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jueves, 18 de diciembre de 2025

Protocolo de Desconexión Digital

Tras leer el primer borrador de la empresa y enviarles, el pasado 10 de octubre, las aportaciones y comentarios de CGT Atos Spain sobre ese documento, vemos que en la versión revisada que nos ha enviado RRHH han modificado algunas cosas, pero nada de lo verdaderamente relevante.

Respecto a la última versión, seguimos pensando que, en su conjunto, el Protocolo de Desconexión Digital adolece de falta de concreción y de obligaciones firmes para la empresa. El abuso de fórmulas como "se intentará", "siempre que sea posible" o "se recomienda" contrasta con las obligaciones concretas y las sanciones potenciales que se imponen a la persona trabajadora mediante la apelación constante a su "sentido común" y "responsabilidad personal".

La esencia del derecho a la Desconexión Digital es que el tiempo de descanso es irrenunciable e inviolable. Un protocolo que deja abierta la puerta a que se espere una respuesta fuera de jornada, bajo la subjetiva etiqueta de "urgencia", no cumple con la ley. La persona trabajadora puede, en su tiempo libre, estar en una situación de indisponibilidad total (por ejemplo en una ruta de montaña, viajando, etc.), y el protocolo debe protegerla, no cuestionar su "responsabilidad" por no atender una llamada.

Todas las personas o puestos que por su función o responsabilidad tengan que estar localizables y/o disponibles deben estar previamente definidos, ser conocedores de esta circunstancia y tener los relevos necesarios para que puedan también descansar y planificar sus vidas según sus deseos. El resto de la plantilla no tiene que atender ninguna llamada/contacto fuera de su horario laboral.

Por lo expuesto, volvemos a solicitar una revisión del Protocolo de Desconexión Digital que corrija estos defectos, con el objetivo de establecer un marco claro, seguro y respetuoso con los derechos digitales de todas las personas trabajadoras, y entendemos que este protocolo no es válido ni debe ser aplicado.

lunes, 15 de diciembre de 2025

Compensaciones y subidas salariales

(Texto del correo enviado por CGT, el pasado 11 de diciembre, a Mercedes Payá (Head of Iberia) con copia a RRHH)

En el último All Hands insistieron en que las cuentas no están en negativo y que el beneficio se está recuperando, pero nunca hay nada para repartir entre la plantilla. Parece que se olvidan de que hay muchas personas trabajadoras en Atos Spain sin subida salarial desde hace bastantes años. Perdiendo poder adquisitivo año tras año, pero realizando su trabajo puntualmente para sacar esta empresa adelante. A las que se les pide que hagan un esfuerzo para mantener la empresa a flote, mientras la dirección se olvida de recompensarlas con un salario digno y adecuado por el trabajo realizado. Podemos sentarnos a negociar un cambio en esta situación en cuanto quieran.

También insisten en contarnos en sus comunicaciones las 65 medidas de conciliación que tenemos en esta empresa que parece darle tanta importancia a la conciliación de la vida familiar y personal. Mientras la realidad es que las personas trabajadoras y sus familias no disfrutan de ningún apoyo de Atos Spain más que los que establece la legislación y a veces hasta esos son escatimados. La Navidad es un momento entrañable y familiar, pero la dirección de Atos Spain se olvida de que hay personal que realiza un esfuerzo especial trabajando en fechas tan señaladas como son los días 24, 25 y 31 de diciembre, 1 y 6 de enero... y que las Compensaciones por realizar ese esfuerzo están congeladas, como el resto de las compensaciones del Acuerdo Marco, desde el año de su firma, es decir, 2005 (hace ya 20 años). Así que la recompensa por hacer ese esfuerzo está tremendamente devaluada.

Desde la Sección Sindical de la CGT en Atos Spain hemos solicitado en numerosas ocasiones su actualización sin que la dirección de la empresa haya atendido dicha petición. Un año más, insistimos en nuestra propuesta de que se actualicen razonablemente las Compensaciones por trabajar en Navidad reconociendo así el esfuerzo que hace la plantilla para con esta empresa dejando a su familia por el trabajo. Estamos dispuest@s a mantener un diálogo para tratar este asunto lo antes posible.

jueves, 30 de octubre de 2025

Más de 65 medidas que marcan la diferencia

Texto del correo enviado, el 29 de octubre, por CGT a RRHH, con copia al resto de la RLPT de Atos Spain.

El 28 de octubre
 la plantilla recibió un email con el asunto "Más de 65 Medidas que Marcan la Diferencia". Creemos que se confunden con el título que le han dado al documento. Este texto es solo un compendio de la normativa laboral de este país junto con algunas especificidades del Grupo Atos, pero que ni siquiera incluye las características de cada compañía. Se habla de condiciones que tienen muchas personas o "la mayoría", pero no se mencionan las que en ciertas compañías no se tienen, generando confusión.

Es especialmente preocupante que la dirección de la empresa informe erróneamente a la plantilla, como en el apartado "3.4.2 17. Permisos retribuidos por Paternidad/Maternidad" dado que según el artículo 48 del Estatuto de los Trabajadores el nacimiento del/de la menor no es un permiso, sino una suspensión del contrato de trabajo.

Ese documento como recopilatorio de la normativa laboral aplicable no estaría mal si se especificaran los datos concretos que atañen a cada entidad legal (días de vacaciones, jornada, compensaciones…) ya que no son iguales para todas ellas, y curiosamente los que se omiten son los menos favorables.

Por otro lado, no sabemos si es que no entienden lo que significa la palabra "conciliación" o es que les da igual.

lunes, 28 de julio de 2025

El Gobierno aprueba este martes ampliar el permiso por nacimiento a 17 semanas

El Gobierno aprueba este martes ampliar el permiso por nacimiento a 17 semanas y retribuir parte del permiso por cuidado de menor.

El Gobierno aprobará este martes en Consejo de Ministros la ampliación del permiso por nacimiento de 16 a 17 semanas, y la retribución de dos de las ocho semanas del permiso por cuidado de hijo hasta que éste cumpla ocho años, según ha anunciado el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

Leer la noticia completa en Europa Press.

martes, 1 de abril de 2025

Propuestas de CGT contra los Despidos en Atos Spain

Como comentamos en la reunión del 11 de marzo, consideramos que una de las cosas más importantes para hacer prosperar a la empresa es mantener el empleo. El 31 de marzo enviamos a RRHH, con copia al resto de la RLPT de Atos Spain, un documento con las propuestas de CGT en dicho sentido:

Nos ratificamos en lo que dijimos en la reunión del 11 de marzo, consideramos que una de las cosas más importantes para hacer prosperar a la empresa es mantener el empleo. Sobre todo si, como dijo RRHH en dicha reunión, el objetivo es el crecimiento.

Algunas de las propuestas que hacemos para conseguir ese objetivo son:

• Reforzar la formación en las nuevas tecnologías en las que la empresa tiene negocio o va a tenerlo. La formación debe ser de calidad y estar acompañada de prácticas reales que permitan asentar los conocimientos adquiridos. Esto requiere de una adecuada planificación de la formación a impartir y la correcta selección de los perfiles. Una mejor formación proporcionaría mayor empleabilidad a la plantilla existente y ahorraría los enormes gastos de los despidos.
Consideramos que la formación que actualmente se proporciona en el CCap no cumple estos requisitos. Las personas van pasando de un curso a otro sin un objetivo claro. Los videos de YouTube, micro-learning… son únicamente una buena herramienta de apoyo y consulta.

• Reducción drástica de las horas extraordinarias que suponen un coste mayor de la actividad realizada. Es preferible asignar a personas que, además de formarse, participen en el proyecto por un salario acorde a la tarea. No tener que pagar horas extraordinarias implica un ahorro que puede compensar la asignación de personas adicionales al proyecto.

• Revisar el excesivo número de horas de disponibilidades y guardias que se concentran en algunas pocas personas. Por un lado, garantizado que su coste es abonado por los clientes y, por otro, gestionando estas actividades de forma que no aumente en exceso la carga de trabajo sobre unas pocas personas, ya que incluso les puede impedir la conciliación de la vida laboral y personal.

• Simplificar la gestión interna de la empresa para reducir costes.

• Aprovechar la madurez de la plantilla actual. Aunque una persona no conozca una tecnología si tiene experiencia sabe cómo actuar y qué decisiones tomar cuando sea necesario. No todo lo soluciona conocer una herramienta, la experiencia para resolver problemas también ayuda. Además, así los equipos estarían compensados.

• Ninguna persona que se siente satisfecha con su trabajo y bien remunerada desea que la despidan. Pero, si la opción de reducción de la plantilla es completamente inevitable sería mejor buscar personas voluntarias a las que no les produzca sufrimiento salir de la compañía.
Consideramos que es imprescindible mejorar la gestión de las personas que se hace en Atos Spain para mejorar los resultados de la compañía.

martes, 11 de marzo de 2025

Sobre el comunicado "Nombramientos - Atos en Iberia"

Texto del correo enviado, el 10 de marzo, por CGT al director de RRHH, con copia al resto de la RLPT de Atos Spain.

Un 7 de marzo y mientras RRHH hace campaña, comunicados y organiza actividades por el Día Internacional de la Mujer (8 de marzo), resulta que toda la compañía recibe un email del director de RRHH con un "Hola a todos" que deja fuera, como si no existiera, a casi la mitad de la plantilla.

Este tipo de contradicciones son las que hacen que la plantilla considere una pérdida de tiempo y dinero todas las campañas de Wellbeing, StayCare, conciliación... que la empresa se empeña en lanzar consumiendo unos recursos muy necesarios. Hay que recordar que en estos momentos se está negociando el 4º Plan de Igualdad, por obligación legal, pero que será igual de inútil que los anteriores ya que, como es obvio, no hay ninguna intención de mejorar nada.

En esta empresa llevamos 15 años con una Guía para un uso no sexista del lenguaje que debería ser el texto de cabecera del departamento de comunicación y de todas las personas que se dirigen a la plantilla en general. Pero si 15 años no han sido suficientes para que aprendan a considerar la diversidad de la plantilla es que ya hay poco que se pueda hacer.

viernes, 10 de enero de 2025

Tabla con las medidas de conciliación personal, familiar y laboral

En CGT hemos preparado una Tabla resumen con las medidas de conciliación personal, familiar y laboral del Estatuto de los Trabajadores con la ampliación del Real Decreto 5/2023 de 28 junio.
  


Para verla con mejor definición, puedes descargar la tabla en formato PDF en CGT Confederal.

viernes, 30 de agosto de 2024

Laboro: El error de la Reforma del Despido

Ya ha entrado en vigor el "error" de la reforma del despido del PSOE (con voto a favor de Podemos, Sumar, ERC...). Veamos un ejemplo de despido estando en adaptación de jornada y/o usando el permiso de cinco días, antes y después de la reforma.

Manolo el del bar despide a Toñi la camarera, que tiene concedida una adaptación de jornada por cuidado de hijos para trabajar sólo por las mañanas. No confundir la adaptación voluntaria con la reducción voluntaria.

Vamos a analizar si ese despido sería o no sería nulo, antes y después de la reforma. Despido nulo significa readmisión obligatoria cobrando y cotizando los salarios entre el despido y la readmisión. Hay que saber bien lo que es un despido nulo.

Lo que nadie ha dicho  en la tele, es que todo esto funciona solo cuando Toñi demanda por despido Y LLEGA A JUICIO Y SENTENCIA. El problema es que a veces hay presiones para que el trabajador acepte el despido a cambio de una indemnización, sin juicio.

Antes de la reforma: Manolo tenía que demostrar que el despido era procedente. Si no, era nulo automático. No podía ser improcedente un despido estando en adaptación de jornada. Recordad que el despido improcedente supone que la empresa elige entre readmisión e indemnización.

Tras la reforma: Se necesitan indicios de que el despido fue a causa de la adaptación. Si los hay, Manolo tiene que probar que no fue por eso y si no puede es despido nulo. Pero es procedente o improcedente si no hay indicios o si los hay pero Manolo prueba que no fue por eso.

Conclusión: el despido estando en adaptación de jornada es ahora más fácil que antes. Porque ahora es necesario el "paso previo" de que haya indicios de que el despido fue por eso Y QUE EL JUEZ ESTÉ DE ACUERDO en que lo sean. Antes no.

En Laboro probamos que el texto de la enmienda que ha traído esta reforma demuestra que fue un "error". El error se conoce desde principios de agosto, aunque no lo ha reconocido oficialmente ni el Gobierno, ni el PSOE, ni Podemos, ni Sumar.

Lo podían haber arreglado con un Real Decreto del Gobierno antes de que entrara en vigor el día 22. Por lo que lo más importante es que no arreglarlo no ha sido un error. Ha sido que no les ha dado la gana convocar un Consejo de Ministros PORQUE ESTÁN DE VACACIONES. No hay más.

Laboro

martes, 26 de marzo de 2024

Medidas de conciliación: Documento de RRHH

El pasado 21 de marzo enviamos un correo a RRHH respondiendo al que nos enviaron el día anterior informando a la RLPT de un documento que se va a publicar para todas las personas que "contiene de forma genérica información sobre las medidas de conciliación vigentes en la actualidad". En nuestro correo decíamos que:

Pensamos que este documento no sólo recoge medidas de conciliación, sino que informa de las condiciones laborales, salariales, de formación, de prevención... en Eviden; los tickets restaurant, el Gympass, las valoraciones médicas, los cursos obligatorios, las certificaciones... y muchos más apartados del documento NO son medidas de conciliación. Plantear este texto como un documento de medidas de conciliación es no saber qué es la conciliación.

El objetivo principal de las medidas de conciliación es que las personas trabajadoras tengan la posibilidad de acceder a ellas cuando lo necesiten para conciliar su vida laboral, personal y familiar, y no que estas medidas se concedan cuando a la empresa le venga bien.

Además, la gran parte de las medidas de conciliación que se incluyen no son medidas que AtoS Spain pone a disposición de la plantilla, sino medidas que por ley tiene que cumplir en España.

Por otro lado, se deberían especificar los diferentes acuerdos de los distintos colectivos cuando se mencionan o poner los enlaces de la intranet.

Y finalmente, se debería repasar dicho documento ya que no explica correctamente algunas de las medidas/situaciones. Por ejemplo, no se especifica el número de horas de la jornada de verano, las personas consideradas víctimas de violencia de género son las mujeres, el permiso de 30 días es de un mes... y muchos otros redactados en los cuales sería mejor incluir el texto legal, ya que así habría muchas menos confusiones o malas interpretaciones.

Además, también indicábamos que estábamos de acuerdo con la respuesta que había dado CoBas anteriormente sobre este mismo asunto.

martes, 20 de febrero de 2024

Patronal y sindicatos representativos acuerdan reducción de jornada anual

El pasado 8 de febrero, en la primera reunión bipartita para abordar la reducción de la jornada que mantuvieron la patronal (CEOE y Cepyme) con los sindicatos representativos (UGT y CCOO), "los cuatro magníficos", se acordó que cualquier tipo de reducción de jornada que se quiera aplicar debe plantearse en términos de reducción de horas de jornada anual y no de reducción de horas de jornada semanal tal y como había anunciado la ministra de Trabajo y Economía Social. Es decir, que lo que se pretende es que la jornada semanal siga siendo de 40 horas y que la supuesta reducción de jornada se compute en días de permiso y no en una reducción de las horas semanales de trabajo.

Esta aplicación, de llevarse a cabo, ataca contra uno de los principios fundamentales de la reivindicación sindical histórica sobre la reducción de jornada, el reparto del trabajo (trabajar menos para trabajar todas) ya que de esta manera no se generaría trabajo estable y tan solo se generaría, en el mejor de los casos, contratación precaria/eventual para cubrir los supuestos días generados por esa reducción de horas de trabajo anual.

Que esto lo planteen la CEOE y Cepyme tendría todo el sentido del mundo ya que serían los mayores beneficiados al no ver modificadas las horas de jornadas semanales de l@s trabajador@s y sólo tener que preocuparse de cubrir (si es que lo hicieran) los pocos días libres que se generarían con la reducción de horas de trabajo sobre el computo anual (el gobierno pretende que sean 37,5 horas a la semana a partir del 2025).

Pero, por otro lado, que esto lo planteen CCOO y UGT, es decir, aquellos que supuestamente representan a l@s trabajador@s en esas negociaciones y que supuestamente han de defender sus derechos, resulta cuanto menos, y por no definirlo de una manera más ordinaria, poca cosa. Si ya nos parece completamente insuficiente el planteamiento del gobierno de reducir la jornada laboral a tan solo 37,5 semanales, el hecho de que CCOO y UGT pretendan que esa reducción se aplique de una manera que poco beneficia a la clase trabajadora, poniendo como excusa "la merma de la productividad de las empresas y dificultaría sus condiciones de producción, haciéndolas mucho menos competitivas" es algo que confirma lo alejados que se encuentran las cúpulas sindicales de CCOO y UGT de las condiciones laborales existentes en las empresas del Estado español.

Desde CGT tenemos un planteamiento claro y contundente en este sentido, nuestra lucha es avanzar hacia una reducción de jornada que establezca una jornada laboral semanal que rebaje de manera notoria la actual, lo primero y por encima de todo para recuperar nuestra vida, esa vida que durante las últimas décadas nos han arrebato con el fin de producir sin miramientos y de generar beneficios millonarios a unos pocos, pero también para que l@s trabajador@s podamos tener más tiempo para nosotr@s, para conciliar mejor nuestra vida personal y familiar, en definitiva, más tiempo para dedicarlo a lo que nos plazca y no solo a formar parte de la maquinaria productivista, porque esta lucha no es solo por recuperar derechos, esta lucha es principalmente para recuperar nuestras vidas haciendo que sea más sostenible y alejada del consumismo capitalista.

La reducción de jornada que debe aplicarse debería ser la más beneficiosa para l@s trabajador@s dependiendo de cada convenio y de cómo se realice el cómputo de horas trabajadas, pero siempre enfocado en que la reducción se concrete semanalmente para poder ganar calidad de vida.

CGT

martes, 9 de enero de 2024

AtoS Holding: Nuevo permiso de cinco días por accidente o enfermedad graves...

(Texto del correo enviado por CGT, el 8 de enero, a la plantilla de Atos Holding)

Nuevo permiso de 5 días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización

Recientemente se ha modificado el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores. Una de las modificaciones afecta al punto 3 en su apartado b), que en la nueva redacción dispone:
3. La persona trabajadora, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:

b) Cinco días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores, que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella
En base a este precepto, se amplían a cinco el número de días de permiso (anteriormente eran dos) y se modifica el ámbito subjetivo, ya que ahora el permiso se extiende no solo al cónyuge de la persona trabajadora, sino también a su pareja de hecho, así como a cualquier otra persona que conviva con ella en el mismo domicilio y requiera de su cuidado efectivo.

Aunque el permiso para cuidadores que contempla el artículo 6 de la Directiva (UE) 2019/1158 es de cinco días laborables "al año" por trabajador, sin embargo, el Real Decreto-ley 5/2023 ha mejorado esta regulación, al no establecer una limitación anual para el permiso. Es decir, si se cumplen los requisitos del artículo 37.3.b del Estatuto de los Trabajadores, la persona trabajadora tendrá derecho a cinco días de permiso "cada vez" que se produzca el hecho causante (accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de los sujetos que se mencionan en dicho precepto).

¿Cuántos días se tienen de permiso por hospitalización?

Los permisos retribuidos del artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores tienen por objeto liberar a las personas trabajadoras de la obligación de acudir al trabajo, sin pérdida de retribución, ante la necesidad de atender una determinada situación, conforme a cada uno de los supuestos regulados. Es decir, obedecen a una relación de causalidad, y tienen sentido cuando sirven para atender a las causas para las que están previstos.

Por tanto, si un familiar está ingresado tres días en el hospital y pasado ese tiempo le dan el alta hospitalaria pero precisa seguir siendo atendido, es decir no hay alta médica, por la persona trabajadora, ésta seguiría amparada por el permiso. Es el supuesto contemplado en las Sentencias del Tribunal Supremo de fechas 5/03/2012 (rec. 57/2011) y 13/06/2018 (rec. 128/2017; ECLI:ES:TS:2018:2464).

También recordamos sobre este permiso que el inicio puede producirse en cualquier momento de la hospitalización y debe producirse en un día hábil para quien lo solicita. Además el cómputo de los días de permiso, una vez que se inicia solo puede referirse a días hábiles y según indica el XVIII Convenio colectivo estatal de empresas de Consultoría en su artículo 22.B en el supuesto de la hospitalización, "los días completos de permiso podrán disfrutarse de manera discontinua, y mientras exista la causa que los genera".

Obligación de volver a solicitar Teletrabajo

Dejamos el enlace de la comunicación que realizamos a la dirección de la empresa el pasado 7 de diciembre donde se incluye nuestro posicionamiento sobre la obligación de volver a solicitar Teletrabajo: Reunión Interlocución Social - Atos Holding.
Sección Sindical de la CGT en Atos Holding Iberia

miércoles, 13 de diciembre de 2023

[MAD] Elecciones AtoS Spain: Vota por tu futuro, Vota CGT

¿Te imaginas un futuro en AtoS Spain?

El 20 de diciembre de 2023 se celebran Elecciones Sindicales en AtoS Spain Madrid, en medio de una gran incertidumbre: divisiones, rumores de ventas, despidos, salarios por debajo del mercado, una plantilla cada vez menor y desmotivada... Una empresa que no apuesta por las mejoras y la calidad.

¿Hacia dónde va esta empresa?

De forma habitual vemos cómo la dirección toma decisiones al margen de la plantilla que acaban perjudicándonos y que afectan al futuro de la empresa, creando la inestabilidad de estos últimos años. L@s trabajador@s, ante esta situación, nos encontramos a merced de la última ocurrencia de la dirección.

¿Pero qué será de nosotr@s si nos dejamos llevar? ¿No nos queda otra solución que esperar a que nos toque la peculiar "lotería" de Eviden, un despido improcedente para irnos con una indemnización a buscarnos la vida en otro lado? En CGT no nos resignamos y, por ello, creemos que es más necesario que nunca contar con un Sindicato que apueste decididamente por el futuro con unas condiciones dignas.

Vota por un futuro mejor, por tu futuro

Esta Sección Sindical apuesta por:

• Ni un solo retroceso en nuestras condiciones de trabajo. Con cada cambio en la estructura de Eviden, la Dirección intenta colarnos alguna pérdida de derechos y siempre hay alguien dispuesto a firmarla. CGT nunca lo hará, ya que es una línea roja para esta Sección.

• Salarios razonables, porque nuestro esfuerzo merece una recompensa justa. Con tu ayuda, seguiremos presionando a la empresa para que no tengas que irte para obtenerla.

• Una gestión equilibrada del trabajo. En esta empresa, o te agobias con una carga excesiva de trabajo o te abandonan en el Bench como si no existieras y nunca hubieras hecho nada por la empresa. Buscar un reparto más equitativo del trabajo que favorezca la conciliación de la vida laboral y personal debe ser una prioridad.

• Jubilaciones dignas. Gran parte de la plantilla de AtoS Spain lleva muchos años entregando su esfuerzo a esta empresa. Es hora de que esas personas sean correspondidas y acaben su vida profesional con la cabeza alta y sin la humillación de verse despreciadas y/o engañadas después de tantos años de esfuerzo, mientras otras se van con un "regalito" bajo el brazo.

• Una formación de calidad. Que mejore realmente nuestros conocimientos y habilidades en un sector en continua transformación como el nuestro.

• Transparencia. Ante los cambios fundamentales que están aconteciendo en AtoS Spain, lo último que necesitamos las personas trabajadoras es una representación que negocie a nuestras espaldas. CGT seguirá informando de todo, como siempre ha hecho.
En definitiva, apostamos por una empresa más justa y sostenible en la que poder desarrollar una fructífera carrera profesional con un salario decente y condiciones laborales dignas e iguales para tod@s. Pero no podemos hacerlo sin tu apoyo.

Las Elecciones Sindicales son una ocasión en la que puedes influir y expresar lo qué quieres para esta empresa y cómo te gustaría que fuera. Ahora es el momento de decirlo con tu voto.