitución. Nada se dice de los más de 370.000 empleos del sector público que se han perdido desde noviembre 2011, ni de los que se perderán con mayor intensidad durante el 2015, al seguir aplicando los ERE en los distintos organismos públicos (Ayuntamientos, CCAA, AGE y empresas públicas) y privatizar servicios esenciales para la población.

La partida del gasto dedicada a prestaciones de desempleo es la que más ofende a la inteligencia y al sentido humano: se van ahorrar 4.000 millones de euros en un contesto donde 4 millones de personas paradas no reciben ninguna prestación. Las rentas de los asalariados/as han caído desde el 2011 en 41.000 millones de euros, trasladándose las mismas al excedente bruto de explotación, es decir, a los beneficios empresariales. La partida del FOGASA cae un 23%, cuando más de 150.000 personas despedidas llevan esperando cobrar sus salarios (ya muy disminuidos conforme a lo que las empresas les adeudaban) una media estatal de 18 meses. Más del 51% de las casi 9 millones de pensiones no llegan al salario mínimo interprofesional y, las subidas, mayoritariamente suponen 3 euros al mes.

Para CGT, el ilusionismo de las máquinas políticas corruptas y al servicio del interés particular de empresarios y poderosos, solo le produce desprecio y, a la vez, la reafirmación en nuestra convicción de que somos las personas, la mayoría social, las únicas capaces de parar el continuo ninguneo y atraco al que nos someten. CGT seguirá trabajando conjuntamente con la mayoría social, para dar la vuelta a este sistema indigno y acabar con el capitalismo.


Gracias y desgracias del BlueKiki

Tenemos un post de SAzores sobre Oracle, un comentario crítico de un compañero de la RLT sobre el mismo (con el que no podemos estar más de acuerdo) y una denuncia de dicho comentario de no se sabe quien, ya que ese dato no se muestra:


La denuncia motiva que los responsables de BlueKiki nos envíen un correo indicando que "han recibido una notificación denunciando un contenido inapropiado en bluekiwi" y que "a efectos de empezar a aplicar el protocolo de apertura de notificaciones de denuncia de contenido" se acerque un representante de la RLT y de RRHH "para poder abrir la notificación y ver el motivo de la denuncia".

¿Quién te crees que ha puesto la denuncia? premio si has respondido SAzores.


Por supuesto que el comentario ("reacción" lo denominan en algunas ocasiones en BK) del compañero fue, finalmente, borrado por "el administrador":


Aprovechamos este incidente para denunciar los peligros del uso del BlueKiki como herramienta de comunicación oficial por parte de la empresa.

El pasado viernes los Representantes de los Trabajadores recibimos un curso curso de moderadores de comunidades en BlueKiki, en un momento dado y como ejemplo el instructor escribió un comentario, y al rato decidió que era mejor otro texto... modificó directamente el anterior comentario sin que quedara constancia de esta circunstancia en ninguna parte. Es decir así como con el correo electrónico si alguien te envía un e-mail tú te quedas con una copia del mismo, en BlueKiki no, el propietario es el autor y puede borrarlo o modificarlo sin que quede reflejado al gusto.

Imagínate que te escriben en
BlueKiki "mañana te puedes tomar el día libre, disfrútalo" y más tarde, sin que tú ya puedas verlo, te lo modifican "mañana hay una reunión urgente a primera hora", te puedes quedar con el culo al aire si resulta que te tomaste el día libre, ya que del primer comentario no queda rastro... ¿LO PILLAS?

lunes, 29 de septiembre de 2014

Abono de la retribución variable al trabajador que ya no está en la empresa

Existe una sentencia de la Audiencia Nacional, de 8 de abril de 2014, en materia de abono de la retribución variable al trabajador que ya no está en la empresa.

El Convenio Colectivo de aplicación, en una empresa del sector de telefonía, establecía la exigencia de estar de alta (es decir, seguir trabajando en la empresa) en la fecha del cobro del variable.


La sentencia establece que es nula la cláusula que exige, para el abono de la retribución variable, que el trabajador se encuentre de alta en la empresa en el momento de su percibo, por constituir una cláusula abusiva y desproporcionada; y suponer un enriquecimiento injusto para la empresa.

[BCN] Constituida la Mesa Electoral en Barcelona


El 29 de Septiembre se ha constituido la Mesa Electoral en el centro de trabajo de Barcelona, estableciéndose el siguiente Calendario Electoral:



Según el censo provisional el número de miembros del nuevo Comité de Empresa será: 17.

¿Qué pasa cuando un ministro dimite?

Que no se crea nadie que hace cola para inscribirse en el INEM como desempleado... ni que va a cobrar un subsdio por desempleo.

Si un Ministro deja de ser ministro, como poco le quedan durante una larga temporada las prebendas, es decir, el sueldo íntegro durante dos años, los escoltas, el coche oficial y eso en el peor de los casos

Porque en el mejor de los casos, además de lo anterior, se coloca en una gran empresa o en un gran bufete de abogados a los que aporta su "enorme experiencia" que traducido a roman paladino aporta sus enormes contactos conseguidos durante la etapa de ministro. Por otra parte también puede colocarse en alguna institución pública.

Esto último es precisamente lo que ha hecho el dimisionario Ruiz Fachardón quien, sólo 48 horas después de dimitir, se ha colocado en el Consejo Consultivo (que debe ser como un "consejo de estado" autonómico) de la Comunidad de Madrid con un sueldo bruto de 8.500 euros mensuales (unos 5.500 netos), con un despacho con vistas a la Gran Vía, coche, conductor y secretaria.

Está visto que en este país no hay carrera como la carrera política.


Más información en El Plural

No has trabajado en AtoS si...

... la primera vez que has ido a Albarracín 25 en Metro, te has bajado en la estación Ciudad Lineal, has utilizado la salida "Albarracín" y te has encontrado de bruces con el muro de la Bosch en medio de la calle Albarracín quedándote totalmente desconcertado y perdido.

Es alucinante que en esos enormes paneles que han puesto, no hace mucho, por la zona siga saliendo la calle Albarracín como si no existiera el corte de la Bosch. Esta foto es del panel que hay en la glorieta donde se cruzan las calles Albasanz y Santa Leonor:

NO somos máquinas

Las paredes hablan

Caerse de un patinete yendo al trabajo es accidente laboral

Un patinete es un medio idóneo para ir al puesto de trabajo, y si un operario lo emplea como medio de desplazamiento y se cae y se lesiona, ese accidente cabe considerarlo como laboral. Así lo entiende la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en una sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Félix Azón en la que da la razón a un trabajador accidentado que solía ir a trabajar en patinete y a quien su mutua, la Asepeyo, se negó a pagarle la baja alegando que el patinete no es un medio de transporte normal ni idóneo para este menester. El trabajador, Alfredo M. C., se cayó de su patinete el 21 de enero de 2011 y sufrió una fractura en un brazo que necesitó de escayola y la baja laboral. La Mutua se negó a hacerse cargo de los gastos alegando que no concurrían los elementos legales del llamado accidente in itinere.

La Mutua sostuvo ante el juzgado de lo social que, para que sea accidente laboral in itinere, el trayecto debe realizarse en un transporte normal. Y esgrimió las ordenanzas municipales de Barcelona y Valencia para concluir que el patinete es un medio "de deporte y ocio" que, por tanto, no reúne las condiciones de "idoneidad". Esas ordenanzas sí permiten, según expuso la Mutua, "la circulación por las aceras de patines, monopatines y patinetes", pero no los "considera vehículos; mientras que la ciudad de Valencia, añadió, "prohíbe la circulación de dichos artefactos mecánicos sin motor por las aceras".

Para desestimar el recurso presentado por la Mutua ante la Sala (que ratifica la sentencia en el mismo sentido del juzgado que vio este caso en primera instancia), el Tribunal señala: "Compartimos con el recurso que el medio de transporte debe ser idóneo, pero también pensamos que este concepto es evolutivo (...) Hemos de aplicar la máxima de adaptar la interpretación de las normas a la realidad social y el tiempo en que vivimos, ex artículo 3 del Código Civil, y en función de ello tomar la decisión pertinente". La Sala de lo Social añade: "Ciertamente los hábitos sociales están cambiando, y también los valores que sustentan nuestra convivencia. Así está tomando valor entre determinados grupos sociales, que aun siendo minoritarios son significativamente importantes, el uso de elementos de transporte no contaminantes, como la bicicleta u otros elementos de transporte que podríamos definir como novedosos en tal uso, entre los cuales", añade el tribunal, "claramente incluimos los patines y el monopatín; y tal novedad es socialmente aceptada sin rechazo alguno, en la medida en que su uso no suponga molestias o riesgo para los demás viandantes".

Los jueces indica que no ven "ningún obstáculo para considerar idóneos los elementos descritos de cara al desplazamiento entre el centro de trabajo y el domicilio habitual. Conviene además considerar", concluyen los magistrados de la Sala de lo Social de Cataluña, "que es sensiblemente más peligroso el uso en ciudad de la bicicleta, en la medida en que la misma debe circular por el asfalto en concurrencia con vehículos a motor, que el uso del patín o monopatín (en aquellos lugares autorizados, como es el caso de Barcelona) al realizarse este por lugares sin la concurrencia de vehículos a motor (…) En conclusión, entendemos que el accidente sufrido, ahora en debate, tiene la consideración de accidente de trabajo in itinere al haberse producido el desplazamiento entre el centro de trabajo y el domicilio habitual, en el trayecto habitual y con un medio idóneo de transporte. Razones éstas que llevan a desestimar el recurso [de la Mutua]".

El tribunal señala que, contra esta sentencia, cabe recurso ante el Tribunal Supremo al objeto de, en su caso, unificar doctrina.


¿Realidad o ficción?



… pero no sufras,
cuando la acabes de leer,

podrás encontrar más historias en la nueva

























(Rajoy aumenta un 10% sus seguidores en Twitter en un solo día)






¿Realidad o ficción?

En el enlace que señala Homer puedes ver la anterior entrada de ¿realidad o ficción?.

viernes, 26 de septiembre de 2014

Permiso por parto

Una sentencia del Tribunal Supremo, del 23 de abril de 2009, STS 4425/2009 (Rec. Unificación de doctrina 44/2007), reconoce el derecho de los trabajadores a disfrutar de la licencia o permiso retribuido por hospitalización de un pariente de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad en caso de parto, aunque sea un parto normal y sin complicaciones.

El Tribunal Supremo fundamenta su fallo en 3 razones:

El artículo 37.3.b del Estatuto de los Trabajadores solo habla de hospitalización, sin distinguir las causas que la motivan, ni condicionar el disfrute del permiso a la concurrencia de otro requisito, "donde la ley no distingue nosotros tampoco debemos distinguir" y en consecuencia no se puede distinguir la hospitalización por enfermedad de la hospitalización por parto.

El citado artículo utilizaba ya antes de la entrada en vigor de la Ley de Igualdad el nexo disyuntivo "u", que indicaba que basta que concurra una de las circunstancias (enfermedad grave u hospitalización), lo que no ocurriría si se estuviera usando un nexo copulativo que exigiría la acumulación de requisitos. Pero es más, al analizar el texto del artículo en su redacción dada por la Ley 3/2007 de 22 de marzo para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, que también cambió la redacción aunque no de manera significativa, el Tribunal considera que se acentúa esta solución interpretativa.

Deduce que esta solución es la más acorde al espíritu y finalidad de las normas que regulan la conciliación de la vida familiar y las que incentivan la igualdad de la mujer y el hombre, entendiendo que otra interpretación debe rechazarse por discriminatoria respecto de la madre trabajadora en relación con cualquier hombre que es hospitalizado para una intervención quirúrgica de importancia menor.
Finalmente esta sentencia establece que la empresa no puede reclamar que se comuniquen las características del parto (si ha sido normal o complicado, etc..), ya que solo puede exigir que se justifique la causa del permiso, es decir, la hospitalización.

En el caso de AtoS, conforme se establece en el CLONvenio Colectivo, tendremos 2 días por permiso de hospitalización, o 4 si hubiera desplazamiento.

Para aclarar cualquier duda al respecto, recordamos que el parentesco por consanguinidad se da respecto de la propia familia, y el parentesco por afinidad respecto de la familia del cónyuge (o pareja de hecho).

El siguiente cuadro establece los distintos grados de consaguinidad/afinidad: